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Acuerdos de Convivencia


Enviado por   •  14 de Enero de 2023  •  Informes  •  19.848 Palabras (80 Páginas)  •  70 Visitas

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN

UNIDAD EDUCATIVA “SIMÓN RODRÍGUEZ”

INSCRIPCIÓN No. PD00111707

El Palito. Municipio Marcano

Año Escolar 2022 - 2023

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AÑO ESCOLAR

 2021-2022


A  MANERA  DE  PRESENTACIÓN

        En la actualidad, las organizaciones de cualquier índole, naturaleza, tamaño y/o finalidad necesitan definir y contar con un instrumento donde se clarifiquen las normas y procedimientos para garantizar el funcionamiento y las interrelaciones de todos sus miembros. Esta es una necesidad en todo tipo de institución, sea cual sea su funcionabilidad.

        La herramienta más frecuente utilizada para regular la convivencia en las instituciones educativas es el reglamento escolar, instrumento que contiene las normas para la convivencia y disciplina en los planteles educacionales.

        Es importante que la regulación de la convivencia no deberá ser la única finalidad del reglamento escolar, éste también debe incluir otros aspectos dirigidos a la participación de los estudiantes, nombramiento y funciones de organizaciones estudiantiles, de docentes, padres, representantes o responsables, entre otros aspectos de vital importancia para el funcionamiento del plantel educativo.

        Se hace necesario, a su vez, reflexionar colectivamente sobre los contenidos del reglamento, profundizar sobre el por qué y para qué  de los mismos. Los reglamentos son instrumentos que pueden percibirse  y utilizarse de distintas formás, por ejemplo como herramienta para cumplir un requisito formal o para controlar o reprimir a los estudiantes, para promover la disciplina y convivencia escolar o para proteger a los estudiantes y estudiantes.

        Uno de los temás de más controversia e los planteles educativos es la disciplina escolar. En relación a ello hay opiniones encontradas en cuanto a su manejo, pero, para promover la disciplina no solo deben generarse acciones extremás de contención, es necesario la orientación a la interiorización de normas al desarrollo del autocontrol personal y grupal, facilitando así la participación de niños, niñas y adolescentes en la construcción de reglas internas que le permitan las normas de convivencia en el plantel, con sus padres y comunidad en general, asumiendo y cumpliendo las normas sociales en los diversos espacios y tiempos.

        Definitivamente, si una escuela quiere educar a sus estudiantes y estudiantes en un ambiente de trabajo, solidario, positivo, debe centrar sus esfuerzos en promover procesos continuos de participación, por tal razón presentamos los ACUERDOS INSTITUCIONALES DE CONVIVENCIA DE LA U.E.”SIMÓN RODRÍGUEZ”, como un instrumento de promoción de la convivencia y la disciplina escolar, facilitando las relaciones armoniosas y promover la convivencia democrática dentro del centro educativo.


RESEÑA HISTORICA DEL PLANTEL

La U.E “SIMÓN RODRÍGUEZ”, fue fundada en el año 1993 bajo la filosofía pedagógica de Don Simón Rodríguez, insigne educador y pensador venezolano quien propuso el “APRENDER HACIENDO  Y EL APRENDIZAJE PARA LA VIDA” como doctrina para la formación del ciudadano con los valores y herramientas que los hagan aptos para la construcción de una sociedad justa, democrática y solidaria en la cual todos estén comprometidos y tengan lugar. Esté maestro de maestro sostuvo que “Al hombre debe preparársele para el goce de su ciudadanía” con cuatro conocimientos fundamentales. Instrucción Corporal para hacernos fuertes; instrucción técnica para hacernos expertos; instrucción científica para hacernos pensadores; instrucción social para hacernos prudentes. Nuestro compromiso es ser fieles a este pensamiento que a su vez constituye el principio definido en el nuevo diseño curricular.

              Motivado por esta filosofía y tal vez preocupados por el estado en el cual se encontraba la educación en Venezuela; Francisco Villarroel y Romelia De Villarroel docentes con muchos años de servicios decidieron fundar esta casa de estudio. Iniciaron su trabajo con el método de proyectos utilizada por primera vez por CH. REINCHANDT, en unos trabajos públicos en la Universidad de Colombia en el año 1900 y que posteriormente en el año 1918 W.H KILPARTRICK, discípulo de DEWEY lo utilizó en el campo educativo. Él método utilizado para alcanzar los objetivos pedagógicos es el proyecto pedagógico de aula, hoy de aprendizaje, puesto en práctica a través de la observación experimentación, discusión socializada, mapas mentales, entre otras técnicas. De igual manera es parte de nuestro objetivo ayudar al estudiante a superar las dificultades en el lenguaje y calculo.

              Ahora bien desde hace 18 años abrió sus puertas para recibir a unos pocos niños en lo que parecía ser una guardería pero que se asemejó más a un caluroso hogar y a una familia. Desde entonces ha venido creciendo con el tiempo hasta llegar a ser hoy en día reconocida y respetada no solo por los habitantes de la comunidad de El Palito, sino por el resto de las poblaciones del Municipio Marcano y municipios adyacentes y albergar una cantidad creciente de niños, niñas y adolescentes en los niveles de Educación Inicial, Primaria y Media General, permitiéndole un manejo ideológico que, a través de su nombre, Unidad Educativa “Simón Rodríguez”, hace honor al maestro y mentor de nuestro padre Libertador.

        

   

        


TITULO I

Disposiciones Fundamentales

CAPITULO  I

Denominación, Naturaleza, Fines, Objeto y Estructura

Artículo 1: El presente documento constituye los ACUERDOS INSTITUCIONALES DE  CONVIVENCIA que regirán el funcionamiento de la U. E. “Simón  Rodríguez”, institución educativa de carácter privada con sede en la calle San Antonio, Sector El Palito, Municipio Marcano del Estado Nueva Esparta.

Artículo  2: La U.E. “Simón Rodríguez” se regirá por lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Ley Orgánica de Educación y su Reglamento, Reglamento para el Ejercicio de la Profesión Docente, Ley para la Protección del Niño, Niña  y del Adolescente (LOPNNA), Ley Orgánica del Poder Ciudadano (LOPC)  y por las demás disposiciones que dicte el Ejecutivo Nacional, a través del Ministerio del Poder Popular para la Educación.

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