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Boletin 7010


Enviado por   •  29 de Octubre de 2014  •  310 Palabras (2 Páginas)  •  341 Visitas

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BOLETÍN 7010

“NORMAS PARA ATESTIGUAR”

Las normas para atestiguar constituyen una guía y establecen un amplio marco de referencia para una variedad de servicios profesionales, estas constituyen lineamientos encaminados a promover la calidad de la prestación de servicios profesionales. El trabajo de atestiguar lo debe de realizar un contador público o equivalente legalmente expedido y reconocido tengan entrenamiento técnico adecuado.

Conocimiento del asunto del que se trate el trabajo

El trabajo de atestiguar debe ser llevado a cabo por un contador público que tenga conocimiento adecuado del asunto de que se trata.

Conocimientos para poder llevar a cabo el trabajo de atestiguar

Solamente el contador público podrá atestiguar si:

Es posible evaluar la aseveración a revisar con criterios razonables establecidos por un cuerpo colegiado reconocido. La aseveración a revisar puede estimarse y medirse de manera consistente y razonable.

Cuidado y diligencia profesionales.

El contador público está obligado a realizar su trabajo con cuidado y diligencia profesionales adecuados.

Independencia

El contador público está obligado a mantener una actitud de independencia mental.

Normas de ejecución del trabajo

Planeación y supervisión

El trabajo de atestiguar debe ser planeado adecuadamente y si se utilizan ayudantes estos deben de ser supervisados en forma apropiada.

Obtención de evidencia suficiente y competente

El contador público, al efectuar su trabajo de atestiguar, debe obtener evidencia comprobatoria suficiente y competente, en el grado que requiera para suministrar una base objetiva para su informe.

Normas de información

Bases de opinión sobre trabajos de atestiguar

El informe debe describir con claridad la aseveración o aseveraciones sobre las que se informa y las características del trabajo de atestiguar. En el informe debe presentarse con claridad y objetividad la conclusión del contador público acerca de si la aseveración esta presentada de conformidad con los criterios establecidos con los cuales se midió; o una afirmación de no haber observado en el trabajo realizado ninguna situación de importancia que indicara que la aseveración revisada deberá ser modificada.

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