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Procedimiento Investigacion Accidente


Enviado por   •  30 de Marzo de 2015  •  1.487 Palabras (6 Páginas)  •  308 Visitas

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P-GG-008

PROCEDIMIENTO ACCIDENTE DE TRABAJO

O ACCIDENTE DE TRAYECTO

1.- Objetivo:

Los objetivos de este procedimiento son:

- La atención oportuna, expedita y eficaz de todo trabajador que sufra alguna lesión producto de un accidente del trabajo o trayecto, entregando los primeros auxilios en terreno o al interior de la empresa.

- La investigación e información necesaria para establecer las causas básicas e inmediatas del accidente, tomando las acciones necesarias para evitar su repetición.

- Dar cumplimiento a los aspectos legales que rigen el tratamiento de un accidente de trabajo o trayecto.

2.- Alcance:

Este procedimiento es aplicable en todas las áreas de trabajo e instalaciones que conforman las empresas del Grupo AIB Fahneu.

3.- Responsabilidades:

Gerente de de Área:

• Proporcionar los recursos disponibles y necesarios al personal a su cargo, para lograr una atención expedita y eficaz al trabajador accidentado.

Jefe de Área:

• Gestionar y coordinar los recursos que la empresa tiene disponibles para la atención oportuna del trabajador accidentado.

• Verificar en terreno, las condiciones de las máquinas y/o procesos productivos involucrados en el accidente.

• Recopilar la información del accidente e informar al Departamento de Prevención.

Supervisores de Área:

• Instruir y capacitar a los trabajadores que posee a su cargo, respecto de cómo actuar frente a un accidente en el lugar de trabajo.

• Informar oportunamente al Jefe de Producción y/o la Encargada de Prevención de Riesgos, aquellas condiciones inseguras y de peligro presentes en la planta de producción.

• Dar cabal cumplimiento a los estándares de prevención y seguridad impartidos por la Encargada de Prevención de Riesgos.

Encargada de Prevención de Riesgos:

• Es responsable de otorgar los primeros auxilios al trabajador accidentado.

• Evaluar la condición del trabajador accidentado, de manera de decidir si debe o no derivarlo a la mutual correspondiente.

• Gestionar la declaración individual de accidentes del Trabajo (DIAT)

Todo el Personal Empresa:

• Informar oportunamente a la Jefatura Directa la ocurrencia de accidentes y cumplir con uso obligatorio de implementos de seguridad y velar por el correcto uso de maquinas y herramientas asignadas.

4.- Definiciones:

Trabajadores protegidos por el Seguro Laboral:

Todos los trabajadores de la empresa, contrata o con contrato según el Código del Trabajo, trabajadores a honorarios y practicantes con seguro escolar correspondiente.

Accidente del Trabajo:

Toda lesión que un trabajador sufra a causa o con ocasión de su trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte. Dicha incapacidad puede ser temporal o permanente (art. 5º, Ley Nº 16.744).

Accidente del Trabajo Grave:

Cualquier accidente del trabajo que (art. 76, Ley Nº 16.744):

- Obligue a realizar maniobras de resucitación.

- Obligue a realizar maniobras de rescate.

- Ocurra por caída de altura, de más de 2 metros.

- Provoque, en forma inmediata, la amputación o pérdida de cualquier parte del cuerpo.

- Involucre un número tal de trabajadores que afecte el desarrollo normal de la fábrica afectada.

Accidente del Trabajo Fatal:

Aquel accidente que provoca la muerte del trabajador en forma inmediata o durante su traslado a un centro asistencial (art. 76, Ley Nº 16.744).

Incidente:

Son aquellos accidentes ocurridos al trabajador que no generan días de ausencia al trabajo.

DIAT:

Denuncia Individual de Accidente del Trabajo (art. 71 del D.S. Nº 101, de 1969, del MINTRAB).

COMPIN:

Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez.

COMERE:

Comisión Médica de Reclamos.

SUSESO:

Superintendencia de Seguridad Social.

E.P.P.:

Elementos de Protección Personal.

5.-Descripción de Actividades:

Para todos aquellos accidentes fatales y graves, se deben seguir los siguientes pasos:

a) Los trabajadores que se encuentren en el lugar del hecho, deberán preocuparse de auxiliar al accidentado y comunicar en forma inmediata a su Jefatura Directo y/o a la Encargada de Prevención de Riesgos.

b) Es responsabilidad del Jefe Directo/Encargado/Supervisor de Área, o en su defecto el trabajador que preste la primera atención de primeros auxilios, deberá en forma inmediata comunicarse con la Encargada de Prevención de Riesgos e informar detalladamente los acontecimientos ocurridos.

c) El Jefe Directo/Encargado/Supervisor de Área, se preocupará de evitar que los trabajadores se agrupen alrededor del accidentado, manteniendo al personal en sus puestos de trabajo para no entorpecer la labor

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