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Replanteamiento Alternativo


Enviado por   •  13 de Junio de 2012  •  5.874 Palabras (24 Páginas)  •  1.634 Visitas

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REPLANTEAMIENTO ALTERNATIVO PARA EL SIGLO XXI: PLANES DE INCLUSIÓN SOCIAL Y PRIMACIA DE LOS DERECHOS HUMANOS

El único modelo alternativo para el siglo XXI es la aplicación del Desarrollo Sostenible en el que incluye variables como Capital, Tierra, Recurso Humano, Impacto Ambiental y la Ignorancia Colectiva como un enfoque de traba para el mismo desarrollo sustentable. La inclusión social se da por efecto de necesidad meritoria del individuo de ser insertado en el roll que ocupa en la sociedad de acuerdo a aptitudes y actitudes personales. La misma necesidad de la sociedad de obtener beneficios del individuo la inducen a realizar una inclusión de forma automática y natural para concatenar las variables inmersas dentro de la aplicación de la disponibilidad para la producción de un bien o un servicio en el roll social. La misma necesidad hace que la sociedad aplique los mecanismos de derechos humanos con sus ciudadanos para la tranquilidad social en el marco del respeto al derecho en si, en todos los ámbitos y no solo en en derecho humano como tal.

La proliferación del uso de el Desarrollo Sostenible conlleva a estadios cada vez más elevados de desarrollo en todos los ámbitos del quehacer humano ya que incluye no solamente el capital sino también al humano, a la tierra y el respeto por el ambiente en un marco de elección de alternativas que dañen menos el ambiente en el que esta inmerso el individuo como ser social para la generación de riqueza.

Los organismos encargados de DDHH no son la panacea para la aplicación de modelos de desarrollo sino un aspecto dentro de las diversas variables contenidas en el Desarrollo Sostenible así como el rol que juega cada individuo en la sociedad.

EL PLAN DE DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL EN VENEZUELA Y SU ARTICULACION CON LOS DERECHOS HUMANOS

El Proyecto Ético venezolano propone una ética cívica exclusiva de una sociedad pluralista que asume como propios un conjunto de valores y principios que pueden y deben ser universalizables porque desarrollan y ponen en marcha la fuerza humanizadora que va a convertir a los hombres en personas y ciudadanos justos, solidarios y felices.

El Plan establece un conjunto de normas, valores, principios que tienen que ver con el principio de la justicia y que están en la conciencia social no por un pacto sino por algo que está adentro de cada uno y del corazón social, que lo sentimos como un deber de humanidad y que tiene que ver con el sentido moral que une a todos los hombres. A la altura de nuestro tiempo, hemos aceptado ya determinados valores, principios y actitudes que nos son comunes y que incorporamos plenamente en el proyecto ético bolivariano.

Este plan de desarrollo económico social de la nación se encuentra vinculado con los derechos humanos porque así lo expresa la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en los diferentes títulos referente a lo que concierne a Derechos fundamentales y que se encuentran incorporados plenamente en el proyecto ético bolivariano. Estos son los principales:

1.- Derechos Humanos de primera generación; aquí se encuentran establecidos los derechos civiles y políticos, derechos de la libertad, derecho a la vida, a la libertad de conciencia, derecho a pensar y expresarse libremente.

Se encuentran establecidos en nuestra Constitución Título III, Capítulo I De los Derechos Humanos y Garantías, y de los Deberes; Capítulo II de la Nacionalidad y de la Ciudadanía; Capítulo III De los Derechos Civiles; Capítulo IV De los Derechos Políticos a partir de los artículos 19 hasta el 70.

2.- Derechos Humanos de la segunda generación; aquí se encuentran establecidos los derechos económicos, sociales y culturales, cuyo contenido busca mejorar las condiciones de vida de las personas, y su característica es que se extienden a la esfera de responsabilidad del Estado, por medio de dos partes; la satisfacción de necesidades y la prestación de servicios.

Aquí, nos encontramos con la seguridad social, el derecho al trabajo, a igual salario por igual trabajo, una remuneración equitativa y satisfactoria que asegure una existencia conforme a la dignidad humana, fundar un sindicato y a sindicalizarse, al descanso y al tiempo libre, un nivel de vida adecuado para la salud y el bienestar (alimentación, vestido, vivienda y asistencia médica), seguros en caso de desempleo enfermedad, invalidez, vejez y otros casos independientes de la propia volunta, la protección de la maternidad y de la infancia, la educación, la participación en la vida cultural de la comunidad, y derecho de autor.

Todos estos derechos que se encuentran establecidos en el Pacto Internacional y es de obligatoriedad para nuestra nación, por lo tanto se encuentra establecido en nuestra carta magna a partir Capítulo V De los Derechos Sociales y de las Familias y el Título III de los Derechos ; Capítulo VI De los Derechos Culturales y Educativos artículo 75, hasta el 111.

3.- Derechos Humanos de tercera generación; que son Los Derechos de los Pueblos, o Derechos de Solidaridad, los cuales nacen de problemas y conflictos supranacionales como respuestas a la necesidad de cooperación entre las naciones, así como dentro de los distintos grupos que lo integran.

Los Derechos proclamados en esta generación son relativos a problemas del medio ambiente, las guerras, el reclamo de autodeterminación y desarrollo digno de los pueblos indígenas y de las naciones de tercer mundo.

TRATAMIENTO DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y HUMANOS EN VENEZUELA

La Constitución Venezolana y los Derechos Humanos

La nueva Carta Magna del pueblo Venezolano, se compone de un Preámbulo, 350 Artículos, divididos en 9 Títulos, Capítulos y las Disposiciones Transitorias. Entre las prerrogativas y conquistas que esta modificación constitucional conlleva en relación al tema de los Derechos Humanos, objeto de este trabajo, están:

.- Aspectos Positivos de la Modificación Constitucional.

a).- Aumento de los Derechos Fundamentales de los Indígenas venezolanos tanto en cultura, territorio e idiomas. Se distingue el término de Pueblos Indígenas que le otorga ésta constitución del que se le da en el Derecho Internacional.

b).- Aumento de los Derechos Políticos, Económicos, Sociales, Familiares, Educativos, del Trabajo y de la Salud.

c).- La nacionalidad venezolana no se pierde al optar o adquirir otra nacionalidad.

d).- Aparición de los Referendos Revocatorios para todos los cargos de elección popular a mitad de su periodo Constitucional.

e).-

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