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Propiedad: Desigualdad En La Distribucion Y Conflicto Social


Enviado por   •  22 de Enero de 2014  •  971 Palabras (4 Páginas)  •  427 Visitas

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LA PROPIEDAD: DESIGUALDAD EN LA DISTRIBUCION Y

CONFLICTO SOCIAL EN ZONAS RURALES Y URBANAS

Introducción

La población venezolana se encuentra distribuida a lo largo y ancho del territorio nacional en forma desigual. Las características geográficas y económicas han sido determinantes en la concentración de la población, puesto que lo referente a Propiedad, y el Conflicto social en Zonas Rurales y Urbanas está íntimamente relacionada con la economía de cada ser humano y su poder adquisitivo.

Así que, es el poder adquisitivo del hombre lo que determina las condiciones y características de la propiedad de cada uno de nosotros como ser social, la diferencia con otras propiedades muebles e inmuebles; y lo que genera esa desigualdad en la distribución que va a dar origen a un conflicto social, que puede acentuarse o achicarse dependiendo de la intervención del Estado en los asuntos tanto económicos como sociales, y hacer esa diferencia tan esperada por todos. Donde encontraremos a un Estado que se presta para legislar a favor de la parte débil jurídica que son los sectores más pobres y desasistidos de la sociedad.

Todo esto a sabiendas de que no estamos en la época de la Colonia, y ahora son los Gobiernos de cada país los que deben marcar el rumbo de sus naciones y nunca permitir que sean las potencias coloniales las que los dominen.

Ley especial de regularización integral de la tenencia de la tierra de los asentamientos urbanos y periurbanos

En Gaceta Oficial N° 39.668 de fecha 06/05/2011 fue publicado el Decreto Presidencial N° 8.198 de fecha 05/05/2011 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Especial de Regularización Integral de la tenencia de la tierra de los asentamientos urbanos y periurbanos, que tiene por objeto regular el proceso de la tenencia de la tierra en posesión de la población en los asentamientos urbanos o periurbanos consolidados, para el debido otorgamiento de los títulos de adjudicación en propiedad de las tierras públicas y privadas, con el fin de contribuir a la satisfacción progresiva del derecho humano a la tierra a una vivienda digna y su hábitat sustentable y sostenible. A continuación le presentamos las disposiciones más importantes:

Interés superior de los niños y adolescentes

Artículo 9

Se protege la propiedad familiar tanto en las uniones de derecho como en las uniones estables de hecho, en caso de existir conflictos de intereses entre el padre y la madre que habiten con sus hijos, la regularización de la tenencia de la tierra deberá atender al principio de protección del interés superior del niño y adolescente, de conformidad con lo establecido en el presente Decreto.

Constitución del comité de tierra urbana

Artículo 11

En cada comunidad, urbanización o sector donde esté consolidado un asentamiento urbano o periurbano, deberá constituirse un Comité de Tierras Urbanas1 de origen común y con una extensión físico-espacial no mayor de cuatrocientas (400) viviendas.

Artículo 18

El comité de tierras urbanas deberá inscribirse en el Registro de los Asentamientos urbanos y periurbano que será llevado por el Instituto Nacional de Tierras y sus dependencias regionales, cuya inscripción reviste personalidad jurídica para todos los efectos relacionados con el presente Decreto.

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