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REGIMEN JURIDICO DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS


Enviado por   •  21 de Enero de 2014  •  4.041 Palabras (17 Páginas)  •  259 Visitas

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Ensayo

“Régimen Jurídico de los Servicios Públicos”

“Servicios Públicos como Función del Estado”

La evolución histórica de la Actividad Prestacional de la Administración, ha tenido una evolución a través del tiempo, como lo vemos en la época primitiva, los jefes de familia eran los que tomaban las decisiones de mayor importancia, ya que era una sociedad tribal nómada y existía una división de trabajo originada por la diferente capacidad de los sexos y las edades de los individuos integrantes de esa sociedad.

Asimismo en el periodo agrícola se caracterizó por aparición de la vida sedentaria, allí comenzó la organización social a través del patriarcado y el crecimiento demográfico obligó a los hombres a coordinar mejor sus esfuerzos en el grupo social y en consecuencia a mejorar la aplicación de la administración.

En lo que respecta a la antigüedad Greco-Latina, apareció en este periodo la esclavitud, la administración se caracterizó por si orientación hacia la estricta supervisión del trabajo y el castigo corporal como forma de disciplina; existió un bajo rendimiento productivo ocasionado por el descontento y el trato infrahumano que sufrieron los esclavos debido a estas medidas administrativas; lo que significó una de las causas de la caída del Imperio Romano.

En la época Feudal, las relaciones sociales se caracterizaron por un régimen de servidumbre; la administración interior del feudo estaba sujeta al criterio del señor feudal, quien ejercía un control sobre la producción del siervo, al final del período gran numero de siervos se convirtieron en trabajadores independientes organizando de los talleres de artesanales y el nuevo sistema de oficios con nueva estructuras de autoridad de administración; aparecieron las corporaciones o gremios que regulaba los horarios, salarios y demás condiciones trabajo; en dichos organismos se encuentra el origen de los sindicatos.

Posteriormente a esto se produjo la Revolución Industrial, que se caracterizó por la aparición de la maquina a vapor, lo que trajo grandes cambios a la organización de la sociedad, desapareciendo los talleres artesanales y se centralizó la producción, lo que dio origen al sistema de fábricas, donde los empresarios eran dueños de las fabricas y los empleados vendían su fuerza de trabajo.

Por otro lado, surgió la especialización y la producción en serie; la administración seguía careciendo de bases científicas, siguiendo una línea de tipo coercitivo, influenciada por el espíritu liberal de la época.

Por otra parte, la complejidad del trabajo hizo necesaria la aparición de especialistas, incipientes administradores, que manejaban todos los problemas de la fábrica; todos estos factores provocaron el inicio de investigaciones que posteriormente originarían la administración científica y la madurez de las disciplinas administrativas.

Así llegamos a la época del siglo XX, que se caracteriza por el gran desarrollo técnico e industrial y consecuentemente por la consolidación de la administración; la cual se torna indispensable en el manejo de cualquier tipo de empresa u organización dando como resultado las diferentes clases de administración, ya que a través de las mismas se logra la obtención de eficiencia, la optimización de los recursos y la simplificación del trabajo.

En la actualidad, la administración se aplica a cualquier actividad organizada, siendo imprescindible para el buen funcionamiento de cualquier organismo social.

En lo relativo a las bases constitucionales en nuestro Ordenamiento Jurídico, encontramos las bases de la Administración Pública, en toda su amplitud en los Títulos IV y V, desde los arts. 136 al 298 de nuestra Carta Magna, donde se establece el marco organizacional, las competencias, facultades, los principios rectores, las responsabilidades, el alcance; en resumen el conjunto de normas generales en las que se deben basar nuestros legisladores para emitir el contenido jurídico específico de leyes que de forma detallada, reflejen, cubran, enmarquen y direccionen las actuaciones de la Administración Pública.

Así como también están normadas estas actividades por la Ley Orgánica de la Administración Pública, (LOAP), la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos (LOPA), Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (LOTSJ), etc., que están apegadas a los mandatos constitucionales.

Por otra parte, el desarrollo de la Noción Conceptual de Servicios Públicos, podemos conceptuar a los Servicios Públicos como:

“Toda actividad que en virtud del ordenamiento jurídico deba ser asumida o asegurada por una persona pública territorial con la finalidad de dar satisfacción a una necesidad de interés general”

De acuerdo a este concepto, toda actividad instituida en servicio público ha de ser en principio una función del Estado o por alguna de las restantes entidades políticas territoriales; en Venezuela específicamente, debe serlo por el gobierno de República, de los Estados o Municipios.

Una actividad llega a convertirse en servicio público, cuando la Constitución o la ley deciden que la asuma la administración pública para dar satisfacción regular y continua a una necesidad pública.

Asimismo, la finalidad de todo servicio público consiste en dar satisfacción a una necesidad de interés general; es decir, dar satisfacción de modo regular y continuo a una necesidad colectiva.

Asimismo, podemos señalar que:

“Son las actividades de los órganos públicos, entidades o privados con personalidad jurídica creados por la Constitución o por Ley, para dar satisfacción en forma regular y continúa a ciertas categorías de necesidades de interés general, en bien forma directa, mediante concesionario o a través de otro medio legal con sujeción a un régimen de Derecho Público o Privado, según corresponda”.

Cuando se dice que son actividades, entidades u órganos públicos o privados se refiere esta expresión a los servicios públicos en sentido material, es decir, toda tarea asumida por una entidad pública, bien se trate de la República, el Distrito Capital, los Estados, Municipios y los Distritos Metropolitanos (personas jurídicas de Derecho Público de carácter territorial), o prestados a través de entes descentralizados funcionalmente tales como: Institutos Autónomos, Empresas del Estado, Fundaciones, Asociaciones y Sociedades Civiles del Estado (entes no territoriales).

No obstante, cabe señalar, que el servicio público también puede ser prestado por particulares conforme al orden jurídico

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