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LA INEXISTENTE JUSTICIA TRIBUTARIA EN EL PERÚ


Enviado por   •  29 de Enero de 2012  •  Tesis  •  2.203 Palabras (9 Páginas)  •  542 Visitas

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LA INEXISTENTE JUSTICIA TRIBUTARIA EN EL PERÚ

Por Jesús Martin Ocampos Mogollón

I. Introducción

Actualmente el Derecho Tributario, aún cuando, sigue siendo una rama a la que pocos profesionales del Derecho optan por asumir, sigue siendo muy importante, ya que el impacto que en los intereses de las personas tiene cada día es más alto. El punto neurológico del derecho tributario, como son los tributos [Impuestos, tasas y contribuciones], tienen un origen antiguo, precisamente desde que aparece el Estado los tributos han jugado un rol importante en su desarrollo, pues desde siempre ha constituido su principal fuente de ingreso. En la actualidad por ejemplo, es usual que el Gobierno hable de términos como presión tributaria y de ensanchar la base tributaria, porque considera que la mayor recaudación de tributos posibilita un crecimiento más acelerado que le permita lograr sus objetivos en sectores medulares como educación, salud e infraestructura. Desde luego que la importancia de los tributos, como vemos es bastante, por lo que consideramos legítimo por parte del Estado buscar tales objetivos, sin embargo, consideramos que en diversas ocasiones, no muy infrecuentes por cierto, la Administración Tributaria en el Perú, toda vez que posee una amplia gama de facultades muchas de ellas de carácter discrecional, actúa de manera arbitraria y por tanto ilegal e inconstitucional, que el administrado, a través de un procedimiento contencioso tributario busca ponerle fin. Los obstáculos que en esta lucha enfrenta son desiguales, más aun ello se hace patente en los departamentos de nuestro país, no sólo porque la última instancia administrativa se ubica en la capital, sino que además, éste se agrava, y es a lo que apunta este artículo, cuando dicho administrado acude al Poder Judicial y se enfrenta con una terrible realidad: la inexistente justicia tributaria en el Perú.

II. La Inexistente Justicia Tributaria en el Perú - Extensión y Complejidad del Derecho, más aún del Derecho Tributario.

Siendo el derecho tan complejo y extenso como el propio cuerpo humano, exige hoy en día a los abogados una especialización, más aún creemos ello se hace más urgente y necesario para aquellos que tienen la delicada tarea de administrar justicia, pues debe desterrarse la idea, aunque muchos colegas se nieguen por atendibles razones económicas, que el «abogado pueda dominar y conocer diversas ramas del derecho». Así por ejemplo es frecuente que defienda causas civiles como penales, tributarias como comerciales, societarias como laborales. Lo mismo ocurre, y como anotábamos anteriormente más peligroso aún, al interior del Poder Judicial, pues a menudo a un Magistrado se le ve atendiendo en Juzgados Civiles, Penales, de Familia y Laborales.

El Derecho Tributario, es una rama jurídica que, exige una especialización, pues la complejidad de su contenido y su vinculación con otras carreras, v.g Contabilidad y Administración hacen difícil su entendimiento, por ejemplo conceptos como: Crédito y Débito Fiscal, Base Cierta y Base Presunta, medidas cautelares previas, Impuesto al Valor Agregado, Impuesto a las Transacciones Financieras, Ordenes de Pago, Resolución de Determinación y Multa, Impuesto General a las Ventas y todas las categorías del Impuesto a la Renta; no son manejados, pese a que todos ellos se encuentra contenidos en normas jurídicas, por muchos abogados [incluidos Magistrados], ello no se debe, queremos dejar en claro a una deficiencia profesional, sino a lo que complejo y tedioso que resulta el entender las normas tributarias, de ahí de donde parte el poco interés que se le da.

Este problema se acrecienta porque la mayoría de Resoluciones de Determinación y Multa [denominadas comúnmente como «valores»] se derivan de procedimientos de fiscalización [auditorias] donde el Auditor de Sunat [mayoritariamente Contador Público] efectúa un análisis sobre los libros y registros contables solicitados a través de diversos requerimientos cuyos cierres contienen anexos que para entender hacen falta conocimientos contables. En ese orden de ideas, trasladar estos asuntos a sede judicial resulta engorroso, pues nuestro Poder Judicial no cuenta con Juzgados especializados en materia tributaria, no obstante que tales asuntos resultan de suma importancia para la sociedad [¿Quién no paga algún tributo?], lamentablemente, mejor dicho, preocupantemente, los conflictos tributarios son resueltos por Jueces Civiles o, en algunos casos mixtos, es decir, por profesionales especializados en resolver otros asuntos totalmente ajenos al quehacer tributario [divorcios, pago de obligaciones, otorgamiento de escrituras pública, entre otros], que impiden a todas luces que, en estricto, se pueda hablar de la existencia de una Justicia Tributaria, valer decir, una que sobre la base de la Ley, con conocimiento de causa y de manera imparcial, resuelva estos asuntos. Puede ser que en la práctica este administrado no obtenga una resolución a su favor, pero que por lo menos sienta que el proceso judicial que transitó fue un debido y justo proceso, donde aquél que tuvo la importante tarea de decir su conflicto contaba con la preparación y el conocimiento suficiente para darle una solución y no por el contrario como ocurre ahora donde contamos con magistrados, muchos de los cuales no dudamos en absoluto de su capacidad, pero que no son especialistas en derecho tributario, ello significa que estén en la posibilidad de poder comprender para empezar un procedimiento de auditoría, y segundo lugar las tan complejas normas tributarias. Ante el pedido de crear Juzgados especializados en Derecho Tributario, quizá el mayor reparo, serán los recursos económicos, pero cabe preguntarse qué tan válido es tal argumento?

Sabido es que en la actualidad, uno de los problemas, entre otros, que más aqueja a nuestra administración de justicia, es la falta de recursos económicos, precisamente los pocos que le son proporcionados provienen en parte del cobro de los aranceles judiciales y el resto, como sucede con la mayoría de instituciones pública que cuentan con ingresos exiguos, provienen de las arcas públicas, esto es, del dinero proveniente del cobro de tributos. Ello, sin lugar a dudas resulta paradójico, pues las personas jurídicas que en su mayoría son quienes más aportan con el pago de dichos tributos, no cuentan precisamente con una Justicia especializada, que de manera imparcial resuelva sus conflictos con el Estado, vale decir, SUNAT, que en muchos casos actúa de manera por demás arbitraria e injusta. Por ello consideramos que el argumento bajo el cual resulta onerosa para el Estado la creación de tales juzgados no es justo.

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