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SITUACION PENITENCIARIA VENEZOLANA


Enviado por   •  3 de Noviembre de 2011  •  9.516 Palabras (39 Páginas)  •  632 Visitas

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ARTICULO 272 DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL

El Estado garantizará un sistema penitenciario que asegure la rehabilitación del interno o interna y el respeto a sus derechos humanos. Para ello, los establecimientos penitenciarios contarán con espacios para el trabajo, el estudio, el deporte y la recreación; funcionarán bajo la dirección de penitenciaritas profesionales con credenciales académicas universitarias y se regirán por una administración descentralizada, a cargo de los gobiernos estadales o municipales, pudiendo ser sometidos a modalidades de privatización. En general, se preferirá en ellos el régimen abierto y el carácter de colonias agrícolas penitenciarias. En todo caso, las fórmulas de cumplimiento de penas no privativas de la libertad se aplicarán con preferencia a las medidas de naturaleza reclusoria. El Estado creará las instituciones indispensables para la asistencia pos penitenciaria que posibilite la reinserción social del ex interno o ex interna y propiciará la creación de un ente penitenciario con carácter autónomo y con personal exclusivamente técnico.

SITUACIÓN PENITENCIARIA VENEZOLANA

Desde hace bastantes años; más de cuatro décadas, Venezuela vive una realidad carcelaria profundamente deteriorada, la cual resulta imposible ocultar. Sobre éste fenómeno social, han investigado y escrito abundantemente diferentes estudiosos, tanto en nuestro País, como en otras partes del mundo, de allí la universalidad del conocimiento.

El manejo de la tragedia penitenciaria no puede hacer perder la sensibilidad, hay que tratar de continuar en lo posible haciendo aportes, considerando que los reclusos mantienen la esperanza. Tal como lo afirmara Thales de Mileto. "La esperanza es el único bien común a todos los hombres: los que todo lo han perdido la poseen aún."

La razón de ser del Sistema Penitenciario debería responder, en principio, a la aplicación o ejecución de un programa enmarcado en una política criminal seria, objetiva y moderna, que facilite al Estado la aplicación de medidas de tipo preventivo y penal destinadas a llevar la criminalidad a límites tolerables.

Esto permitiría evitar que los comportamientos considerados como antisociales, perturben el nivel y calidad de vida de la mayoría de los ciudadanos, garantizando así el mayor bienestar posible, lo que implica, la determinación de medidas extrajudiciales de corte preventivo, normativas y medidas penales que en definitiva respondan a una política social general.

Lo deseable sería, que la utilización de medidas penales por no ser las más adecuadas para reducir la delincuencia, se constituyeran en la última alternativa, y decididamente se abordaran las causas del delito en su origen; como lo es la problemática de la pobreza, el desempleo, el acceso a la educación, la vivienda, la salud, la recreación, la cultura, el deporte e inclusive el acceso a una Administración de Justicia oportuna; variables que influyen significativamente en la conformación del sistema de valores de las personas.

La prevención, entendida en un sentido amplio, persigue evitar la ocurrencia del delito con cara al futuro, por intermedio de todos los programas de atención a la comunidad en las materias de salud, empleo, educación, recreación, cultura, deportes, vivienda y otras medidas de carácter profiláctico. Es por todos conocidos, las grandes limitaciones que actualmente existen en materia preventiva, comparable con lo que se observa en la mayoría de los países calificados como del tercer mundo.

Las medidas penales responden a la acción represiva del Estado frente al comportamiento tipificado como antisocial en la legislación penal. Se instrumentan a través de los órganos policiales y de investigación criminalistica en principio, con la participación de la Fiscalía del Ministerio Público, los Jueces de Control, Juicio y Ejecución, para culminar con la intervención del Sistema Penitenciario, que en el caso venezolano debe atender imputados y condenados, representando éste sector el último eslabón de la cadena, pero el más hipertrofiado.

Asumiendo una visión positivista del asunto del delito, en su estudio, origen y formas de control, el Estado tiene la responsabilidad de facilitar los servicios penitenciarios que sirven de estructura para el control, el aislamiento y la ejecución de las penas, incluyéndose en el caso venezolano la atención a imputados

Preliminarmente pudiéramos decir, que la situación penitenciaria venezolana se presenta sumamente compleja y violenta, evidenciando el fracaso de los diferentes actores responsables de la Administración de Justicia y como consecuencia la flagrante violación de los Derechos Humanos de las personas sometidas al régimen penitenciario. Así lo han venido reseñando por muchos años los medios de comunicación, al igual que algunos actores en el pasado y en el presente.

En enero de 2.002, la Dra. Gloria Lizcano, médico voluntaria durante varios años, ex directora del Internado Judicial de Falcón y del Instituto Nacional de Orientación Femenina INOF, actualmente Directora del Anexo Femenino de la Cárcel Nacional de Maracaibo, afirmó:

“Venezuela vive hoy la más severa crisis que en el orden Social, Etico, Político y Moral que se recuerda en la era democrática. En el sector penitenciario es donde más repercute negativamente ésta crisis, toda vez que históricamente el presupuesto para el área ha sido deficitario y últimamente, con el recorte presupuestario, las posibilidades de atender a éste sector de la población que ha perdido su Libertad pero no sus derechos fundamentales, son casi nulas por no decir ausentes.

Cuando la Constitución consideró la gama de Derechos Sociales de los cuales disfrutarían todos los habitantes de la República, no hizo discriminación alguna, por el contrario prohibió hacerlas en función del Credo, Raza, Sexo ó Condición Social. De eso se desprende que las personas detenidas tienen derecho a disfrutar de un ambiente sano, al trabajo, a la educación, entre otros. De allí que al no existir restricción en la Ley para los reclusos, debe prestárseles una Asistencia Integral completa para así poder soportar los rigores de la Prisión?"

Estas apreciaciones, hechas por actores directos en la Administración de Justicia y operarios del Sistema Penitenciario, llevan a la reflexión sobre la crisis que vive el sector y remiten a la necesidad de atenderle adecuadamente en tiempo perentorio.

La posibilidad de garantizar condiciones de seguridad que faciliten la convivencia, y la ejecución de un programa de tratamiento para la rehabilitación de la población reclusa, depende en gran medida de la disponibilidad y calidad de las instalaciones físicas con que

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