ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Homicidio


Enviado por   •  4 de Marzo de 2015  •  2.034 Palabras (9 Páginas)  •  183 Visitas

Página 1 de 9

Concepto General:

El homicidio es un delito que consiste en una acción u omisión mediante el cual se priva de la vida a otra persona ya sea dolosa o culposamente.1 El término procede etimológicamente del latín homicidĭum, un compuesto de homo, "ser humano", y caedere, "matar", de modo que literalmente significa "matar a un ser humano". Es una conducta reprochable, es decir típica, antijurídica y por regla general culpable (excepto en casos de inimputabilidad, donde no se es culpable pero sí responsable penalmente), que consiste en atentar contra el bien jurídico de la vida de una persona física. Según nuestro código penal en el art. 123 nos dice: ‘’Comete homicidio, el que priva de la vida a otro’’.

‘’El cuerpo político, igual que el cuerpo del hombre, comienza a morir desde su nacimiento y lleva en sí mismo las causas de su destrucción. Pero tanto uno como otro puede tener una constitución más o menos robusta y apta para conservarlo más o menor tiempo…’’

Rousseau

(Contrato Social, pg114)

Se dice que el homicidio es tan antiguo como la humanidad, recordemos la historia bíblica de Caín y Abel, ellos fueron supuestamente los primeros pobladores de la tierra y fue con ellos con quien empezó el homicidio, en este caso doloso. Desde entonces, el acto de privar de la vida a una persona, se convirtió en parte de la humanidad, ya sea como venganza, o como castigo. En el antiguo oriente, principalmente en Grecia, Babilonia y Hebreos, a la persona que efectuaba un homicidio, se le imponía la Ley del Talión: ‘’Ojo por ojo, diente por diente.’’

En el Derecho romano primitivo, se estimó al homicidio como un sacrilegio, castigándolo con la expiación religiosa la Ley Neuma, ya hacía referencia al homicidio, castigándolo con la pena de muerte, sanción que solo era para el homicida de un hombre libre y ciudadano. Ya en el tiempo de la Ley de las doce tablas, existieron jueces especiales para los procesos de homicidio a quienes se les denominaba quaestores parricidi. La Ley Cornelia delegó a un jurado presidido por Magistrados denominados Quaestiones en el conocimiento y el castigo de ese delito. En la edad media, con el derecho germánico prevaleció la tendencia de castigar el homicidio con penas privadas.

El homicidio se considera una conducta, y podemos clasificarla como Conducta de Acción cuando el sujeto activo efectúa los movimientos corpóreos necesarios para producir el resultado de la muerte del sujeto pasivo, y Conducta de Omisión u Omisión Impropia, en la que el sujeto activo deja de hacer lo que de él se esperaba como tutor de una vida y debido a ello se produce como resultado la muerte del sujeto pasivo. Por ejemplo, una madre que deja de alimentar a su hijo, con el resultado de la muerte de éste, sería un caso de homicidio por omisión, puesto que la madre es responsable de mantener con vida a un individuo que no puede hacerlo por sí mismo.

En el caso del homicidio, la Ley no exige ningún medio especial o forma, de modo que puede cometerlo cualquiera, siempre y cuando se trate de un medio idóneo para causar la muerte. La conducta atípica podrá llevarse a cabo mediante una acción u omisión. Los medios de ejecución pueden ser físicos, químicos, mecánicos, mediante la utilización de animales o inimputables, etc.

No se puede atribuir a alguien la muerte de quien por un susto muere, o por hecho natural, como un rayo perdido, un terremoto, etc, ya que son hechos derivados de causas naturales que el hombre no tiene la capacidad de controlar y no interviene de una manera material y directa.

Una vez, llevados a cabo los medios de ejecución del delito de homicidio, existe un resultado típico, consecuencia de la conducta que es la privación de la vida, y una vez terminada esta, se consume el delito; de no producirse dicho resultado, se estará en presencia del grado de tentativa de este delito.

El homicidio tiene cinco clasificaciones generales atendiendo el elemento subjetivo del agente:

• Homicidio doloso: cuando exista la intención positiva de inferir la muerte a la víctima. Es decir, que el sujeto activo tiene la capacidad de querer y entender las consecuencias de su conducta y producir el resultado de muerte.

• Homicidio involuntario, también llamado homicidio culposo o negligente: cuando se conoce el posible resultado de muerte y sin embargo se cree poder evitarlo, pero falla y esta se produce. También se presenta cuando definitivamente se ignora dicho resultado, pero de igual forma se mata. La punibilidad en este caso surge amparada por el deber que toda persona tiene de abstenerse de causar daño a otra, y las acciones carentes de intención y omisiones que conlleven a la muerte serán susceptibles de juzgarse conforme a las leyes penales.

• Homicidio preterintencional: hace mención al desbordamiento de las intenciones del causante, en las que primitivamente se quiso dañar, pero que desafortunadamente resultó matándola. Por ejemplo, si se desea simplemente golpear a alguien para causarle unas magulladuras, y se termina matándolo. Se ha afirmado que el homicidio preterintencional es un punto medio entre el dolo y la culpa; dolo frente a la acción y culpa frente al resultado.

• Homicidio simple: aquél que se comete a falta de las cuatro agravantes, que son premeditación, alevosía, ventaja y traición.

• Homicidio calificado; la calificación de los homicidios se subdivide en:

• Calificación por agravación o agravado: en aquellas circunstancias que harán más extensa la sanción penal

a) En razón del vínculo entre el autor y la víctima: parricidio.

b) En razón del modo elegido por el autor para cometerlo

• Alevosía.

• Ensañamiento.

• Sevicias graves.

• Veneno.

c) En razón de la causa:

• Por pago o promesa remuneratoria.

• Homicidio

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (11.8 Kb)  
Leer 8 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com