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Tema IV Derecho Constitucional Derecho Burocratico


Enviado por   •  19 de Mayo de 2013  •  2.036 Palabras (9 Páginas)  •  754 Visitas

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TENDENCIAS EN EL DESARROLLO CONSTITUCIONAL

El desarrollo constitucional de México empieza con la Constitución de Cádiz, establecía el sufragio universal, la soberanía nacional, la monarquía constitucional, la separación de poderes, [][]la libertad de imprenta, acordaba el reparto de tierras y la libertad de industria, entre otras cosas.

La siguiente constitución es la Constitución de Apatzingan se basaba en el modelo liberal-democrático de la constitución francesa, en las ideas sociales y políticas de José María Morelos formuladas en el documento Sentimientos de la Nación, defendía el principio de la soberanía popular y también el derecho del pueblo a cambiar al gobierno según su voluntad. Se proclamó la división de los tres poderes: ejecutivo, legislativo y judicial, considerando como órgano supremo al Congreso, compuesto por 17 diputados de las provincias, con facultades legislativas, políticas y administrativas, entre las cuales estaba la de nombrar a los miembros del Gobierno (ejecutivo), que debía estar formado por tres personas, alternándose éstas en la Presidencia cada cuatro meses, y del Supremo Tribunal de Justicia (judicial) constituido por cinco personas. Se decretaba a la religión católica, apostólica y romana como única y proclamaba la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley, la libertad de palabra y de prensa y la inviolabilidad del domicilio.

La siguiente Constitución se publicó el 5 de octubre de 1824 tras haberse aprobado y firmado el proyecto de acta en los días anteriores. Entre los principales postulados de la constitución están la división de México en estados y la separación de los poderes del gobierno a esta Constitución le siguieron la de 1836, la Constitución de 1857, hasta llegar a la Constitución que ahora nos rige que es la de 1917, fue promulgada en la ciudad de Querétaro y se tomó como base la constitución de 1857, pero se añadieron todas las demandas que dieron origen a la revolución mexicana, como la cuestión agraria (art. 27), la cuestión obrera (art. 123); la educación obligatoria y gratuita (art. 3º). Por su amplio contenido social, en su momento fue considerada como una de las constituciones más avanzadas del mundo.

LA SOBERANIA

El origen etimológico se encuentra en el latín , tiene raíces helénicas y romanas, significa lo que está por encima de todo.

El concepto de Soberanía.- Podemos decir que es el poder público, poder del Estado, autoridad política, todas esas expresiones sinónimas y se emplea la palabra soberanía porque es la más corta la mas cómoda. El poder soberano de un estado existe sobre bases de igualdad con relación a los demás Estados soberanos. Las características del poder soberano es independiente y es supremo. Sin embargo existe una interrelación estrecha entre la soberanía y el derecho internacional. Mientras más se fortalece éste, mayor debilidad acusa aquélla, por ejemplo, durante mucho tiempo Guatemala consagró en su Constitución un ordenamiento que consideraba a Belice como parte de su territorio, sin embargo, nunca pudo aplicar su sistema normativo en territorio beliceño. En conclusión, Guatemala no desarrolló su soberanía en Belice ni el derecho internacional se la reconoció. Por lo tanto nadie puede afirmar con certeza que los estados actuales “son soberanos”.

La expresión ideológica que ha prevalecido en la estructura social del Estado mexicano la encontramos en el artículo 39 de nuestra constitución. El texto es el siguiente.

Artículo 39.- La soberanía Nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno.

Aristóteles hablaba de “autarquía, que como afirma Jellinek, era sinónimo de “autosuficiencia”, es decir, implicaba la capacidad de un pueblo para bastarse a sí mismo y realizar sus fines sin ayuda o cooperación extraña. En Roma se utilizaban las expresiones “maiestas”, “potestas” o “imperium”, que significaban la fuerza de dominación y mando del pueblo romano. Durante la Edad Media la soberanía equivalía a “supremacía”, “hegemonía” o “prevalencia” entre el poder espiritual representado por el Papado y el poder temporal de los reyes.

La idea de “soberanía nacional” o “del pueblo” propiamente se proclama en las corrientes del pensamiento jurídico-político de los siglos XVII y XVIII con Locke, Montesquieu, Sieyés y Rousseau. En los inicios del siglo XVII la tesis de la soberanía popular se sostiene por el alemán Althusius, quien a diferencia de Bodino (La soberanía del príncipe o monarca), la atribuye al pueblo, considerando a la comunidad política como titular del mencionado poder. La soberanía popular o nacional es inalienable e indivisible, es, según Rousseau, la “voluntad general”, o sea, la voluntad de la nación (pueblo).

En la misma centuria se destaca también la teoría de Hobbes, según la cual la soberanía reside en ese ente llamado “Estado”, personificado en un individuo, el “soberano”. Unos doctrinarios (Sanchez Viamonte y Aurora Arnáiz) consideran la soberanía como poder pertenecientes al pueblo o a la nación, mientras que otros (Bluntschli, Jellinek, Esmein, Bilesa, De la Cueva y Serra Roja) como un atributo característico del poder del Estado. Incluso, hay uristas (Kelsen, Lindsay y Tena Ramírez) que hacen radicar la soberanía en la Constitución misma.

Algunas de las tesis más destacadas y conocidas que se han postulado respecto de la concepción de la soberanía es la que se da a partir del pensamiento de Juan Bodino, expuesta en su célebre tratado “La República”. Para él, la “república” o “Estado”, implica el establecimiento de un poder soberano, que no puede existir sino en ella. Para el autor, los derechos esenciales” de la soberanía pertenecen al “soberano”, ya sea rey, pueblo o “cuerpo de nobles”.

La evolución histórica de la soberanía culminó al localizar el Estado como titular del poder soberano, con el fin de esquivar de este modo la peligrosa consecuencia a que llegó la doctrina revolucionaria cuando trasladó al pueblo el absolutismo del príncipe. Según el concepto predomínate de soberanía en la doctrina europea, la soberanía significa “La negación de toda subordinación o limitación del Estado por cualquier otro poder”, o una pública que se ejerce autoritariamente por el Estado sobre todos los individuos que forman parte del grupo nacional”. Estas dos nociones engendran las dos características del poder soberano: es independiente y es supremo.

La gran

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