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Sexologia Forense


Enviado por   •  13 de Agosto de 2014  •  1.873 Palabras (8 Páginas)  •  376 Visitas

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LA SEXOLOGIA MEDICO LEGAL. PSIQUIATRIA FORENSE.

Publicado: abril 18, 2014 en MEDICINA FORENSE

Etiquetas:#APUNTES, #FORENSE, #PSIQUIATRIA, #SEXOLOGIA, #VIOLACION

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La Sexología: es el estudio del sexo, sus manifestaciones y todo cuanto se relaciona con el.

Todo ser humano nace con instintos al igual que la mayoría de los animales y ello esta representado por un estimulo interior que conduce a una acción tendiente a la conservación o a la reproducción. El instinto sexual tanto en el hombre como en los animales esta presente, pero, mientras el animal se aparea para reproducirse y continuar la especie, el hombre se aparea, en principio, para satisfacerse la necesidad sexual como una manifestación de amor hacia la pareja y, además, con el objeto de reproducirse.

Psicopatías Sexuales.

El instinto sexual en el hombre puede verse afectado por trastornos considerados por algunos como “formas anómalas de satisfacer el instinto sexual”.

En general, las desviaciones o aberraciones sexuales tienen una base psico-neurótica considerada como una variante de la enfermedad mental por su naturaleza respectiva, compulsiva y constante. Entre ellas tenemos:

HOMOSEXUALISMO: relación sexual entre individuos del mismo sexo (en la mujer es llamado lesbianismo).

PEDERASTIA: es una forma de homosexualismo en el hombre que aparece tardíamente con tendencia al bisexualismos con preferencia por coito anal.

EXHIBICIONISMO: Hábito u obsesión morbosa que consiste en exponer al público intencional o compulsivamente los genitales; es frecuente en el hombre.

VOYEURISMO O ESCOPOFILIA: Forma compulsiva de comportamiento sexual en el cual una persona (por lo general un hombre) siente placer sexual al mirar las actividades sexuales de otras personas, o al mirar a otros desvestirse.

TRAVESTISMOS: se refiere al homosexual que disfruta usando ropas del sexo opuesto; algunos tienen tendencia fetichistas y masoquista.

TRANSEXUAL: Hombre o mujer que siente que en realidad es un miembro del sexo opuesto atrapado en un cuerpo equivocado.

ZOOFILIA: actividad sexual entre una persona y un animal, Bestialidad.

BISEXUALIDAD: atracción sexual por personas de ambos sexos y/o que tienen relaciones sexuales con ellos.

FETICHISMO: Parafilia, forma de comportamiento sexual compulsivo por la cual la manipulación de un objeto inanimado o de una parte del cuerpo que no sean los genitales, es necesaria para la satisfacción sexual.

PEDOFILIA, PAIDOFILIA O PEDERASTA: es una forma de homosexualidad en el hombre, el cual obtiene placer sexual por el contacto o coito con un niño; al coito se llega por excepción.

NECROFILIA: perversión sexual en donde existe inclinación morbosa hacia los cadáveres.

COPROFAGIA: se manifiesta por el deseo de ingerir heces y la compulsión a decir obscenidades.

HETEROSEXUAL: Persona que siente atracción sexual por personas del sexo opuesto.

MASOQUISMO: Una de las parafilias, forma de comportamiento sexual compulsivo por el cual una persona siente placer solamente cuando otra persona le causa dolor físico.

SADISMO: Comportamiento sexual parafílico, por el cual una persona siente placer sexual al infligir dolor a otra.

SADOMASOQUISMO: Forma de comportamiento sexual por el cual una persona siente placer en una combinación de sadismo y masoquismo.

LA VIOLACION:

Comencemos por definirla como una “Invasión física de naturaleza sexual, incluyendo pero no limitada a la penetración aunque sea mínima, cometida sobre una persona bajo circunstancias coercitivas”.

Sin embargo, durante el II Simposio Internacional de Criminalistica, llevado a cabo en Bogotá, se concluyó que la definición de Violación, como: “La ejecución del acceso carnal o acto sexual en contra de la voluntad de la víctima, utilizando agresión física, violencia moral o presiones psicológicas”.

El Código Penal en su Art. 375 se refiere a la violación como un delito contra la libertad sexual, y es precisamente este hecho lo que el legislador considera como “atentado al pudor”. Se incluye dentro de esta definición no solo la violación propiamente dicha sino también:

1.- El acto carnal ejecutado en una persona menor de 12 años, con o sin su consentimiento.

2.- Cuando la victima no hubiere cumplido los 16 años si el culpable es ascendiente, tutor o institutor, y el hecho cause un escándalo público.

3.- Cuando hallándose detenida la victima hubiere sido confiada al culpable.

4.- Cuando la Victima no estuviera en capacidad de resistir por causa de enfermedad física o mental o por otro motivo ajeno al culpable.

La violación es un delito de acción privada solo enjuiciable a instancia de la parte agraviada; sin embargo, se convierte en un delito de acción pública cuando:

1.- El delito ocasiona la muerte de la victima.

2.- Se hace pública.

3.- El padre, tutor o funcionario público se hubieren prestado para cometer el hecho.

** IMPORTANTE **

La violación es un delito que puede recaer:

·En una persona del sexo masculino. Nuestra legislación no diferencia entre el hombre y la mujer; de tal manera que el acto carnal realizado por una mujer sin el consentimiento del hombre puede también ser considerado violación aunque es muy raro.

·Violación de una niña: es la mas común y frecuente, y sobre todo la realización de actos lascivos con los órganos externos de la menor los cuales sirven al victimario para masturbarse ocasionando irritación y enrojecimiento de los mismos. La penetración completa en una menor es poco común y en tales casos se necesita que el autor realice una

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