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Recurso Administrativo


Enviado por   •  9 de Junio de 2014  •  2.948 Palabras (12 Páginas)  •  243 Visitas

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Capítulo I.

El Recurso Administrativo.

Debemos tener presente, en primer lugar que el Recurso Administrativo, etimológicamente deriva del latín recursus, que quiere decir, marcha hacia atrás, acción y efecto de recurrir, por tanto, podemos decir que el Recurso Administrativo, es la denominación que la ley da a los procedimientos de impugnación de los actos administrativos, a fin de que la autoridad revise dicho acto; es decir, se le da una nueva oportunidad al gobernado para que la autoridad revise sus actos administrativos, otorgándole a éstos la oportunidad de que defiendan sus derechos o intereses jurídicos ante la propia administración pública.

En efecto, es “un medio legal que reparte por igual una defensa a quien lo promueve y una oportunidad de rectificación para el que lo resuelve”.

En el mismo sentido, Gabino Fraga define al recurso administrativo como un “medio legal del que dispone el particular, afectado en sus derechos o intereses por un acto administrativo determinado, para obtener en los términos legales, de la autoridad administrativa una revisión del propio acto, a fin de que dicha autoridad lo revoque lo anule o lo reforme en caso de encontrar comprobada la ilegalidad o la inoportunidad del mismo” .

Constituye, de igual manera un medio de control directo de la legalidad del cual disponen los particulares como defensa contra actos que emanen de la Administración Publica Federal que lesionen o afecten la esfera jurídica de los gobernados, con el objeto que la autoridad emisora o una jerárquicamente superior revise, revoque o modifique dicho acto de autoridad, ello de conformidad a los plazos y disposiciones legales que resulten aplicables.

Es decir, su principal función es la de constituir un medio de defensa de los derechos del administrado ante la administración pública; es “un medio ordinario de impugnación y directo de defensa legal que tienen los gobernados afectados, en contra de un acto administrativo que lesione su esfera jurídica de derechos o intereses, ante la propia autoridad que lo dictó, el superior jerárquico u otro órgano administrativo, para que lo revoque, anule, reforme o modifique, una vez comprobada la ilegalidad o inoportunidad del acto, restableciendo el orden jurídico violado en forma económica, sin tener que agotar un procedimiento jurisdiccional”

Clasificación de los Recurso administrativos.

Existen diferentes formas de clasificar a los recursos administrativos, sin embargo, debido a su utilidad práctica se sugiere la aquella que los divide en tres supuestos diferentes:

En primer lugar tenemos a los Recursos Administrativos que se interponen ante la misma autoridad que dictó la resolución que se está impugnando.

Enseguida, existen los recursos administrativos que son interpuestos contra el superior jerárquico del emisor de la resolución que se impugnará. También llamados recurso de alzada

Finalmente, existen los recursos administrativos que se interponen ante un órgano diverso del emisor, pero sin ser el superior jerárquico.

Elementos del Recurso Administrativo

Resulta de suma importancia conocer cuales son los elementos del Recurso Administrativo, de modo que estemos en posibilidad de identificarlo y estudiarlo, los cuales se enumeran a continuación:

1. En primer término, el recurso administrativo deberá́ estar establecido en una ley que lo regule.

2. Deberá existir un acto administrativo que se considere que lesiona o afecta la esfera jurídica de un gobernado.

3. Una autoridad administrativa, ya sea la emisora o una superior jerárquicamente o bien, una diversa.

4. Deberán existir también dispersiones legales que regulen sus sustentación así como la resolución recaída al recurso.

Opcionalidad De Los Recursos Administrativos

Una peculiaridad importante a destacar en referencia a los Recursos de Administrativos reside en que, en la actualidad, éstos, se están en encaminado hacia la opcionalidad de dichos medios de impugnación de los actos administrativos. Esto quiere decir que, cuando estamos ante una resolución impugnable, emanada de la administración pública, la ley establece que el administrado, puede ocurrir ante la propia autoridad que dictó dicha resolución, o bien, ante los tribunales contenciosos administrativos, en defensa de los derechos que por el dictado de dicho acto administrativo se hayan lesionado.

Esto resulta importante destacar, debido a que, en muchas ocasiones resulta ocioso interponer el medio de defensa, debido a que es prácticamente seguro la respuesta negativa de la autoridad, dilatando, en consecuencia, la resolución de los medios de defensa con que cuenta el gobernado.

El recurso de Informidad

El Instituto Mexicano del Seguro Social es un organismo publico descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio; “tiene un doble carácter: a) De organismo fiscal autónomo cuando actúa frente a patrones y sujetos obligados, ejerciendo sus facultades de recaudación, administración, determinación y liquidación de las cuotas obrero patronales; y, b) De ente asegurador, cuando lo hace frente a los asegurados y sus beneficiarios, respecto de las prestaciones en especie y en dinero otorgadas por la Ley del Seguro Social.”

La finalidad principal del Seguro Social, es la de garantizar a su población derechohabiente el servicio de salud, la asistencia medica, servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así́ como la obtención de pensiones.

Sin embargo para lograr sus fines, se encuentra facultado para realizar el cobro de las cuotas obrero patronales a los patrones, y como tal puede emitir actos administrativos que deriven en la afectación de la esfera jurídica de los gobernados, es por ello, que el artículo 294, de la Ley del Seguro Social, prevé la existencia del Recurso de Inconformidad, el cual a la letra dice lo siguiente:

“Articulo 294. Cuando los patrones y demás sujetos obligados, así como los asegurados o sus beneficiarios consideren impugnable algún acto definitivo del Instituto, podrán recurrir en inconformidad, en la forma y términos que establezca el reglamento, o bien proceder en los términos del articulo siguiente.”

El Recurso de Inconformidad es un medio administrativo, “es un medio de defensa al alcance de los particulares para impugnar ante la

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