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Temas Teoria General De Derecho


Enviado por   •  5 de Agosto de 2011  •  2.996 Palabras (12 Páginas)  •  1.329 Visitas

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Derecho Consuetudinario

El basado en las costumbres k son fuentes de derecho no escritas según el art 7 LGAP

Sirven para interpretar, integrar y delimitar el derecho escrito.

Interpretar es buscarle sentido a la norma, el supuesto de toda interpretación es el supuesto de una norma escrita.

Integrar llenar las lagunas del derecho escrito, ya que las normas escritas no contemplan todo, el supuesto de la integración la ausencia de una norma escrita.

Delimitar Es indicar dónde empieza y dónde termina, es delimitar el derecho, establecer los límites, el supuesto de delimitación es una norma escrita .Art 7 CC

Definición de costumbre: Practica repetida de una determinada conducta unida al convencimiento x parte de los interesados de que tiene la obligación de conducirse como lo viene haciendo.

Es una fuente residual (subsidiaria) con respecto a la norma escrita.

Es la facultad conferida al pueblo para establecer sus propias normas, siendo el autor de las mismas el pueblo.

Por lo general es local x eje los cuida carros.

Tienen 5 características

 Son normas jurídicas no escritas : jurídicas x que pueden ser reclamadas ante los tribunales a diferencia de las normas morales y lo usos sociales)

 Es anónima : no hay un solo autor sino que la produce difusamente el grupo

 Es extra estatal: tiene vigencia social sin la intervención legislativa que la convierte en una fuente independiente del derecho.

 Es fuente subsidiaria: ósea supletoria de la ley escrita. Art 5 LOPJ

 Es fuente segundaria: cuando se invoca se debe comprobar su contenido y alcance Art 3 CC

Tiene 2 Elementos

 Inveterata Consuetudo:

Es el elemento objetivo osea material, la repetición constante de un acto reiteradamente de un grupo que se repite regularmente que implica duración en el tiempo para lograr uniformidad x eje derecho de llave.

 Opinio u¿iuris sue necesitatis:

Es el elemento psicológico o subjetivo, también llamado interno es el convencimiento popular del grupo de que esa práctica es obligatoria, exigible, solo depende de la subjetividad grupal, es impuesta x imitación o habito.” Es más fácil hacer lo que hacen los demás, es más fácil hacer lo que se ha hecho varias veces”.

Relación costumbre ley Art 3CC

Los jueces no reconocen las costumbres x lo que hay que probárselas, en caso que ya fuera aprobada se debe presentar la jurisprudencia para demostrar su existencia, rige cuando no hay norma escrita ART LOPJ

Depende de la rama del derecho en algunas es muy importante x eje relaciones internacionales y comerciales mientras que en el derecho penal no juega ningún papel.

En materia constitucional si tiene mucho peso ya que lo hechos preceden al reconocimiento x eje la familia de hecho.

4 requisitos según Albaladejo

 Debe ser una practica reiterada

 Debe haber convencimiento de que es obligatoria

 Que la costumbre no sea contraria a la moral, buenas costumbres o el ordenamiento

 Que no sea contraria a las leyes imperativas

Tipos de costumbres

 Secumdum legen o propter legen : desarrollar contenidos de normas existentes, coexiste con la ley escrita, opera cuando el juez usa conceptos jurídicos indeterminados x eje ART 22 del colegio de abogados

 Procter legen (extra ley): tiene como requisito una ley existente que tenga lagunas, opera en ausencia de normas escritas(es una costumbre interpretativas).

 Contra legen : es la costumbre que contradice una norma jurídica escrita(no existe en C.R).

Principios generales de derecho

Son directrices que están en todo el ordenamiento, no son normas por que no tienen supuestos de hechos. Los PGD permiten adaptador el derecho positivo a la realidad, se imponen por su propia cuenta persuasiva.

Tienen dos características:

 Un carácter básico y fundamental que esta en la base de todo el sistema normativo.

 Revelan el sistema de creencias de una organización social, algunas consideran que son pautas de interpretación que sirven para aplicar e interpretar el derecho * a diferencia de las normas trasciende el en tiempo*

Diferencias entre PGD y normas jurídicas según Roman Navarro

 Las estructuras:

La norma tiene un supuesto de hecho y consecuencia.

Los PGD tiene una estructura mas simple, tiene un elemento objetivo y subjetivo.

Subjetivo: los individuos están obligados a respetarlo.

Objetivo: son loa actos que quedan bajo la influencia del PGD x eje principio de autonomía municipal (ES: le pone limites al estado, le pone competencia a las municipalidades y limita las jurisdicciones con respecto a otras munis; EO: determinado por los intereses locales)

 En la norma solo por norma escrita se pueden restringir derechos, imponer obligaciones, impuestos, sanciones, competencias (menos el deber genérico del respeto que es una obligación no escrita ).

Los PGD solo generan derechos no los limitan x eje principio de legalidad, culpabilidad, tipicidad (todos componen garantías)

Diferencias entre PGD y valores

 Los valores con exteriores y anteriores al derecho pero se incorporan a el.

 Los PGD existen a lo interno del derecho.

 Los valores se encuentran en todo(derechos, normas, incluso en los PGD)

*todo derecho responde a un valor*

Diferencias entre PGD y directrices

 Las

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