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RETENCION PERCEPCION Y DETRACCIONES


Enviado por   •  24 de Octubre de 2014  •  766 Palabras (4 Páginas)  •  784 Visitas

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RETENCION

Y

PERCEPCION

RETENCIONES

1. CASO PRÁCTICO

OPERACIÓN SUJETA A RETENCION

Maquinarias Forton fue designada agente de retención del IGV a partir del 1 de junio de 2013. Por el periodo de julio 2013 realiza una compra de estructuras metálicas por un importe de S/. 15,000.00 (+ IGV) a su proveedor la empresa Metales Kant. Nos consulta como deberá efectuar la retención del IGV (6%)

Solución:

Metal Kant emite la factura por la venta de las estructuras, con el siguiente detalle:

DETALLE MONTO S/.

Valor de Venta 15,000.00

IGV (18%) 2,700.00

Precio de Venta 17,700.00

Calculo de la retención:

Importe total de la operación : S/. 17,700.00

Retención (6%) : S/. (1,062.00)

Neto a pagar : S/. 16,638.00

Maquinarias Forton (Agente de Retención) emitirá el comprobante de retención por la suma de S/. 1,062.00. Luego realizara la declaración del PDT correspondiente.

Utilización del importe retenido

Metales Kant podrá usar el importe retenido en el mes, tomando en cuenta que es la única operación realizada en el mes.

DEBITO FISCAL (SUPUESTO) 75,000.00

CREDITO FISCAL (SUPUESTO) 13,000.00

IGV A PAGAR 62,000.00

(IGV RETENCIONES A APLICAR) 1,062.00

IGV NETO A PAGAR 60,938.00

2. CASO PRACTICO-NOTAS CREDITO

El 15 de junio de 2013 la empresa Margarita S.A.C adquirió de su proveedor mercadería por un precio de venta S/. 1,700.0, y que fue cancelada inmediatamente. El 25 de junio de 2013 su proveedor nos emite una nota de crédito por S/. 1,700.00, por la anulación de la venta citada.

En la misma fecha recibe del mismo proveedor una factura por S/. 4,012.00 incluido IGV por la adquisición de otra mercadería. ¿Cuánto debe retener?

Solución:

Por la factura de S/. 1,700.00 se aplica retención de S/. 102.00 en la fecha del pago. La emisión de la Nota de Crédito por la anulación de la operación, no da lugar a la devolución del monto retenido.

Sin embargo, la empresa podrá deducir los S/.102.00 retenidos aplicándolo al importe de la retención correspondiente a la factura de S/. 4,012.00

Valor de venta : S/. 3, 400.00

IGV : S/. 612.00

Precio de venta : S/. 4,012.00

Retención : 6% x 4,012.00 = S/. 241.00

Por lo tanto S/.241 - S/.102.00 (ya retenido) = S/. 139.00 

3. CASO PRÁCTICO CANJER DE LETRAS

EL 13 de junio el proveedor empresa “A” emite a su cliente empresa “B” (Agente de retención) la factura por un precio de venta de S/. 5,900.00. El 15 de junio se canje la factura por un letra de cambio cuya fecha de vencimiento es el 15 de julio. La letra se emite deduciendo el monto de la retención.

• Precio de venta : 5,900.00

• Retención 6% : (354.00)

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