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Sistema Angloamericano


Enviado por   •  12 de Noviembre de 2014  •  3.027 Palabras (13 Páginas)  •  375 Visitas

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Sistema angloamericano del dip

Conflictos de leyes en Estados Unidos y Norte América

Antecedentes: (hace falta la clase del origen de los conflictos de leyes) los primeros descubrimientos que algunos juristas de una época hicieron porque habían choques habían situación donde concurrían más de un ordenamiento jurídico que es la época de los posglosadores como Bartolo de Sasso Ferrato se dieron cuenta por unas glosas o manuscritos que se habían hecho a las antiguas leyes romanas que existía la posibilidad en un momento dado que existiera un conflicto entre dos legislaciones diferentes porque sobre un mismo supuesto concurrían cada una de ellas para pretender dar la solución entonces los antecedentes en el sistema angloamericano es la doctrina de los postglosadores, después de estos viene…

• la Etapa Estatutaria que viene de la palabra estatuto que significa ley de una ciudad, por los principios de la edad media, luego que cae el imperio romano cada una de las ciudades del norte de Italia sobre todo tenían cierta digamos independencia respecto de otras ciudades roto el imperio romano se abrió un poder fuerte que unificaran esas leyes, entonces cada una de esa reunión de interiores pues desarrollo un sistema jurídico especial aportes de la idiosincrasia de cada una de esas regiones o ciudades, como son diferentes estas ciudades por razones de ubicación geográfica y una serie de circunstancias sociales entonces esta diferencia hace que los mismos

supuestos pudieran bueno de hecho así ocurría estar resueltos de manera diferente entre una ciudad y otra ciudad como el caso de bartolo sasso ferrato el caso del ciudadano de Florencia que litigo porque tenía una propiedad en Venecia y en Venecia estaba prohibido construir pisos a los inmuebles por una circunstancia propias de la ciudad construida sobre las aguas, existía el temor de que si las personas empezaban a construir pisos pues Venecia se podría venir abajo, por eso estaba prohibido construir segundos pisos a los inmuebles, mientras que en Florencia si era permitido Florencia esta al centro norte de Italia y no tenía los conflictos o circunstancia que habían en Venecia se permitía que cada propietario pudiera ampliar su inmueble como le conviniera por ello surgió un conflicto porque Venecia le prohibía construir y él decía yo no soy ciudadano de Venecia yo soy ciudadano de Florencia y yo me rijo por las leyes a las cuales yo pertenezco como en Florencia está permitido yo exigió que se me permita construir mi inmueble, esa fue la controversia y los jueces no hallaban que hacer por que no existía el código de Bustamante, sin embargo por esa época la doctrina era muy importante ya que esta contenía la opinión de los juristas más reconocidos entonces los jueces le preguntaban a los juristas para que dieran una opinión y esa opinión la aplicaban los jueces como si fuera una norma en esa época la doctrina era fuente formal como el juez no sabía que hacer le Pregunto al jurista más célebre de la época Bartolo de Sasso Ferrato y este después de estudiar la situación concluyo diciendo que “los inmuebles se deben regir por la ley donde están ubicados” y en este caso como el inmueble está ubicado en Venecia y allí se prohibía la construcción de un segundo piso entonces le negaron la solicitud al señor de Florencia y se dieron cuenta de los conflictos de leyes y la necesidad de regulación de los conflictos de leyes.

• Luego se desarrolló el problema de los conflictos de leyes en Francia donde también admitieron los conflictos de leyes y surgieron dos grandes juristas cada quien con un punto de vista diferente pero no se considera tan importante para el desarrollo del dip.

• Luego viene una tercera etapa que es la Flamenco holandesa la cual si se considera importante para el desarrollo del dip, flamenco viene de un lugar que queda entre belgica y Holanda hoy es parte de belgica y Holanda y de allí estudiaron los conflictos de leyes y la importancia que tienen es porque entre ellos los más destacados Huber y Voet ellos estudiaron los conflictos de leyes y dijeron que la manera de resolverlos era aplicando una ley que no era la nuestra y para ello crearon la doctrina de las Comitas Gentum advirtiendo la necesidad del derecho de las personas a que en un momento dado por razones de justicia habría que aplicar una ley distinta de la del juez entonces la justificación la establecieron en esta teoría que también llamaban la teoría de la cortesía internacional es decir, ¿por qué un juez debía aplicar la legislación de otro país? por Cortesía. Esto además por una necesidad ellos no podían ser tan territorialitas porque ya el comercio estaba desarrollándose de manera muy fuerte gracias al descubrimiento de la india, el descubrimiento de América, entonces se necesitaba proteger a los comerciantes ya que muchos no querían ir a un país donde no se sentían protegidos por sus leyes además que ir a un país extranjero en esa época era entrar a un sitio desconocidos donde se ignoraban cual eran las normas los derechos y eso frenaba el comercio internacional, por ello hubo que crear una escapatoria cómo hacer para que los comerciantes se sientas protegidos en un momento dado claro ya de manera excepcional por ellos crearon dicha teoría, por Cortesía, por miramientos internacionales los jueces en un momento dado pueden aplicar derecho extranjero.

• Luego la cuarta fase el movimiento estatutario que es la francesa realmente no aporto gran cosa. Significo la conclusión del periodo estatutario y simplemente lo que hicieron fue repetir soluciones que habían dado anteriormente, no hubo mayor aporte lo que ocurrió fue que un célebre abogado de la época estableció en su testamento que cuando muriera podía tomar su biblioteca jurídica una de las mejores bibliotecas de Francia pasaría a la corporación de juristas una especie de colegio de abogados de la época pero con una condición que se estudiaran los

casos internacionales, gracias a esto se estudiaron los conflictos de leyes y aunque no se establecieron nuevas soluciones, se mantuvo viva las soluciones que habían aportado las etapas anteriores los posglosadores, los francesas y la escuela Flamenco Holandesa.

SISTEMA ANGLOAMERICANO DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

Angloamericano significa el sistema inglés y americano de los conflictos de leyes.

Los conflictos de leyes surgen en estados unidos antes que en Inglaterra, en Inglaterra el estudio, la solución a los conflictos de leyes se dio en una fecha bastante tardía comparada con otros países de europa como francia e Italia, en Inglaterra los conflictos de leyes se demoraron mucho por una serie de causas hitoricas, de estructura judicial etc,

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