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Programa De Seguridad Y Salud En El Trabajo


Enviado por   •  13 de Abril de 2013  •  10.244 Palabras (41 Páginas)  •  532 Visitas

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Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo

CONTENIDO

DEFINICIÓN DE TÉRMINOS

IDENTIFICACION DE LA EMPRESA

Capítulo I.- DESCRIPCIÓN DEL PROCESO PRODUCTIVO

1. Descripción del Proceso Productivo

2. Identificación del Proceso de Trabajo

Capítulo II.- POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Y SU DECLARACIÓN

3. Aprobación del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo

4. Carta Compromiso y Declaración del Empleador

5. Objetivos y Alcance

Capítulo III.- PLANES DE TRABAJO PARA ABORDAR LOS PROCESOS PELIGROSOS

6. Identificación y evaluación de los riesgos y procesos peligrosos existentes

7. Procedimientos de Selección y Empleo de Personal

8. Información, educación y capacitación

9. Inspecciones y evaluaciones en materia de Seguridad y Salud Laboral

10. Monitoreo y vigilancia epidemiológica de los trabajadores

11. Recreación, Esparcimiento y Motivación

12. Reglas, Normas y Procedimientos para el trabajo seguro

13. Dotación de equipos de protección personal

14. Planes de contingencia y atención de emergencias

15. Investigación y Análisis de Accidentes

16. Asignación de Responsabilidades

17. Comité de Seguridad y Salud Laboral

18. Ventajas de la implantación del programa de seguridad y salud laboral

19. Recomendaciones y revisión del programa de seguridad y salud laboral

20. Cronograma de Actividades

21. Marco Legal

DEFINICIÓN DE TÉRMINOS:

Accidente de Trabajo: Todo suceso que produzca en la trabajadora o el trabajador, una lesión funcional o corporal, permanente o temporal, inmediata o posterior, o la muerte, resultante de una acción que pueda ser determinada o sobrevenida en el curso del trabajo, por el hecho o con ocasión del trabajo.

Actividad: Es la intervención del ser humano que opera interactuando entre objeto y medios de trabajo, es decir, la inversión física e intelectual de la trabajadora o el trabajador, que incluye las tareas con su conjunto de operaciones y acciones realizadas, para cumplir con la intención de trabajo, donde existe la interacción dinámica con el objeto que ha de ser transformado y los medios (herramientas, máquinas, equipos, entre otros) que intervienen en dicha transformación.

Comité de Seguridad y Salud Laboral: Es un órgano paritario y colegiado de participación, destinado a la consulta regular y periódica de las políticas, programas y actuaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo, conformado por las Delegadas o delegados de Prevención, por una parte y por la empleadora o empleador, o sus representantes, por la otra (bipartito), en número igual al de las Delegadas o delegados de Prevención.

Condiciones Inseguras e Insalubres: todas aquellas condiciones, en las cuales la empleadora o el empleador:

a. No garantice a las trabajadoras y los trabajadores todos los elementos de saneamiento básico, incluidos el agua potable, baños, sanitarios, vestuarios y condiciones necesarias para la alimentación.

b. No asegure a las trabajadoras y a los trabajadores toda la protección y seguridad a la salud y a la vida contra todos los riesgos y procesos peligrosos que puedan afectar su salud física, mental y social.

c. No asegure protección a la maternidad, a las y los adolescentes que trabajan o aprendices y a las personas naturales sujetas a protección especial.

d. No asegure el auxilio inmediato y la protección médica necesaria para la trabajadora o el trabajador, que padezcan lesiones o daños a la salud.

e. No cumpla con los límites máximos establecidos en la constitución, leyes y reglamentos en materia de jornada de trabajo o no asegure el disfrute efectivo de los descansos y vacaciones que correspondan a las trabajadoras y los trabajadores.

f. No cumpla con las trabajadoras y los trabajadores en las obligaciones en materia de educación e información en seguridad y salud en el trabajo.

g. No cumpla con algunas de las disposiciones establecidas en el Reglamento de las Normas Técnicas en materia de seguridad y salud en el trabajo.

h. No cumpla con los informes, observaciones o mandamientos emitidos por las autoridades competentes para la corrección de fallas, daños, accidentes o cualquier situación que afecte la seguridad y salud de las trabajadoras y los trabajadores.

Contingencia: Es un evento súbito donde existe la probabilidad de causar daños a personas, el ambiente o los bienes, considerándose una perturbación de las actividades normales en todo centro de trabajo, establecimiento, unidad de explotación, empresas, instituciones públicas o privadas y que demanda una acción inmediata.

Contratista: Persona jurídica o natural que por cuenta propia compromete la prestación de servicios o una obra, a otra denominada beneficiario(a), en el lugar de trabajo o donde éste o ésta disponga, de conformidad con especificaciones, plazos y condiciones convenidos.

Cultura de Prevención en Seguridad y Salud en el Trabajo: Es el conjunto de valores, actitudes, percepciones, conocimientos y pautas de comportamiento, tanto individuales como colectivas, que determinan el comportamiento con respecto a la Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de una organización y que contribuyen a la prevención de accidentes y enfermedades de origen ocupacional.

Delegada o Delegado de Prevención: Es el o la representante de las trabajadoras y los trabajadores, elegido o elegida entre estos, por medios democráticos; con atribuciones y facultades

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