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SEGURIDAD E HIGIENE OCUPACIONAL


Enviado por   •  20 de Junio de 2014  •  3.605 Palabras (15 Páginas)  •  283 Visitas

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Introducción

La seguridad industrial y la higiene ocupacional aplicadas a los centros de trabajo tiene como objetivo salvaguardar la vida y preservar la salud y la integridad física de los trabajadores por medio del dictado de normas encaminadas tanto a que les proporcionen las condiciones para el trabajo, como a capacitarlos y adiestrarlos para que se eviten, dentro de lo posible, las enfermedades y los accidentes laborales. Así como también, se puedan localizar, evaluar, controlar y prevenir los riesgos laborales.

Existen leyes destinadas para conformidad de este tipo de situaciones, tales como la Ley de prevención, condiciones y medio ambiente de trabajo (LOPCYMAT) y la Ley Orgánica para el trabajo, los trabajadores y trabajadoras (LOTTT).

La LOPCYMAT promueve la implementación del Régimen de Seguridad y Salud en el Trabajo, en el marco del nuevo Sistema Seguridad Social, abarca la promoción de la salud de los trabajadores, la prevención de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo, la atención rehabilitación y reinserción de los trabajadores y establece las prestaciones dinerarias que correspondan por los daños que ocasionen enfermedades ocupacionales y accidentes de trabajo.

La LOTTT promueve y protege la iniciativa popular en el trabajo, facilitando el desarrollo de entidades de trabajo de propiedad social y cualquier otra forma de asociación comunitaria para el trabajo gestionadas en forma participativa y protagónica por los trabajadores y las trabajadoras.

La seguridad industrial y la higiene ocupacional: Son el conjunto de conocimientos científicos y tecnológicos destinados a localizar, evaluar, controlar y prevenir las causas de los riesgos en el trabajo a que están expuestos los trabajadores en el ejercicio o con el motivo de su actividad laboral.

LEY ORGANICA DE PREVENCION, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO (LOPCYMAT): Es la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, la cual es una reforma promulgada el 26 de julio de 2005 en Gaceta Oficial 38.236.

El objeto de dicha ley aparece en su artículo 1:

• Establecer las instituciones, normas y lineamientos en materia de seguridad y salud

• Regular derechos y deberes de trabajadores y empleadores

• Establecer sanciones por incumplimiento de esta normativa

• Regular la responsabilidad del empleador y de la empleadora, y sus representantes ante la ocurrencia de un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional cuando existiere dolor o negligencia de su parte.

El artículo 4 establece su ámbito de aplicación:

• Empresas públicas o privadas, persigan o no fines de lucro

• Cooperativas u otras formas asociativas, comunitarias de carácter productivo o de servicio

• Se exceptúan los miembros de la Fuerza Armada Nacional de conformidad con el artículo 328 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

El artículo 53 establece los derechos de los trabajadores en las empresas:

• Ser informados al inicio de su actividad, de las condiciones en que ésta se va a desarrollar

• Recibir formación teórica y práctica en la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales

• Rehusarse a trabajar a interrumpir una tarea o actividad, cuando exista un peligro inminente que ponga en riesgo su vida

• Denunciar condiciones inseguras o insalubres de trabajo

• Ser reubicados de sus puestos de trabajo o a la adecuación de sus tareas por razones de salud, rehabilitación o reinserción laboral

• Que se le realicen periódicamente exámenes de salud preventivos.

El artículo 54 establece los deberes de los trabajadores en las empresas:

• Ejercer las labores derivadas de su contrato con sujeción a las normas de seguridad y salud en el trabajo

• Usar en forma correcta y mantener en buenas condiciones los Equipos de Protección Personal (EPP) e instalaciones

• Hacer buen uso y cuidar las instalaciones de trabajo

• Mantener condiciones de orden y limpieza en su puesto de trabajo

• Informar de inmediato de la existencia de una condición insegura capaz de causar daños a la salud o a la vida

• Participar activamente en forma directa o a través de la elección de representantes, en los Comité de Seguridad y Salud Laboral

El artículo 55 describe los derechos de los empleadores

• Exigir a sus trabajadores y trabajadoras el cumplimiento de las normas de higiene, seguridad, ergonomía, las políticas de prevención y el uso adecuado de las instalaciones y EPP

• Recibir información y capacitación en materia de salud, higiene, seguridad, por parte de los organismos competentes

• Proponer en el Comité de Seguridad y Salud Laboral las amonestaciones a los trabajadores (as) que incumplan con los deberes establecidos en el artículo 54 de la presente ley

• Ejercer la defensa en caso de imputaciones o denuncias que puedan acarrearle sanciones en virtud de lo establecido en la presente ley.

El artículo 56 establece los deberes de los empleadores:

• Informar por escrito a los trabajadores y trabajadoras y al Comité de Seguridad y Salud Laboral de las condiciones inseguras

• Elaborar con la participación de los trabajadores y trabajadoras, el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa

• Notificar al Instituto Nacional de Prevención Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), con carácter obligatorio, las enfermedades ocupacionales, los accidentes de trabajo dentro del ámbito laboral previsto por esta Ley

• Llevar un registro actualizado de las condiciones de prevención, seguridad y salud laborales

• Organizar y mantener los Servicios de seguridad y Salud

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