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Crimenes Internacionales Y Jurisdiccion Penal Internacional


Enviado por   •  9 de Octubre de 2012  •  1.347 Palabras (6 Páginas)  •  490 Visitas

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CRÍMENES INTERNACIONALES Y JURISDICCIÓN PENAL INTERNACIONAL

Las estructuras convencionales de la Haya y Ginebra abrieron espacio para que se estableciera la hoy conocida trilogía de crímenes de guerra, crímenes contra la paz y contra la humanidad. Por consiguiente, los tres elementos que, entonces, se requerían precisión de los crímenes internacionales, establecimiento de tribunales penales internacionales y que éstos pudieran, en efecto, juzgar a los responsables de esos crímenes, encajaron a lograrse en 1945, en San Francisco, California, la creación de las Nacionales Unidas.

La labor de codificación y de desarrollo progresivo del Derecho Internacional que se desarrolló en el marco de la ONU, se expedito a medida que los Estados ratificaban los Convenios de Ginebra y sus protocolos y los Convenios sobre genocidio. En tal virtud, a instancias de la Asamblea General de la ONU la CDI formuló en 1991 un primer listado de 22 crímenes internacionales, a fin de que los Estados los examinaran e indicaren cuales, según ellos, habían cobrado naturaleza consuetudinaria, por lo que la labor de la CDI sería de codificación, cuales otros eran nuevos crímenes que al consignarse en un instrumento internacional darían lugar a un desarrollo progresivo del Derecho Internacional. Entre los parámetros que alo largo del siglo XX más han pesado en la tipificación de los crímenes internacionales están los que precisamente el carácter de crímenes excepcionalmente graves ya por su carácter sistemático o masivo, ya por su comisión en gran escala y de trascendencia internacional.

Los Tribunales penales nacionales pueden confrontar las situaciones al ejercer jurisdicción penal internacional en el caso de los crímenes establecidos en las convenciones de Ginebra.

Originalmente se estableció la jurisdicción penal internacional a fin de juzgar ante los tribunales penales de los Estados captores los actos de piratería cometidos en alta mar y, luego a raíz de su prohibición, el tráfico de esclavos. En consecuencia, el ejercicio de la llamada jurisdicción universal por tribunales penales nacionales antecedió a la creación de los tribunales penales internacionales. Sin embargo, entrado el siglo XX se hizo evidente el propósito de crear tribunales penales internacionales, por lo que el esfuerzo por crear esta clase de jurisdicción y establecer otros crímenes que fueren juzgados en ella corrieron paralelos.

Lo importante fue que entre los crímenes que después de la piratería y del tráfico ilícito de esclavos se reputaron crímenes internacionales figuraron, en primer término, los crímenes de guerra; después, los crímenes contra la paz y los llamados crímenes de lesa humanidad, y posteriormente se agregaría, en 1948 el genocidio; luego, los crímenes previstos en las cuatro convenciones de Ginebra de 1949; el apartheid en 1973 y de allí en 1977 las violaciones graves a las cuatro convenciones de Ginebra de 1949 establecidas como tales en el segundo de los protocolos a dicha convención adoptado en 1977 y, por último en 1984, la tortura. A esta lista, sin duda se agregarán otros crímenes entre ellos, la desaparición de personas, ciertos actos de terrorismo y la corrupción de funcionarios públicos.

En el concepto que originalmente privo en el ámbito internacional y en muchas legislaciones fue el de “crímenes contra el Derecho de Gentes”, los llamados delicta juris gentium por lo que, durante algún tiempo, este concepto coexistió con el de “crímenes internacionales”. No habiendo diferencia fundamental sino terminológica, el primero gradualmente cedió paso al segundo, surgiendo, sin embargo otro: el de “crímenes de Estado” que cobró carta de naturaleza en el literatura en aquellos casos en que se le atribuye responsabilidad a un Estado en la comisión de un crimen internacional. Otro concepto que, así mismo, penetró en este ámbito fue el de “crímenes de Derecho Internacional Humanitario.

Ello obedeció a que después que se estableció el genocidio como crimen internacional, se adoptaron en Ginebra, Suiza, cuatro convenciones internacionales y dos protocolos adicionales que, asimismo, establecieron que serian penadas las violaciones graves a las disposiciones contenidas en las convenciones de 1949 y en el primero de dichos protocolos, con lo que el conjunto de instrumentos que tenían como denominador común el factor humanitario, pronto se conocieron como las “convenciones de Ginebra de Derecho Internacional Humanitario”. Más tarde, la Corte Internacional de Justicia

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