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Diferencias entre Aduanamiento y Desaduanamiento


Enviado por   •  16 de Abril de 2021  •  Apuntes  •  1.114 Palabras (5 Páginas)  •  839 Visitas

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1) Diferencias entre Aduanamiento y Desaduanamiento

La aduana tiene muchas funciones, como asegurar el cobro de impuestos, o evitar la entrada de productos prohibidos al país. La función importante de la aduana es controlar la entrada o salida de mercancías. La diferencia que existe no es mucha ya que el Aduanamiento es el cumplimiento de las formalidades aduaneras necesarias que permite a las mercancías ingresar para el consumo, ser exportadas o ser orientadas hacia otro régimen aduanero.

Por otro lado, el Desaduanamiento son los pasos o procedimientos que se llevan a cabo para la circulación de las mercancías, y el proceso para la nacionalización de una mercancía ante el Servicio Nacional Integral Aduanero y Tributario (SENIAT), en el cual se somete a la mercancía a un régimen aduanero establecido, de acuerdo a la naturaleza u objetivo de la operación.

Las operaciones aduaneras son un conjunto de actividades de tráfico de mercancías sometidas a la potestad aduanera, son asuntos que se deben tratar con mucho cuidado para que se ejecuten con la mayor calidad posible. Por consiguiente, se aduana cuando se está en la aduana. Y, se desaduana cuando se retira la mercancía. Cuando se cumple el proceso llamado nacionalización en la práctica aduanera venezolana.

2) ¿Con cual acto concluye el proceso de Desaduanamiento?

Concluye con el retiro de mercancías, este proceso se cumple cuando los funcionarios del Resguardo Aduanero permiten su salida de la zona primaria aduanera o del lugar autorizado para permanecer a la orden de la aduana. Para concluir con el retiro de mercancías previamente debe ser autorizado por la autoridad aduanera que le compete, cumplir con la serie de requisitos que están establecidos y el pago o garantía de los derechos causados. Finalmente, el almacén imprime el pase de salida el cual es emitido por el SIDUNEA, a los fines del retiro de mercancías.

3) ¿Quiénes pueden legalmente hacer la declaración de las mercancías objeto de operaciones aduaneras?

Las mercancías objeto de operaciones aduaneras deberán ser declaradas a la aduana por quienes acrediten la cualidad jurídica del consignatario, exportador o remitente, dentro de los cinco días hábiles siguientes a su ingreso a las zonas de almacenamiento debidamente autorizadas, según el caso, mediante la documentación, términos y condiciones que determine el reglamento.

Quien haya declarado la mercancía se considera a los efectos de la legislación aduanera, como propietario de ella y estará sujeto a las obligaciones y derechos que se generen con motivo del régimen aduanero respectivo.

4) De cuánto tiempo se dispone para hacer la declaración de las mercancías? Y cuales son las consecuencias jurídicas de no hacerla en el lapso de tiempo señalado.

El artículo 66 de la Ley Orgánica de Aduanas, establece el lapso de treinta días siguientes a los cinco días hábiles para declarar, para que se verifique el abandono legal de la mercancía; no obstante, este mismo artículo delega en el Presidente de la República, la posibilidad de modificar este lapso.

Las consecuencias de incumplir la obligación de declarar las mercancías de forma correcta y completa en aduana e impedir así que la Administración pueda practicar la debida liquidación, constituirá una infracción, clasificada leve, grave o muy grave según lo dispuesto en el artículo antes mencionado. Los importes de las transacciones internacionales suelen ser importantes, y una infracción leve, en la que no exista

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