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Sentencia 239 1997


Enviado por   •  27 de Marzo de 2014  •  307 Palabras (2 Páginas)  •  281 Visitas

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Sentencia c- 239/97

• Homicidio por piedad: acción de quien obra para poner fin al sufrimiento de otros (ayudar)

• Homicidio eugenésico : tiene como fin mejorar la raza

• Piedad: estado afectivo de conmocion profunda, donde se realiza una acción en favor de la otra persona.

• Homicidio por piedad: conducta antijurídica que tiene una sanción menor, como reproche al desconocimiento de la vida como bien jurídico. El sujeto pasivo, debe padecer un intenso sufrimiento, o una enfermedad grave/ incurable, puesto que si no lo padece se calificaría como homicidio simple o agravado.

• En un estado de derecho: se aplican penas razonables dependiendo del grado de culpabilidad

• Respeto a la dignidad: incluye la autonomía y la identidad de las personas

• Principio de solidaridad: es socorrer por necesidad, con medidas humanitarias, es un principio básico

• Derecho a la vida con condiciones de dignidad: “nada tan cruel como obligar a una persona a subsistir en medio de padecimientos oprobiosos (vergonzosos, bajos, deshonroso)”

• Vida, en la constitución es un derecho y también un valor, lo cual impone deberes al estado y a los particulares para con ella.

• Derecho a morir dignamente: sujeto pasivo debe ser libre y debe estar informado, el sujeto activo debe ser un medico, que haya ofrecido toda la información posible al paciente.

• El estado debe ofrecer la posibilidad para seguir viviendo (medicamentos para disminuir el dolor)

*Artículo 326 código penal: el que matare a otro por piedad debido a una enfermedad tendrá prisión de 6 meses a 3 años.

 Demanda: en un estado social de derecho se debe garantizar la vida, esa sanción leve autoriza a matar (crueldad), Vulnera la igualdad pues discrimina a los enfermos graves. Se refleja un estado fascista y comunista (Hitler, Stalin) en donde los débiles están condenados.

 Intervenciones: el legislador debe sancionar con razonabilidad y proporcionalidad, evitar excesos o debilidades punitivas, la norma NO descono

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