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Cuestionario De Notariado


Enviado por   •  13 de Marzo de 2015  •  2.706 Palabras (11 Páginas)  •  173 Visitas

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DERECHO NOTARIAL

TITULO I

NOTARIOS

1) QUE ES DERECHO NOTARIAL:

Es una rama del derecho a través de la cual vamos a estudiar el conjunto de principios y normas jurídicas que regula: la función notarial, la teoría formal del instrumento y la organización notarial.

2) DONDE ESTA REGULADO EL DERECHO NOTARIAL:

En el Código de Notariado - DECRETO 314-

3) CUANDO FUE EMITIDO EL DECRETO 314:

El 30 de Noviembre de 1946

4) CUANDO ENTRO EN VIGENCIA EL DECRETO 314:

El 01 de Enero de 1947

5) CUANTOS TÍTULOS TIENE EL DECRETO 314:

Tiene 16 títulos

6) CUALES SON LOS 16 TÍTULOS DE CÓDIGO DE NOTARIADO:

a) notarios

b) protocolo

c) instrumentos públicos

d) formalidades especiales para otorgar testamento y otras escrituras.

e) Testigos

f) Legalizaciones

g) Actas notariales

h) Protocolaciones

i) Testimonios

j) Prohibiciones

k) Archivo de protocolos

l) Inspección de protocolos

m) Reposición de protocolos

n) Sanciones y rehabilitaciones

o) Arancel

p) Disposiciones finales.

7) CUANTOS ARTÍCULOS TIENE EL CÓDIGO DE NOTARIADO:

Tiene 112 Artículos, menos el Art. 39 que esta derogado, son 111

8) CUALES SON LOS PRINCIPIOS DEL DERECHO NOTARIAL:

a. Principio de Fe publica, Art. 1 C.N

b. Principio de Inmediación, Art. 8, 29#12, 42#2, 55, 60, 62, 64#5 C.N

c. Principio de unidad de acto, 48#8 C.N.

d. Principio de unidad de contexto, Art. 110 C.N.

e. Principio de protocolo, Art. 8 C.N.

f. Principio de rogación, Art. 1, 45, 60, 77 C.N. 101 CC, 43 LOJ

g. Principio de consentimiento, Art. 29 #10 y 12 C.N.

h. Principio de publicidad, Art. 22 y 75 C.N, 30 CPRG,

i. Principio de seguridad jurídica: Art. 2 CPRG, 186 CPCYM, 77#5, 199 y 1179 C.C.

j. Principio de la forma: 29, 31, 42, 44 y 50 C.N.

k. Principio de autenticación: Art. 2#3 C.N. y 77#5, 186 CPCYM.

l. Principio de función integral

m. Principio de Imparcialidad

9) PRINCIPIO DE FE PÚBLICA:

En si la fe pública es la presunción de veracidad en los actos autorizados por un Notario. Art. 1 del Código de Notariado.

10) PRINCIPIO DE INMEDIACIÓN:

El Notario a la hora de actuar siempre debe estar en contacto con las partes. La función notarial demanda un contacto entre el notario y las partes, y un acercamiento de ambos hacia el instrumento público. Art. 8, 29, # 12, 42 #2, 55, 60., 62, 64 # 5 CN.

11) PRINCIPIO DE UNIDAD DEL ACTO:

Este principio se basa en que el instrumento público debe perfeccionarse en un solo acto. Art. 42 # 8 CN.

12) PRINCIPIO DE DE PROTOCOLO:

Al considerarlo como principio, se le tiene como un elemento de necesidad por las ventajas que reporta a las garantías de seguridad jurídica, eficacia y fe pública. Art. 8 CN.

13) PRINCIPIO DE ROGACIÓN:

La intervención del notario siempre es solicitada, no puede actuar por sí mismo o de oficio. Art. 1, 45, 60 y 77 CN; 101 CC. 43 LOJ; 222 Y 472 CPCYM.

14) PRINCIPIO DE CONSENTIMIENTO:

El consentimiento es un requisito esencial y debe estar libre de vicios, si no hay consentimiento no puede haber autorización notarial. La ratificación y aceptación, que queda plasmada mediante la firma de o los otorgantes, expresa el consentimiento. (Ver art. 29 # 10 y 12 CN; 1 DTO. 54-77 Y 453 Y 454 CPCYM.

15) PRINCIPIO DE PUBLICIDAD:

Los actos que autoriza el Notario son públicos; por medio de la autorización notarial se hace pública la voluntad de la personal. Este principio de publicidad, tiene una excepción, y se refiere a los actos de última voluntad, testamentos y donaciones por causa de muerte. Art. 30 CPRG, 22 y 75 CN

16) PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURÍDICA:

Este principio se basa en la fe pública que tiene el Notario, por lo tanto, los actos que legaliza son ciertos, existe certidumbre o certeza. Art. 2 CPRG; 186 CPCYM; 77 # 5. 199 Y 1179 CC.

17) PRINCIPIO DE LA FORMA:

Es la adecuación del acto a la forma jurídica que mediante el instrumento público se está documentando. Art. 29, 31, 42, 44 y 50 del Código de Notariado.

18) PRINCIPIO DE AUTENTICACIÓN:

Mediante la firma y el sello se establece que un hecho o acto ha sido comprobado y declarado por un Notario. Art. 2 # 3 CN y 77 # 5, 186 CPCYM.

19) PRINCIPIO DE UNIDAD DE CONTEXTO:

Cualquier disposición que se emita para crear, suprimir o modificar los derechos y obligaciones de los notarios contenidos en el código de notariado, deben hacerse como reforma expresa a la misma a efecto de conservar la unidad de contexto.

20) QUE CARACTERÍSTICAS TIENE EL DERECHO NOTARIAL:

a) Es formalista

b) Actúa en la fase normal del derecho, Porque no existen derechos subjetivos en conflicto; ( Art. 1251 cc)

c) Confiere certeza y seguridad jurídica a los hechos y actos solemnizados en el instrumento público, que se deriva de la fe pública que ostenta el notario; (Art. 1576 y 1577 cc)

d) Se aplica el derecho objetivo condicionado a las declaraciones de voluntad a fin de concretar los derechos subjetivos;

e) Es un derecho no tradicional, es un Derecho cuya naturaleza jurídica no puede encasillarse en la tradicional división entre el Derecho Público y el Derecho Privado;

f) Actúa en el campo de la jurisdicción voluntaria y que la certeza y la seguridad jurídica que el Notario confiere a los hechos y actos que autoriza es derivada de la fe pública que ostenta.

21) QUE ES LA FUNCIÓN NOTARIAL:

Consiste en ejercer la función notarial es decir EL QUE HACER DEL NOTARIO

22) ESPECÍFICAMENTE EN QUE CONSISTE LA FUNCIÓN NOTARIAL:

Consiste en recibir, Interpretar y darle forma legal, a la voluntad de las personas a través de los instrumentos públicos.

23) CUALES SON LAS FUNCIONES NOTARIALES:

a) Receptiva

b) Asesora

c) Legitimadora

d) Modeladora

e) Autenticadora

f) Preventiva

24) DEFINA LA FUNCIÓN RECEPTIVA:

Es cuando el Notario RECIBE de sus clientes en términos sencillos la Petición.

25) DEFINA LA FUNCIÓN ASESORA:

El Notario puede asesorar o dirigir a sus clientes, sobre el negocio que pretenden celebrar, aconsejando sobre el particular.

26) DEFINA LA FUNCIÓN LEGITIMADORA:

La realiza el Notario al verificar que las partes contratantes, sean efectivamente las titulares del derecho, estando obligado a calificar la representación en los casos que se ejercite, la cual conforme

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