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Sistema Salud Español


Enviado por   •  15 de Julio de 2013  •  2.588 Palabras (11 Páginas)  •  902 Visitas

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- España

- Sistema de Gobierno Español

La forma política del Estado Español es la monarquía constitucional hereditaria con un régimen de democracia parlamentaria. Los poderes están divididos en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

El Gobierno de España es el órgano constitucional que encabeza el poder ejecutivo estatal y dirige la Administración General del Estado. Depende políticamente del Congreso de Diputados a través de la investidura o censura del Presidente del Gobierno, conforme a la forma de Gobierno parlamentarista establecida por la Constitución española de 1978.

De acuerdo con el artículo 97 de la Constitución y el artículo 1.1, "el Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes".

-Organización territorial

Administrativamente España está organizada en municipios, provincias y Comunidades Autónomas (CCAA). Existen diecisiete CCAA y dos Ciudades Autónomas, que disponen de sus respectivos parlamentos y ejecutivos.

Cada CCAA está formada por una o varias provincias; en total, en España, hay 50 provincias. Cada provincia la componen un número variable de municipios, en España, hay más de 8 mil municipios.

España es un Estado unitario, pero el poder se encuentra descentralizado, tanto política como administrativamente, lo que quiere decir que la toma de decisiones públicas y la ejecución de las mismas, no corresponde únicamente al Poder Central, sino que comparte tales funciones con las CCAA y las entidades locales.

A través del “Estatuto de Autonomía”, las CCAA gozan de una reconocida y amplia potestad ejecutiva y legislativa. Para ellos, cuentan con un parlamento, un gobierno y una administración propios.

Los ciudadanos de nacionalidad española residentes en cada CCAA elegirán cada cuatro años, en las denominadas Elecciones Autonómicas, a los miembros del Parlamento Autonómico, que, a su vez, elegirá, posteriormente, al Presidente del Gobierno Autonómico. El Presidente designará a los Consejeros, con quienes formará el Gobierno Autonómico, mediante el cual se dirigirá la acción política y económica.

Las principales entidades locales son los Municipios y las Provincias, a las que la Constitución garantiza también la autonomía en la gestión de sus asuntos propios.

El gobierno y la administración del Municipio corresponde al Ayuntamiento. Los vecinos del municipio eligen a los Concejales, quienes a su vez eligen al Alcalde entre aquellos Concejales que hayan sido cabeza de lista de sus partidos políticos.

Los Ayuntamientos tienen una serie de competencias, y para llevarlas a cabo cuentan con autonomía de gestión, con impuestos propios y con capacidad de aprobar determinadas normas (reglamentos y ordenanzas municipales).

Por su parte, la Provincia es una entidad local con personalidad jurídica propia, determinada por la agrupación de municipios. En cada Provincia hay una Administración, denominada Diputación Provincial o Cabildos.

-Sistema de Salud Español

El Sistema Nacional de Salud (SNS) es la denominación dada a la articulación de las prestaciones sanitarias públicas de España desde 1986, en que fue creado mediante la Ley General de Sanidad (Ley 14/1986 General de Sanidad). Las mismas se encuentran gestionadas por las distintas CCAA tras su progresiva transferencia o por el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, dependiente del Ministerio de Sanidad. La actividad de todas ellas se armoniza mediante el Consejo Interterritorial del SNS de España para dar cohesión al sistema y garantizar los derechos ciudadanos en todo el territorio.

El artículo 44 de la Ley General de Sanidad establece que el SNS lo forman todas las estructuras y servicios públicos puestos al servicio de la salud de los ciudadanos. El artículo 45 establece que el SNS, integra todas las funciones y prestaciones sanitarias que son responsabilidad de los poderes públicos para el debido cumplimiento del derecho a la protección de la salud. El artículo 46 determina las características fundamentales del SNS: a) La extensión de sus servicios a toda la población; b) La organización adecuada para prestar una atención integral a la salud, comprensiva tanto de la promoción de la salud y prevención de la enfermedad como de la curación y rehabilitación; c) La coordinación y, en su caso, la integración de todos los recursos sanitarios públicos en un dispositivo único; d) La financiación de las obligaciones derivadas de esta Ley se realizará mediante recursos de las Administraciones públicas, cotizaciones y tasas por la prestación de determinados servicios; e) La prestación de una atención integral de la salud procurando altos niveles de calidad debidamente evaluados y controlados.

Entonces, resumiendo, la Constitución española (1978) representó un hecho sin precedentes en la historia de España respecto al reconocimiento de los derechos fundamentales de los ciudadanos. Posterior a la Constitución y con la Ley General de Sanidad formaron un marco legal de los sistemas de salud hasta la actualidad. Ésta, instaura el SNS mediante la integración de diversos subsistemas sanitarios públicos. Su finalidad es, según el artículo 1, “la regulación general de todas las acciones que permitan hacer efectivo el derecho a la protección de la salud reconocido en el artículo 43 y concordantes de la Constitución”.

-Servicio Nacional de Salud

El Servicio Nacional de salud se basa en el principio de que toda persona tiene derecho a la salud, independientemente de su situación económica y laboral. El Estado se responsabiliza plenamente de garantizar este derecho gestionando y financiando, a través de los presupuestos generales, un servicio sanitario que integra, ordena y normaliza todas las funciones sanitarias, lo cual debería permitir el paso de una concepción presidida por la enfermedad a una práctica sanitaria basada en la salud igual para todos.

Las principales características de este modelo son: a) Universalización de la atención, cubre al 100% de la población, independientemente de su situación económica y de su afiliación a la seguridad social; b) Accesibilidad y desconcentración, para garantizar la equidad en el acceso a los servicios se ha instrumentalizado la regionalización sanitaria, basada en situar los diferentes servicios sanitarios lo más cercas posible de donde vive y trabaja la población, Se trata así de reducir la concentración de centros sanitarios en los núcleos urbanos; c) Descentralización,

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