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Síntesis Tecnico Juridica


Enviado por   •  3 de Febrero de 2014  •  4.132 Palabras (17 Páginas)  •  179 Visitas

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Objetivo General

 Ilustrar el proceso Ordinario Laboral, mediante un expediente de demanda por no pago de derechos laborales de un trabajador.

Objetivos Específicos

 Identificar las etapas de un proceso laboral.

 Explicar el rol que ejecutan cada una de las partes dentro del proceso ordinario laboral.

 Identificar los requisitos que se deben de cumplir en el proceso ordinario laboral.

Introducción

En el presente trabajo se desarrollarán las diferentes etapas del proceso ordinario laboral, en cual se evidenciará cada procedimiento a ejecutar para realizar un debido proceso, en el que se protejan los derechos tanto del trabajador como del patrono.

Es importante prestar la debida apreciación en las etapas con las que cuenta este proceso ordinario, sus particularidades y el cumplimiento de las disposiciones reguladas en nuestro Código de trabajo y supletorias en el Código Procesal Civil, por la carencia de un Código Procesal laboral.

Con esta investigación se pretende analizar la forma en que se lleva a cabo un procedimiento laboral en vía judicial, para poder realizar una evaluación del mismo, utilizando los conocimientos hasta ahora obtenidos en el curso de Derecho Procesal Laboral, ilustrado por el expediente que se desarrollara, en el cual se apreciara cada una de los procedimientos existentes en la vía ordinaria laboral.

Aspectos técnicos legales de la sentencia laboral.

ORDINARIO LABORAL

• Demanda

• Calidades Partes Hechos

• hechos

• pretensiones

• prueba testimonial y documental

• medio para notificaciones

partes

 Actor: José Alfonso López López.

 Demandado: ELECTRO PLAS S.A y GANADERA RIO PEJE S.A

Hechos

PRIMERO: Inicia labores para la parte demandada desde el 20 de abril de 2006

SEGUNDO: La relación laboral concluyó el 12 de marzo de 2010, posterior al riesgo laboral sufrido y estando incapacitado por el INS.

TERCERO: Fungía como cuidador, realizaba labores de campo. En dos fincas 280 hectáreas en total, vivía en la casa del peón dentro de la propiedad, en las noches debía estar pendiente del ganado.

CUARTO: Aun y cuando aparece reportado en planilla a nombre de ELECTRO PLAS SOCIEDAD ANONIMA que se localiza en Heredia, Santo Domingo, lo cierto es que siempre laboró para GANADERIA RIO PEJE S.A

QUINTO: La relación laboral se estableció en Ganadería Rio Peje, La Virgen de Sarapiquí.

SEXTO: cuando ingresó a laborar ganaba 65.000 colones quincenales del 2006 al 2007, 70. 000 colones en el 2008 y 87.000 hasta la fecha de mi despido.

SETIMO: Laboraba de lunes a lunes de 5:00 a.m .a 6:00 p.m. , sin pago horas extras, día de descanso, ni días feriados.

OCTAVO: El actor era el único trabajador no tenia jefe inmediato.

NOVENO: El fin de la relación laboral se dio al sufrir un riesgo laboral, por motivo a la incapacidad, fue despedido sin justa causa.

DECIMO: Durante la relación laboral únicamente se le cancelaron las vacaciones del año 2006.

UNDECIMO: Que al concluir la relación laboral, la parte patronal le cancela la suma 893,902.45 colones por concepto de prestaciones laborales.

DOCUMENTAL:

1. Acta de comparecencia.

2. Estimación de derechos

3. Cheques

4. Documentos donde se demuestra el inventario de ganado

5. Copia del aviso del accidente

6. Carta de despido.

TESTIMONIAL:

1. Johel Quesada Fallas

2. Jerónimo Parra López

3. Jazmín Gaitán Morales

4. Noemy del Carmen Gaitán

Pretensiones

 Auxilio de cesantía

 Preaviso de despido

 Días feriados de toda la relación

 Días de descanso obligatorio

 Indemniza que establece el art 82 del C.T por despido injustificado.

 Pago de horas extras.

 Vacaciones del período 2007 al 2010.

 Intereses y ambas costas.

se concede traslado a la demanda: plazo 10 días

Contestación de demanda

 Oscar Antonio Ramírez Marín: Apoderado Generalísimo sin límite de suma, de las entidades demandadas, ELECTRO PLAS SOCIEDAD ANONIMA y GANADERIA RIO PEJE SOCIEDAD ANONIMA.

Contestación de la demanda de hechos.

 Primero: No es cierto, inicio labores el primero de mayo del dos mil seis.

 Segundo: No es cierto. La fecha de despido con responsabilidad laboral fue el 25 de marzo del año 2010.

 Tercero: El señor López López no fue contratado como cuidador, sino como peón de la finca ganadera. Es cierto que vivía en una casa en la misma finca

 Cuarta: En la presente demanda en contra de la Ganadería Río Peje S.A, es improcedente, ya que responsable laboral para todos los efectos lo es ELECTRO PLAS S.A

 Quinta: la actividad ganadera se realiza en fincas propiedad de

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