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Reforma Fiscal 2013


Enviado por   •  21 de Mayo de 2013  •  1.458 Palabras (6 Páginas)  •  606 Visitas

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Reforma fiscal para 2013

El Congreso de la Unión aprobó durante diciembre de 2012 diversas modificaciones en materia fiscal para el ejercicio de 2013, las cuales se encuentran pendientes de publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) por parte del poder Ejecutivo Federal.

Las reformas más relevantes que finalmente fueron aprobadas por el Poder Legislativo se enumeran a continuación:

LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2013 (LIF)

1. Datos económicos estimados para 2013

Concepto Estimación

Ingresos presupuestarios 4.4%*

Producto Interno Bruto 3.5%*

Inflación 3.0%

Tasa de interés promedio de CETES a 28 días 4.6%

Precio promedio del barril de petróleo crudo 86 USD

Tipo de cambio promedio 12.90

Deficit 0%***

2.

* Crecimiento con respecto a 2012 en términos reales.

** Sin considerar la inversión de Petróleos Mexicanos.

3. Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR)

Tasa y tarifa de ISR: No se reduce y se mantiene para el 2013 la tasa empresarial de ISR en 30% y las tarifas mensual y anual para personas físicas, sin embargo, a partir de 2014 se reanuda la disminución gradual de las tasa y tarifas antes mencionadas, tal y como se aprobó en la reforma fiscal del ejercicio de 2010.

Régimen de intereses. Se pospone la entrada en vigor del nuevo régimen de intereses a partir del 1o. de enero de 2014, incluye el procedimiento para determinar los intereses por créditos hipotecarios.

Intereses pagados a bancos extranjeros. Permanece en 4.9% la tasa de retención del ISR aplicable a los intereses pagados a bancos extranjeros residentes en países con los que México tenga celebrado un tratado para evitar la doble imposición.

Maquiladora de albergue. Continúan las reglas que deberán cumplir los residentes en el extranjero que realicen operaciones de maquila en México a través de empresas con programa de maquila bajo la modalidad de albergue, para no considerar que tienen un establecimiento permanente en el país por dichas operaciones.

Fondos de pensiones y jubilaciones del extranjero. Como sucedió en 2012, las personas morales que tengan como accionistas a fondos de pensiones y jubilaciones del extranjero, podrán excluir de sus ingresos totales, el ajuste anual por inflación acumulable y la ganancia cambiaria que deriven exclusivamente de las deudas contratadas para la adquisición o para obtener ingresos por el otorgamiento de uso o goce temporal de terrenos o de construcciones adheridas al suelo ubicados en el país, a fin de determinar si gozan de ciertas exenciones.

Exención de operaciones financieras derivadas de deuda. Permanece la exención del pago del ISR a toda operación financiera derivada en la cual alguna parte de la operación del SWAP esté referenciada a la tasa de interés interbancaria de equilibrio (TIIE).

Personas morales con fines no lucrativos. Se enumeran los tipos de instituciones que durante el ejercicio de 2013 calificarán como instituciones de beneficencia con fines no lucrativos.

4. Ley del Impuesto empresarial a tasa única (IETU)

Quedan vigentes las disposiciones relativas a:

Declaración Informativa. Los contribuyentes del IETU deberán presentar anualmente la información correspondiente a los conceptos que sirvieron de base para determinar dicho impuesto, a más tardar el 31 de marzo del ejercicio de que se trate.

Crédito IETU por deducciones en exceso. El acreditamiento del crédito fiscal generado por el exceso de deducciones contra ingresos, únicamente podrá realizarse contra el IETU de los diez ejercicios siguientes hasta agotarse, sin que pueda aplicarse contra el ISR a cargo del ejercicio.

5. Ley del Impuesto especial sobre Producción y Servicios (IEPS)

Tasas aplicables a cervezas y bebidas alcohólicas. No se reducen y se mantienen las tasas vigentes de 2012 a cervezas de hasta 14º G.L. y bebidas alcohólicas y cervezas con una graduación de 20º G.L., en 26.5% y 53% respectivamente.

También se aprobó que para el ejercicio de 2014, las tasas aplicables para cervezas de hasta 14º G.L. y bebidas alcohólicas y cervezas con una graduación de 20º G.L., serán 26% y 52% respectivamente.

6. Derechos

Derechos por descargas de aguas residuales. Se amplía el plazo del programa de condonación hasta el 31 de diciembre de 2013.

7. Estímulos fiscales y exenciones

Se mantienen los siguientes estímulos fiscales:

o Acreditamiento del impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS) por el diesel adquirido por personas físicas con actividades empresariales para su consumo final como combustible en maquinaria en general, o por personas que lo utilicen en las actividades agropecuarias o silvícolas. Asimismo, será aplicable a contribuyentes para su consumo final y que sea para uso automotriz en vehículos que

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