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Trabajo De Integracion Civil Del Derecho


Enviado por   •  3 de Abril de 2014  •  2.601 Palabras (11 Páginas)  •  255 Visitas

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Actividad de aprendizaje N :01

1. Redacte una minuta de constitución de una sociedad anónima

2. Explique sobre la sociedad anónima abierta y sus requisitos

3. Explique cuales son los órganos de administración de las empresas societarias

4. Explique sobre los contratos asociativos

5. Explique que son las obligaciones y que clases de empresas lo pueden emitir

6. Explique sobre la disolución , liquidación y extinción en la ley societaria

7. Explique sobre los títulos valores materializados y desmaterializados señale algunos ejemplos

8. Explique que es un protesto y su trámite correspondiente

9. Explique sobre la letra de cambuí , requisitos , formalidades , protesto , endosos y vencimiento según la ley de títulos valores

10. Explique sobre el cheque y sus formalidades. cheques especiales , endosos y pago

Desarrollo

1. Dd

2. Sociedad anónima abierta :

En la ley general de sociedades se encuentran las normas para las sociedades anónimas abiertas abiertas en los artículos 249 ° al 262 °

De acuerdo con el artículo 249° de la ley general de sociedades: la sociedad anónima es abierta cuando se cumpla una o más de las siguientes condiciones.

Anónima es abierta cuando se cumpla una o más de las siguientes condiciones:

a) La sociedad ha realizado una oferta pública primaria de acciones u obligaciones convertibles en acciones.

b) Tiene más de 750 accionistas

c) Más del 35% de su capital pertenece al 175 o más accionistas , sin considerar dentro de este número a aquellos accionistas cuya tenencia accionaria individual no alcance al dos por mil de capital o excede del 5% del capital

d) Se constituya como tal.

e) Todos los accionistas con derecho a voto aprueban por unanimidad la adaptación a dicho régimen.

3. Órganos de la sociedad :

Administración de la sociedad, órganos sociales

Una característica de la sociedad anónima consiste en el mecanismo de división de poderes entre los diferentes órganos sociales, con la finalidad común de administrar de manera eficiente el negocio social.

La ley general de sociedades establece que la sociedad anónima contara con los siguientes órganos sociales:

- Junta general de accionistas :

Es el órgano social encargado de tomar las decisiones correspondientes para la buena marcha del negocio social

- Directorio :

La función principal del directorio consiste en la administración de la sociedad , por esta razón se reúne con relativa frecuencia al igual que la junta de accionistas.

- Gerencia :

Es el órgano ejecutivo de la sociedad , con facultades de representarla ante terceros .

4. Contratos asociativos

5. Obligaciones :

6. disolución , liquidación y extinción en la ley societaria

el concepto de la disolución , liquidación y extinción de la sociedad , puede ser entendido como la resolución del negocio social , en cuanto pierde su capacidad para realizar nuevas operaciones , pero como se trata de un acto complejo , subsiste todavía para llevar a la practica la resolución definitiva mediante necesario actos complementarios , como el de liquidación , que extraña la ruptura mediante necesarios actos complementarios , como el de la liquidación , que entraña la ruptura de los vínculos jurídicos establecidos por la sociedad con terceros y con sus propios socios y por los socios entre si que finalmente culmine con la extinción , que es la partida de defunción de la sociedad , existiendo sus causales las mismas que se encuentran señaladas en el articulo 407 de LGS .

tratándose de las sociedades colectivas en comandita se sujetan por su propia naturaleza a normas especificas de disolución .

la convocatoria y el acuerdo de disolución de cualquier sociedad , cuando se da alguna de las causales de disolución enumeradas , pueden hacerlo el directorio o cuando este no existe cualquier socio , administrador o gerente , dentro del plazo ,máximo de 30 días de producida la causal , para que se realice una junta general a fin de adoptar el acuerdo de disolución o las medidas correspondan .

no obstante mediar acuerdo de disolución de la sociedad anónima, el estado puede ordenar su continuidad forzosa en por la seguridad nacional necesidad publica , declaradas por ley .

el acuerdo de disolución debe publicarse e inscribirse en el registro .

Durante la liquidación , la sociedad debe añadir a su razón social o denominación la expresión “ en liquidación” en todos sus documentos y correspondencia .

A ejecución de la liquidación de la sociedad está a cargo de liquidadores designados por la junta general de los socios o en su caso por el juez pudiéndose también designar a los suplentes, salvo que el estatuto , el pacto social o los convenios entre accionistas escritos ante la sociedad hubiesen hecho la designación o que la ley disponga otra cosa .

Los legisladores pueden ser personas naturales o jurídicas, en este caso debe designarse una persona natural para representar a la persona jurídica .

Los liquidadores están sujetos a limitaciones que establecen la ley y estatuto. obligacionistas pueden designar a un representante que vigile las operaciones de la liquidación.

7. títulos valores materializados y desmaterializados señale algunos ejemplos

los artículos 1 y 2 de la nueva ley de títulos de valores se refieren respectivamente a los valores materializados y a los valores desmaterializados . los primeros corresponden al concepto tradicional del título

valor expresado en soporte papel.

Los valores desmaterializados , por su parte son los mencionados en la nueva ley de títulos valorados como las acciones de sociedades , los bonos , papeles comerciales , certificados de participación en fondos mutuos de inversión en valores en fondos de inversión , certificados de suscripción preferente m entre otros , emititos en forma masiva y libremente negociables que confieren a sus titulares derechos crediticios dominales o de participación en el capital , el patrimonio o las utilidades del emisor .

8. El protesto :

es el requerimiento como exigencia por parte del fedatario para que el destinatario cumpla con un deber , puede a travz de una diligencia o de una notificación .

el protesto y las diligencias sobre este acto , se tiene que cumplir lo establecido en el articulo 70 al 89° de la ley de titulo de valores

9. La letra de cambio

Es el título de valor más usado en las transacciones comerciales se utiliza en operaciones donde se concede un crédito al obligado o deudor (girado) . Por este título valor, el obligado o girado acepta con cumplir con pagar una determinada cantidad de dinero a favor del tenedor original o de aquellos que adquieren la letra de cambio por endoso.

Su función es la de permitir la circulación o realización del crédito en forma particularmente rápido y segura.

Requisitos esenciales de la letra de cambio

La letra de cambio es un título de valor eminentemente formal ; debe reunir todos y cada uno de los requisitos esenciales , condiciones y circunstancias o situaciones jurídicas que la ley exige para tener valor legal .

Contenido de la letra de cambio

El contenido de la letra de cambio se encuentra señalado en el artículo 119 de la ley para tener su validez como título de valor.

Sin embargo, el artículo 120 de la ley señala aquellos requisitos que pueden ser obviados y reemplazados por presunciones, así por ejemplo : falta de mención expresa se considera girada la letra de cambio en el domicilio del girador .

En consecuencia, existen requisitos esenciales y no esenciales; pero los esenciales son imprescindibles para determinar la validez legal del titulo. si carecen de estos requisitos , la letra de cambio no produce sus efectos cambiarios , sin perjuicio de la acción actual .

- Vencimiento de la letra de cambio : el vencimiento es la fecha señalado para efectuar el pago .

Para que tenga validez la letra de cambio solo debe ser girada , a la vista a cierto plazo desde la aceptación , a fecha fija , a cierto plazo desde su giro .

- Le letra a la vista : es aquella que no tiene un plazo señalado para su pago , debe cancelarse a su sola presentación , la obligación es exigible desde el momento de la emisión del titulo , pero el tenedor esta obligado a presentarla al girado para su pago dentro del plazo de un año.

- La letra girada a cierto plazo desde la aceptación: vence transcurrido el termino señalado, el mismo que se computara desde la fecha de su aceptación o en su defecto por la protesto.

- La letra girada a cierto plazo desde la fecha de emisión: tiene su vencimiento al cumplirse en su defecto por la del protesto.

- La letra girada a cierto plazo desde la fecha de emisión: tiene su vencimiento al cumplirse el término.

- La letra girada a fecha fija: su vencimiento se encuentra determinada en la fecha señalada.

10. El cheque :

Es un instrumento de pago , que contiene una orden de pago , cuya emisión solo estará a cargo de empresas del sistema financiero .

Para emitir un cheque es condición previa , que el emitente cuente con fondos a su disposición en su cuenta corriente , ya sea por el deposito constituido en ella o por tener autorización del banco para poder sobregirar sobre la cuenta corriente .

Características del cheque : el cheque solo puede ser girado en formularios impresos desglosables de talonarios numerados en serie o con claves u otros signos de identificación y seguridad proporcionados por los bancos o empresas autorizadas por la superintendencia de banca y seguros para mantener cuentas con giro de cheques .

Requisitos del cheque : los requisitos del cheque pueden ser dos , internos y externos .

Internos : dentro de los requisitos internos se encuentran señalados en el articulo disponibles en la cuenta corriente , suficientes para el pago , obtener una autorización del banco para sobregirar la cuenta .

Externos : el articulo 174 señala los requisitos externos que debe contener el cheque para su emisión y validez del titulo .

Contenido del cheque: el cheque debe contener los requisitos señalados en el artículo 174 de la

ley.

Formas de giro del cheque: el cheque debe ser girado según el artículo 176.

a) A favor de persona determinada, con cláusula a la orden o sin ella . se encuentra comprendido en esta modalidad tanto el cheque nominativo como el cheque a la orden , ya sea que ostente esta cláusula o se prescinda de ella nada impide que el cheque sea girado a nombre del propio girador .

b) Clausula no a la orden : su transmisión podrá realizarse solo en la modalidad de cesión ordinaria . no es posible transmitirlo por endoso , por cuanto la cláusula no a la orden lo impide . surten estos mismos efectos la clasuela intransferible no negociable.

c) Al portador por esta modalidad se otorga el derecho a cobrarlos o transmitirlos quien lo tenga en su poder mediante la simple entrega o tradición.

Cheques especiales:

Se encuentran regulados del articulo 184 al 203 contempla un total de nueve tipos distintos de cheques especiales.

Del endoso: por la función de transferencia, el cheque pasa al endosante al endosatario, no solo como declaración de voluntad sino con la tradición del título. El cheque es un instrumento esencialmente transmisible por endoso, salvo el caso de los cheques especiales.

Endoso del cheque al portador. El cheque girado al portador, sea transmitido no por la simple entrega manual sino mediante el endoso , hace responsable en la acción de regreso al endosante. Sin embargo por el endoso del cheque esteno se convierte en un cheque a la orden ya que sigue teniendo el carácter de cheque al portador, por lo que el tenedor puede transmitirlo por la simple entrega o tradición. el banco pagara a quien presente el cheque para su cobro .

Del pago. El cheque es un título de valor que se paga a la vista por esta razón la ley exige que existen fondos disponibles al momento de su emisión.

El cheque debe ser pagado por su valor y en la misma unidad monetaria que expresa su importe, es decir que el tenedor del cheque tiene el derecho de exigir el pago en la misma moneda que aparece en el título.

Actividad de aprendizaje N:02

1. Explique que son los tributos según el código tributario

2. ¿Cuáles son los sujetos del tributo ? . explíquelo

3. ¿Cuáles son los órganos resolutorias en los procesos tributarios?

4. Explique el procedimiento tributario contencioso

5. Explique los procedimientos de cobranza coactiva

6. Interponga una demanda ejecutiva por el vencimiento de una letra de cambio impaga .

7. Interponga una denuncia penal sobre un cheque bancario que no tiene fondos , debe tenerse en cuenta los requisitos de admisibilidad de la demanda .

8. Interponga una reclamación por una resolución de determinación emitida por la sunat

9. Interponga un recurso impugnatorio por el cierto de su estudio jurídico

10. Interponga una apelación sobre una cobranza coactiva .

Desarrollo:

1. Los tributos :

Las prestaciones que comúnmente el estado exige en el ejercicio de su poder de imperio sobre la base de la capacidad contributiva , en virtud de una ley y para cubrir los gastos que demanda el cumplimiento de sus fines .

El tributo es uno de los recursos que se ofrecen al estado para lograr los medios pecuniarios necesarios para el desarrollo de sus actividades . para la legislación tributaria peruana , el termino tributo es un concepto genérico suceptible de reunir o recoger a un sin numero de ingresos de naturaleza coactiva con nombre propio y otros que si bien no tienen denominación pre establecida participan de una naturaleza y elementos contitutivos del tributo (impuestos , tasas, contribuciones , alcabalas a peges , etc ) el código tributario vigente acoge una conceptualización tríptico al precisar que el termino genérico comprende : impuestos , contribuciones y tasas .

2. Dddd

3. Los órganos de la administración tributaria son :

Conforme al articulo 53 del código tributario , son órganos de resolución en materia tributaria :

a. El terminal fiscal

b. La superintendencia nacional de administración tributaria

c. La superintendencia nacional de aduanas(sunad)

d. Los gobiernos locales .

e. El institudo peruano de seguridad social y la oficina de normalización provisional

f. Otros que la ley señale .

4. Procedimiento tributario contencioso

Etapas :

- La reclamación ante la administración tributario

- La apelación ante el tribunal fiscal

- Demanda contenciosa administrativa ante el poder judicial

Contra la resolución del tribunal fiscal podrá interponerse demanda contenciosa administrativa , la que será presentada ante el tribunal fiscal quien después de calificar la demanda y cumplimiento de los requisitos , deberá elevar la demanda ante la sala competente de la corte suprema dentro de los 15 dias hábiles de presentada la demanda .

Este procedimiento no interrumpe la ejecución de los actos o resoluciones de la administración .

La solicitudes no contenciosas vinculadas a la determinación de la obligación tributaria deberán ser resueltas y modificadas en un plazo no menor de 45 dias hábiles .

La resolución que resuelva este asunto podrá ser apelada ante el tribunal fiscal . sino se resuelve dentro del termino de 45 dias hábiles el deudor tributario podra interponer recurso de reclamación dando por denegada la solicitud .

Tratándose de otras solicitudes se resolverán de acuerdo a la ley general de procedimientos administrativos .

5. La cobranza coactiva de las deudas tributarias es una facultad de la administración tributaria que se ejerce a través de los ejecutores coactivos de acuerdo a lo establecido en el código tributario y en los reglamentos de cada órgano de la administración (sunat y sunad)la aprobaran mediante resoluciones de superintendencia y los otros organismos mediante el decreto supremo .

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