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AMPARO INDIRECTO


Enviado por   •  2 de Junio de 2014  •  2.054 Palabras (9 Páginas)  •  255 Visitas

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Quejoso: Juan Rosas Rosas

Amparo indirecto

Juez de Distrito en materia penal

En el distrito federal en turno

Presente.

Juan Rosas Rosas por mi propio derecho, señalo como domicilio para oír y recibir toda clase de Notificaciones, el despacho ubicado en Av. Tlalpan numero 3000 Colonia Santa Úrsula, delegación Coyoacán, en el Distrito Federal, autorizando en términos del artículo 12 de la Ley de Amparo, a los C. Licenciados en derecho Adriana Berenice Abraham García y Miguel Ángel García Rojas, así como a los C. Abigail reyes Mendieta y Ximena reyes Mendieta, ante Usted con todo respeto comparezco y expongo:

Con fundamento en el artículo 1° de la ley de amparo fracción 1, 2, 3, 6 y 24 107, 108 138, 159 y 161 de la ley de amparo en vigor, vengo por medio del presente a solicitar el AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL, en contra de los Actos y Autoridades que más adelante enuncio y que considero violan mis Garantías Individuales; para tal efecto y a fin de dar cumplimiento a los requisitos que establecen los artículos 107 y 108de la Ley de Amparo procedo a expresar lo siguiente:

I. Nombre y domicilio del quejoso: Juan Rosas Rosas interno en el dormitorio 5 del Reclusorio Preventivo Varonil Norte del Distrito Federal

II. Nombre y domicilio del tercero perjudicado: No hay

III. AUTORIDADES RESPONSABLES:

C. Secretaria de Gobierno del Distrito Federal

C. Subsecretario de Sistema Penitenciario del Distrito Federal

C. Director del Reclusorio Preventivo Varonil Norte del Distrito Federal

C. Juez Primero Penal de Ejecución de sentencia del Distrito Federal.

IV. ACTO RECLAMADO:

Reclamo de las autoridades señaladas como responsables de LA ORDEN DE TRASLADO DEL QUEJOSO del Reclusorio Preventivo Varonil Norte del Distrito Federal a algún otro de la Penitenciaria del Distrito Federal y el cumplimiento que de dicha orden se pretende realizar.

V. PRECEPTOS CONSTITUCIONALES VIOLADOS:

La responsable viola en mi perjuicio las garantías individuales de los artículos 14, 16, 17, y 18 constitucionales.

VI. ANTECEDENTES:

Manifiesto que los antecedentes del hecho reclamado SON CIERTOS, así lo manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD.

ANTECEDENTES

El día de hoy fui notificado verbalmente por una persona del sexo femenino que dijo ser Licenciada y trabajar dentro de la Dirección General de Prevención y de reinserción Social del Distrito Federal, que sería trasladado a la Penitenciaria del Distrito Federal o algún otro de los Reclusorios Preventivos varoniles, por haber sido propuesto para ello, no obstante carece del perfil para ser trasladado a ese lugar, lo que pone en eminente peligro mi integridad personal sobre todo porque no he incumplido en ninguna de las infracciones previstas en las leyes que regulan mi internación.

VII. CONCEPTOS DE VIOLACION

Se violan en mi perjuicio los artículos 14, 16, 17 y 18 constitucionales, ya que se pretende privarme de mis derechos sin previo juicio seguido ante tribunales previamente establecidos, en los que se cumplan las formalidades del procedimiento conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho ; ser molestado en mi persona en virtud de un mandamiento (ORDEN DE TRASLADO), que fue dictada por autoridad incompetente en forma fundada e inmotivada, ejerciendo violencia moral violando mis derechos, contraviniendo a la organización del sistema penal en sus respectivas jurisdicciones y los medios para la Reinserción y Readaptación Social del Delincuente, impidiéndome ejercer mi derecho de defensa, provocando al Quejoso un daño de imposible reparación.

No existe ninguna corrección disciplinaria o medios de apremio impuestos fuera del procedimiento penal que funde la ORDEN DE TRASLADO Ante tal situación, invoco el siguiente criterio jurisprudencial.

Época: Octava Época Registro: 820259 Instancia: Pleno Tipo de Tesis: Jurisprudencia Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación Núm. 7, Agosto de 1988 Materia(s): Penal Tesis: P. 19. Página: 6 LIBERTAD PERSONAL. ACTOS QUE AFECTAN LA, INDEPENDIENTEMENTE DE LA NATURALEZA DE LAS AUTORIDADES QUE LOS EMITAN, CORRESPONDE A UN JUEZ DE DISTRITO EN MATERIA PENAL EL CONOCIMIENTO DEL JUICIO DE AMPARO QUE SE PROMUEVA CONTRA ELLOS. El artículo 51, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en su parte conducente señala que compete a los jueces de Distrito en materia penal el conocimiento de los juicios de amparo en los que se reclamen: "... actos de cualquier autoridad que afecten la libertad personal salvo que se trate de correcciones disciplinarias o de medios de apremio impuestos fuera del procedimiento penal..."; lo anterior significa que independientemente de la naturaleza de las autoridades que emitan un acto, si éste tiene como consecuencia la afectación de la libertad personal del quejoso (salvo que se trate de correcciones disciplinarias o medios de apremio impuestos fuera del procedimiento penal), el juicio de garantías que se promueva en esos casos deberá ser tramitado y resuelto por un juez de Distrito en materia penal. Así pues, tratándose de la orden de traslado dictada por una autoridad administrativa en contra de un procesado o sentenciado para el efecto

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