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Principio Del Derecho Procesal


Enviado por   •  28 de Octubre de 2012  •  4.945 Palabras (20 Páginas)  •  1.118 Visitas

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PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO PROCESAL

1. PRINCIPIO DE LA GARANTÍA DE LA PRE- EMINENCIA DE LA CONSTITUCIÓN.

Ubica a la Constitución jerárquicamente por encima de todo el ordenamiento jurídico, considerándola como ley suprema del Estado y fundamento del sistema jurídico y las normas que se oponen a ella carecen de validez.

2. PRINCIPIO DE INTERÉS PÚBLICO Y GENERAL DEL PROCESO.

Todos los procesos son de interés público pues persiguen y garantizan la armonía, la paz y la justicia social, el pueblo es el juez de jueces.

3. PRINCIPIO DE ACCESO A LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

El estado tiene el deber de permitir el fácil y equitativo acceso a la jurisdicción cuando las personas consideran que sus derechos han sido violados, amenazados o negados, y darle la solución prevista en el ordenamiento jurídico.

4. PRINCIPIO DE EXCLUSIVIDAD Y OBLIGATORIEDAD DE LA FUNCION JURISDICCIONAL.

El Estado tiene el monopolio del poder jurisdiccional, lo ejerce por medio de los órganos establecidos a tal efecto, las consecuencias de este principio son la prohibición de la indebida justicia privada o propia y la obligatoriedad de las relaciones judiciales.

5. PRINCIPIO DE INDEPENDENCIA DE LA AUTORIDAD JUDICIAL.

Exige que el legislador adopte las medidas necesarias para que los órganos y sus miembros administren justicia con estricta sujeción al Derecho y a la Constitución sin que sean posibles las influencias externas, por respeto al principio de separación de poderes, para garantizar que los jueces, en sus decisiones, sean autónomos.

6. PRINCIPIO DE PREVALENCIA DEL DERECHO SUSTANCIAL.

Busca que las formalidades procesales no impidan el logro de los objetivos del derecho sustancial, el incumplimiento o inobservancia de alguna formalidad, no debe ser causal para que se produzcan declaraciones inhibitorias o de nulidad que impidan que el derecho sustancial surta efecto.

7. PRINCIPIO DEL DEBIDO PROCESO.

Establece que toda persona tiene derecho a un proceso justo, a ser juzgada solo conforme a las reglas prestablecidas, a tener garantías mínimas de protección a sus derechos; busca asegurar un resultado justo y equitativo dentro del proceso, y permitirle a la parte tener la oportunidad de ser oído y a hacer valer sus pretensiones legitimas frente un juez.

8. PRINCIPIO DE LEGALIDAD.

Todo ejercicio del poder público debe estar sometido a la voluntad de la ley de su jurisdicción y no a la voluntad de las personas; protege a las partes de no sufrir sanciones o limitaciones que no se encuentren plenamente establecidas en normas procesales o sustanciales.

9. PRINCIPIO DE JUEZ NATURAL O JUEZ COMPETENTE.

Implica que el órgano judicial debe tener un carácter previo, permanente, dependiente del poder judicial, creado mediante la ley, con competencia exclusiva, indelegable y universal para juzgar el hecho en cuestión; funciona como instrumento garantista de imparcialidad.

10. NON BIS IBÍDEM: “NO DOS VECES POR LO MISMO”.

Nadie podrá ser juzgado dos veces por el mismo hecho, esto implica que un mismo hecho no puede ser objeto de dos procesos distintos, garantiza a toda persona no ser juzgado nuevamente por el mismo delito o infracción.

11. PRINCIPIO DE LAS DOS INSTANCIAS.

Establece que todo proceso puede ser conocido por dos jueces de distinta jerarquía, tiene por objeto que un funcionario con mayor conocimiento y experiencia, pueda, en virtud de la apelación, revisar la providencia de otro y subsanar, si existen, errores o vicios cometidos por este.

12. NO AUTOINCRIMINACIÓN.

Permite que una persona no pueda ser obligada a declarar contra sí misma ni a declararse culpable, puede conservar la facultad de no responder, sin que pueda emplearse algún medio coactivo ni intimidatorio contra éste, la no autoincriminación va en favor de la dignidad humana de la persona.

13. FORMALIDAD O TRÁMITE ADECUADO U OBLIGATORIEDAD DE LOS PROCEDIMIENTOS

Se debe acudir al proceso indicado por la ley y dentro de este surtir las diferentes etapas con las modalidades y el orden preceptuado en la norma, pues la inobservancia de las formalidades propias del proceso determina la nulidad de la actuación.

14. IMPARCIALIDAD DE LOS ORGANOS JURISDICIONALES.

Surge como garantía de una decisión justa sin influencias internas, establece como postulados fundamentales, Que nadie puede ser juez de su propia causa, Que nadie puede ser juez y perito al mismo tiempo, Que nadie puede aplicar a un proceso su propio conocimiento, Que nadie puede juzgar sobre aquello en lo que tenga interés y Que nadie puede juzgar a quien quiere o a quien tiene por su enemigo.

15. PRINCIPIO DE IGUALDAD DE LAS PARTES.

No es otra cosa que una expresión particular del principio de igualdad de los individuos ante la ley, significa que las dos partes, disponen de las mismas oportunidades para formular cargos y descargos y ejercer los derechos tendientes a demostrarlos.

16. NECESIDAD DE OÍR A LA PERSONA CONTRA LA CUAL VA A SURTIRSE LA DECISIÓN.

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