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Reglamento Interno


Enviado por   •  1 de Mayo de 2013  •  10.726 Palabras (43 Páginas)  •  301 Visitas

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REGLAMENTO INTERNO

DE LA ESCUELA PREPARATORIA

DE LA UNIVERSIDAD LA SALLE.

CURSO ESCOLAR 2012-2013

TÍTULO PRIMERO: DISPOSICIONES GENERALES DE LA ESCUELA PREPARATORIA.

Artículo 1.

La Escuela Preparatoria es una Institución Educativa de enseñanza media superior, integrada a la Universidad La Salle, y los principios que animan y norman toda su actividad se encuentran en el Estatuto Orgánico, el Reglamento General y el Reglamento del Personal Académico de la misma Universidad.

Artículo 2.

El presente Reglamento regula la actividad de la comunidad educativa de la Escuela Preparatoria de la Universidad La Salle en lo referente al desarrollo de sus actividades académicas y administrativas, curriculares y extracurriculares.

Artículo 3.

La Escuela Preparatoria tiene como objetivo principal impartir enseñanza a nivel de bachillerato o su equivalente, inculcando en el estudiante valores humanos y desarrollando competencias y conocimientos académicos a fin de cursar los estudios de licenciatura (Cfr. Art. 42 del Reglamento General).

Artículo 4.

La Universidad La Salle consciente de la trascendencia de las instituciones educativas de nivel medio y superior, ofrece a sus alumnos una formación integral, como está expresado en su Ideario:

1. La Universidad La Salle, inspirándose en el Evangelio, cree en el hombre, imagen de Dios, y expresa con esperanza su fe en el esfuerzo creador del ser humano; en su propósito para instaurar la justicia y el amor; en su capacidad para dominar la naturaleza; y en su empeño para generar, difundir y conservar valores.

2. La Universidad La Salle otorga prioridad a la formación integral del universitario, convencida de que a través de sus egresados es como podrá contribuir eficazmente a la transformación de la sociedad. Así, su empeño se traduce en la realización plena de la persona humana, mediante la atención cuidadosa de todas y cada una de sus dimensiones.

3. La Universidad La Salle aspira a ser una fuerza viva, capaz de contribuir a la orientación de nuestra sociedad. Se esmera en preservar, difundir y acrecentar el patrimonio cultural de nuestra patria y de la humanidad entera. Se muestra atenta a las necesidades y exigencias de una sociedad en la que son indispensables muchos cambios para instaurar en ella una mayor justicia y lograr la paz.

4. La Universidad La Salle impulsa, dentro y fuera de sus muros el genuino espíritu comunitario, solución al doble escollo del individualismo egoísta y estéril, y del colectivismo despersonalizado. A través de ello, pretende que los universitarios alcancen su cabal estatura, dedicándose a propósitos comunes para superar sus intereses individuales y ejercer su libertad en la comunidad de ideales y de acción.

5. La realidad socioeconómica, política, cultural y espiritual de nuestro país es un constante llamado al servicio. La Universidad La Salle, convencida de la responsabilidad y compromiso de quienes tienen el privilegio de realizar estudios, concibe la formación académica como un servicio a nuestros conciudadanos menos favorecidos.

TÍTULO SEGUNDO: DE LAS AUTORIDADES.

CAPÍTULO PRIMERO. DEL CONSEJO DE LA ESCUELA PREPARATORIA.

Artículo 5. El Consejo de la Escuela Preparatoria es la autoridad colegiada responsable de los asuntos formativos y académicos de la Escuela Preparatoria.

Artículo 6. El Consejo de la Escuela Preparatoria se integra por:

a) El Director, que será su presidente y tendrá voto de calidad.

b) El Secretario Académico.

c) El Secretario Administrativo.

d) El Coordinador de Pastoral.

e) Los Coordinadores de Sección.

f) Los demás que establezcan las disposiciones normativas de la Escuela Preparatoria.

Artículo 7. El Consejo de la Escuela Preparatoria tendrá facultades para:

a) Ser órgano de consulta necesaria para los asuntos formativos y académicos de mayor trascendencia.

b) Dictaminar los proyectos e iniciativas que le sean sometidos por conducto del Director.

c) Aprobar los proyectos de investigación y las actividades que le presente el Director.

d) Dictaminar el personal que integra la planta docente y de investigación, de conformidad con la reglamentación respectiva.

e) Dictaminar la creación de nuevas áreas y coordinaciones.

f) Aprobar el plan de trabajo de la Escuela, propuesto por el Director.

g) Evaluar el desempeño del personal de la Escuela Preparatoria.

h) Analizar el informe anual del Director de la Escuela Preparatoria.

i) Revisar, actualizar y/o modificar según el caso, el Reglamento propio de la Escuela Preparatoria.

j) Las demás que le otorguen las disposiciones jurídicas aplicables.

CAPÍTULO SEGUNDO. DEL DIRECTOR.

Artículo 8. El Director de la Escuela Preparatoria, designado de conformidad al Artículo 15, fracción VIII del Estatuto Orgánico, es el responsable de la buena marcha de la Escuela en lo académico, en lo administrativo y en lo formativo.

Artículo 9. El Director de la Escuela Preparatoria permanecerá en su cargo 3 años y podrá ser reelegido.

Artículo 10. El Director de la Escuela Preparatoria necesita cumplir con los siguientes requisitos:

a) Formación dentro de los principios del Ideario Lasallista.

b) Título de Licenciatura.

c) Miembro del claustro académico de la Universidad, conocer su organización y funcionamiento.

d) Conducta moral reconocida y prestigio profesional.

Artículo 11. La Dirección de la Escuela

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