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TRABAJO SOBRE IGUALDAD, DIVERSIDAD Y JURISPRUDENCIA


Enviado por   •  6 de Marzo de 2013  •  3.328 Palabras (14 Páginas)  •  1.713 Visitas

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República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del P.P. Para la Educación Universitaria

UBV- Misión Sucre

Aldea Universitaria “Cruz Salmerón Acosta”

Parroquia Araya

Municipio “Cruz Salmerón Acosta”

Estado Sucre

PFG: Estudios Jurídicos

Clases Sociales, Derechos Humanos y Justicia Social

TRAYECTO III-TRAMO VIII- SECCIÓN “UNICA”

TRABAJO

SOBRE

IGUALDAD DIVERSIDAD Y JURISPRUDENCIA

Profesor:

Abog.

Participantes:

FERNANDO GUILARTE

EST. JURIDICO. 8VO SEMENESTRE

MUNICIPIO CRUZ SALMERON ACOSTA

ARAYA—ESTADO SUCRE

Araya, 3 de Marzo 2013

Introducción

En la siguiente investigación se abordaron los siguientes temas: Definición de Minorías, tipos de Discriminación, Derecho Internacional y Derecho de las Minorías, Convenciones y Declaraciones de Derecho de las Minorías, Los Grupos Vulnerables, así como la Justicia Material, Formal y Social. Las cuales se relacionan en el ámbito del ordenamiento jurídico a favor de los ciudadanos, los cuales son contemplados a través de la regulación del cumplimiento de los Derechos Humanos.

Actualmente se evidencia el incumpliendo y abuso de las Normas Jurídicas que regulan la conducta humana y las Leyes como tal. Lo que a nuestro entender la Justicia a nivel de todo conocimiento genuino intelectual carece de credibilidad y no se cumple en su totalidad.

LA JUSTICIA EN LA APLICACIÓN DEL DERECHO A LAS MINORIAS Y GRUPOS VULNERABLES. JUSTICIA FORMAL, MATERIAL Y SOCIAL

Exclusión Social:

La exclusión social se puede conceptualizar como una situación social de desventaja económica, profesional, política o de estatus social, producida por la dificultad que una persona o grupo tiene para integrarse a algunos de los sistemas de funcionamiento social (integración social). Esta va concatenada con la definición de Marginación que puede ser el efecto de prácticas explícitas de discriminación, que dejan efectivamente a la clase social o grupo social segregado al margen del funcionamiento social en algún aspecto o, más indirectamente, ser provocada por la deficiencia de los procedimientos que aseguran la integración de los factores sociales, garantizándoles la oportunidad de desarrollarse plenamente.

Con la " Declaración Universal de los Derechos Humanos", emitida por la Organización de la Naciones Unidas en 1948, se hacen claros y evidentes los derechos inherentes de todos los seres humanos de la Tierra. Este valioso y único instrumento describe, señala, enumera y hace constar los preceptos de igualdad necesarios e indispensables para la paz y prosperidad de la sociedad mundial. La "Declaración Universal de los Derechos Humanos" fue concebida cuando el mundo despertaba y empezaba a tomar en cuenta las atrocidades cometidas de 1939 a 1945, durante la Segunda Guerra Mundial, con un costo de millones de vidas.

Luego con el tiempo se realizó la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, también llamada Pacto de San José de Costa Rica Interamericana de Derechos Humanos, el 22 de noviembre de 1969 en la ciudad de San José de Costa Rica y entró en vigencia el 18 de julio de 1978. Es una de las bases del Sistema interamericano. Los Estados partes en esta Convención se "comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción.

Por su parte La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, es el resultado palpable, visible, concreto, material, de todas las dimensiones y procesos involucrados en la aguda crisis y profunda reforma de la Gobernanza en Venezuela, que cristaliza en la Asamblea Constituyente de 1999.

En su artículo N° 51, establece con rango constitucional el derecho a petición a la autoridad pública con la obligación de ésta de entregar respuesta.

En su artículo N° 70, establece con rango constitucional el derecho a la participación protagónica, las asambleas ciudadanas vinculantes, las cooperativas y otras formas de cogestión civil de lo público. En su artículo N° 141, establece el principio constitucional de participación en la administración del Estado.

En la Exclusión Social:

La exclusión se puede producir debido a diferentes factores, así también puede ser el resultado indirecto de procesos de desarrollo, ya sea por el hecho de seguir ciertos ideales de una comunidad, por una precaria situación económica, o bien en algunos casos se produce cuando la sociedad responde a los intereses de un grupo minoritario que ejerce el poder. La privación o dificultad para la satisfacción de ciertas necesidades secundarias e incluso algunas de las necesidades básicas (tales como disponibilidad de servicios como agua potable, desagüe y electricidad) es una característica común en todos los grados y tipos de marginación.

Económicos:

a. Ingresos insuficientes.

b. Inseguridad en el empleo.

c. Desempleo.

d. Falta de acceso a los recursos.

En lo económico: La crisis económica en algunas personas desocupadas produce inestabilidad en el plano laboral. Los empleadores, al existir una gran demanda, se toman ciertas licencias: aquellos que superan los 40 años son viejos, las mujeres reciben menores sueldos, los jóvenes si no tienen experiencia no son tomados, para bajar los costos

El ajuste económico

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