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Tarea De Comunicaciones Sonia.docx


Enviado por   •  15 de Febrero de 2015  •  2.415 Palabras (10 Páginas)  •  192 Visitas

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INTRODUCCIÓN

Como podemos ver desde el origen de los derechos humanos, su clasificación y que es lo que protegen dichos derechos, por lo cual podremos recalcar por qué nacieron dichos derechos fundamentales que protegen los derechos de cada uno de los hondureños, velando por la protección de las garantías y la no violentacion de las mismas.

Relación entre las garantías constituciones y la Ley de Emisión del Pensamiento

El origen de los derechos humanos aparece por la propia necesidad del hombre de convivir con sus semejantes debido a que no es capaz de bastarse por sí mismo. Nuestra existencia se desarrolla en un marco de relaciones interpersonales, las cuales van a ser el centro de nuestra atención. Esto confiere a la vida social una notable importancia, y es por ello que nos vemos obligados a establecer unas normas básicas.

A partir de estas normas, el hombre puede relacionarse con sus semejantes sabiendo que se encuentra en las mismas condiciones que los demás, y que a partir de estas intentará hallar la felicidad. Como esta es la meta de nuestra existencia, es bueno saber que tenemos unos principios comunes al resto de los humanos, y que en vez de ponernos trabas los unos a los otros, nos facilitamos el camino.

La principal idea que reflejan estos derechos humanos, y que no es más que la diferencia que existe entre los seres irracionales y nosotros. Somos capaces de minimizar la importancia de la naturaleza y concentrarnos en nosotros mismos. En consecuencia, es el reflejo de la evolución humana hacia unas metas más altas por así decirlo. Los derechos humanos son, de acuerdo con diversas filosofías jurídicas, todas aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos que incluyen a toda persona, por el mero hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna.

La Constitución nos otorga derechos y garantías que el individuo hará valer durante varios medios de defensa, como la Ley de Amparo, que tiene como una de sus finalidades proteger al gobernado de los actos que ejerzan las autoridades.

Garantías Constitucionales de honduras

Igualdad ante la ley

Art. 16 de la Constitución, dice que igualdad ante la ley es el que establece que todos los seres humanos son iguales ante la ley, sin que existan privilegios ni prerrogativas de sangre o títulos nobiliarios. La igualdad ante la ley es incompatible con sistemas legales de dominación como la esclavitud, la servidumbre, el colonialismo o la desigualdad por sexo o religión.

Igualdad ante la ley, es el conjunto de deberes, derechos y garantías del ordenamiento jurídico. El contenido de las leyes sea igual para todos, o desigual si así corresponde, sobre la fase o en función de la justicia. Igualdad ante la ley, implica que todos debemos cumplir el mandato de la ley, no sólo los órganos del Estado, como asimismo, tales órganos deben interpretar y aplicar el ordenamiento jurídico, sin incurrir en discriminación.

Derecho a la jurisdicción

Esta garantía no sólo asegura que toda persona pueda ocurrir, en igualdad de condiciones, sin discriminación y en forma efectiva ante un órgano jurisdiccional en procura de justicia, sino también la obtención de una sentencia justa y motivada. Antes de la sanción de la reforma constitucional de 1994 que la incorporó a través de la Convención Americana, este derecho -entendió PADILLA- no se desprendía directamente del articulado de la CN 1853/60 aunque lo anticipaba su Preámbulo cuando "incluye entre los objetos del otorgamiento de la Constitución afianzar la justicia, declarando luego en el Art. 18 que es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos".

El debido proceso

Como antecedente lejano, la figura anglosajona del "due process of law" -receptada por nuestro Art. 18 CN-, significó la obligación de preservar las garantías que hacen al debido proceso y la carga por parte de los organismos jurisdiccionales de fundar sus decisiones. Cabe señalar que la realización de la justicia y del derecho sustantivo invocados por las partes se debe canalizar ineluctablemente a través de los órganos, mecanismos jurisdiccionales y formas procesales

Juicio previo

Esta garantía tiene la función de servir como herramienta para la defensa en juicio de las personas, permitiéndoles confiar en que las normas penales se aplicarán con el respeto absoluto de los derechos procesales constitucionalizados. Con ese espíritu, el Art. 18 CN exige no sólo el cumplimiento, con antelación a la conducta originante del proceso, del principio de legalidad para la aplicación de una pena, sino el "juicio previo" que reglamenta cómo se debe llegar a dicha sanción.

Derecho de defensa

El derecho de defensa se encuentra consagrado expresamente en el Art. 18 CN al disponer que "es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos" y posibilita la efectivizarían de todas las demás garantías que son su derivación o consecuencia. Se la podría definir en forma genérica como el derecho que tiene toda persona a defenderse de una acusación en su contra en el proceso penal o de una controversia sustanciada en sede administrativa o judicial y, más específicamente, como el derecho que tiene toda persona a no ser privada de su vida, libertad o propiedad, sin una oportunidad de ser oída en defensa de sus derechos

LA ACCIÓN DE AMPARO

La Acción de Amparo protege todos los derechos constitucionales que no sean cautelados ni por el Habeas Corpus, ni por el Habeas Data. Descartado el uso de estos dos, y existiendo un derecho constitucional amenazado o vulnerado, procede el Amparo.

Protege los demás derechos constitucionales que no sean la libertad u otros conexos a ella, que son defendidos mediante el Habeas Corpus, por ejemplo: Cuando violen nuestro domicilio, cuando violen nuestra libertad de trabajo, cuando pretendan restringir nuestra libertad de contratación (nos obliguen a contratar a alguien que no queremos) o de empresa cuando violen nuestro derecho de propiedad el estado o una persona pretendan apropiarse de nuestra propiedad), etc.

La Acción de Amparo deber ser interpuesta, en consecuencia, contra actos por comisión o por omisión. La norma

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