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Procedimiento De Intimacion


Enviado por   •  13 de Febrero de 2015  •  1.506 Palabras (7 Páginas)  •  164 Visitas

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El procedimiento de Intimación, consiste en la imposición de un mandato a fin de provocar una reacción que se materializa en la oposición de la parte a quien se impone, economizando el contradictorio.

En Venezuela, el procedimiento por Intimación es uno de los seis (6) Juicios Ejecutivos regulados en el titulo II, parte primera, libro cuarto, dedicadas a los que aun siguen denominándose Procedimientos Especiales Contenciosos, regulados adjetivalmente en los Artículos 640 al 652 del Código de Procedimiento Civil, este tipo de Procedimientos son especialísimos, en consecuencia se debe ser muy cuidadoso al admitir este tipo de demandas, debiendo examinar el documento que contiene la obligación de pagar una suma de dinero.

Ahora bien, el Artículo 643 del Código de Procedimiento Civil, dispone lo siguiente:

“El Juez negará la admisión de la demanda por auto razonado, en los casos siguientes:

1º Si faltare alguno de los requisitos exigidos en el artículo 640.

2º Si no se acompaña con el libelo la prueba escrita del derecho que se alega.

3º Cuando el derecho que se alega está subordinado a una contraprestación o condición, a menos que el demandante acompañe un medio de prueba que haga presumir el cumplimiento de la contraprestación o la verificación de la condición.”

El Articulo 640 del Código Adjetivo dispone:

"...Cuando la pretensión del demandado persiga el pago de una suma liquida y exigible de dinero o la entrega de cantidad cierta de cosas fungibles o de una cosa mueble determinada, el Juez, a solicitud del demandante, decretara la intimación del deudor, para que pague o entregue la cosa dentro de diez días apercibiéndole de ejecución..."

De la norma parcialmente transcrita se derivan los requisitos para la procedencia de la acción monitoria, dentro de los cuales es necesario resaltar que es factible su ejercicio cuando se demande el cobro de una suma liquida y exigible.

El legislador procesal exige, como requisito de admisión de la demanda en este especialísimo procedimiento, que se acompañé como fundamento de la pretensión alguno de los instrumentos a que se refiere el Articulo 644 del Código de Procedimiento Civil, que establece:

“Son pruebas escritas suficientes a los fines indicados en el artículo anterior: los instrumentos públicos, los instrumentos privados, las cartas, misivas, admisibles según el Código Civil, las facturas aceptadas, las letras de cambio, pagarés, cheques y cualesquiera otros documentos negociables.”

A todo esto, a la factura acompañada junto con la demanda antes mencionada, es necesario considerar a los efectos de la admisión, como prueba escrita suficiente; por lo tanto este Tribunal debe verificar si la factura objeto de la pretensión, cumple debidamente con el requisito de aceptación, y al respecto, se permite reseñar extracto de la doctrina patria y sentencias dictadas por nuestro Máximo Tribunal.

En materia mercantil son escasas las normas que la legislación venezolana toca con relación al tema de las facturas. Así se observa, que el artículo 124 del Código de Comercio, con relación a estos instrumentos señala: “L s obligaciones mercantiles y su liberación se prueban:…con documentos privados…Con facturas aceptadas…”.

Con relación a las facturas aceptadas, el Dr. Humberto Bello Lozano, en su obra Derecho Probatorio, tomo II, pp. 420 y 421 ha establecido que, “…son las constancias expedidas por el comerciante de las mercancías que ha vendido o despachado, ya sea al contado o a crédito, en ejercicio de su actividad y donde se determina el número de las especies objeto de la operación… El legislador venezolano al referirse al caso, en el Artículo 124 del Código de Comercio, solamente expresa que las obligaciones mercantiles y su liberación se prueban, entre otras cosas, con las facturas aceptadas, no indica si esta aceptación ha de manifestarse en forma expresa o tácita,…Sin embargo la jurisprudencia se inclina hacia la aceptación expresa, y así un fallo de Casación (8-5-30) señala que la factura o demostración de cuentas presentadas por la actora para demostrar su condición de acreedora de la demanda carece de eficacia probatoria por tratarse de una factura no aceptada…Nosotros entendemos por facturas, las constancias expedidas por el comerciante de las mercancías vendidas o despachadas, ya sea al contado o al crédito, en ejercicio de su actividad y donde se determina el número y el valor de las especies…El Artículo 124 del Código de Comercio las admite como prueba de las obligaciones mercantiles y su liberación, pero es indispensable que hayan sido aceptadas, pues de no estarlo carecen de eficacia probatoria…Casación, (sentencia 27-1-66) considera como requisito indispensable que las facturas

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