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CUANDO NO ES PUNIBLE EL ABORTO


Enviado por   •  23 de Septiembre de 2011  •  445 Palabras (2 Páginas)  •  747 Visitas

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CUANDO NO ES PUNIBLE EL ABORTO?

Código Penal Federal

CAPITULO VI - Aborto

• Artículo 329

• Artículo 330

• Artículo 331

• Artículo 332

• Artículo 333

• Artículo 334

• Artículo 329. .- Aborto es la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez.

o

• Artículo 330. .- Al que hiciere abortar a una mujer, se le aplicarán de uno a tres años de prisión, sea cual fuere el medio que empleare, siempre que lo haga con consentimiento de ella. Cuando falte el consentimiento, la prisión será de tres a seis años y si mediare violencia física o moral se impondrán al delincuente de seis a ocho años de prisión.

o

• Artículo 331. .- Si el aborto lo causare un médico, cirujano, comadrón o partera, además de las sanciones que le correspondan conforme al anterior artículo, se le suspenderá de dos a cinco años en el ejercicio de su profesión.

o

• Artículo 332. .- Se impondrán de seis meses a un año de prisión, a la madre que voluntariamente procure su aborto o consienta en que otro la haga abortar, si concurren estas tres circunstancias:

o Que no tenga mala fama;

o Que haya logrado ocultar su embarazo, y

o Que éste sea fruto de una unión ilegítima.

o Faltando alguna de las circunstancias mencionadas, se le aplicarán de uno a cinco años de prisión.

o

• Artículo 333. .- No es punible el aborto causado sólo por imprudencia de la mujer embarazada, o cuando el embarazo sea resultado de una violación.

o

• Artículo 334. .- No se aplicará sanción: cuando de no provocarse el aborto, la mujer embarazada o el producto corran peligro de muerte, a juicio del médico que la asista, oyendo éste el dictamen de otro médico, siempre que esto fuera posible y no sea peligrosa la demora.

Sin embargo, hay siete circunstancias en que no se considera al aborto como delito. Cuando:

1) el embarazo es resultado de una violación,

2) el aborto es provocado accidentalmente

3) a juicio del médico el embarazo pone en riesgo la vida de la mujer,

4) el feto tiene malformaciones genéticas

5) de continuar con el embarazo se provocaría un grave daño a la salud de la mujer,

6) el embarazo es producto de una inseminación artificial no deseada, y

7) la mujer tiene razones económicas para interrumpir el embarazo y es madre de tres hijos.

De estas siete razones sólo la primera (por violación) es válida en todo el territorio nacional. 29 estados contemplan el aborto imprudencial y 28 cuando el embarazo pone en riesgo la vida de la mujer. Así, la constante legislativa en nuestro país es no castigar el aborto por violación, imprudencial y por peligro de muerte. El resto de las causas de aborto no punible varía

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