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IMPUESTOS PERSONAS MORALES II


Enviado por   •  27 de Agosto de 2019  •  Síntesis  •  656 Palabras (3 Páginas)  •  121 Visitas

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UNIVERSIDAD AUTONOMA DE COAHUILA

FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y CONTADURÍA

IMPUESTOS PERSONAS MORALES II

LIC. ROGELIO HUMBERTO REYNA CASTRO

ALUMNO: ISAAC ABRAHAM RUIZ CARRILLO

7° SEMESTRE

FECHA: 23/08/2019.


Disposiciones generales. (Artículo 1-8 LISR)

Este título nos menciona principalmente que tanto personas físicas como Morales están obligadas al pago del impuesto sobre la renta, en los supuestos casos que menciona esta ley. Así mismo nos define el término establecimiento permanente señalando las exclusiones de este mismo, se detalla los supuestos casos de residentes extranjeros así como sus agentes independientes. Se considera el término ingreso atribuible en los residentes extrajeron en los distintos supuestos que se pueden presentar. En el artículo 4 nos menciona la doble tributación, y la forma en que se debe comprobar ante la autoridad fiscal para poder eximirse del pago de este impuesto. En su artículo 5, nos detalla muy específicamente sobre el acreditamiento del impuesto sobre la renta pagado en el extranjero, dentro de estas disposiciones nos especifica la manera de actualizar valores de acuerdo al periodo y tiempo transcurrido. Hace mención de lo que engloba el concepto persona moral, quienes son todas las sociedades mercantiles, y organizaciones descentralizadas, asociaciones, etc; sea con fines de lucro o no. Define intereses como un rendimiento o ganancia derivada por una operación, mencionando los diferentes supuestos en los que se puede presentar.

Ingresos (Artículo 16-24 LISR).

Se considera ingreso todo aquello perteneciente a la realización de una actividad, dentro de un periodo llámese prestación de servicios, enajenación de bienes por la cual se produce un beneficio monetario o en especie el cual se va acumulando con el patrimonio.

Momentos de Acumulación (Artículo 17-18 LISR).

Se considera ingreso acumulable desde el momento que afecta directamente a la situación de una entidad. Influyendo también la actividad principal de esta misma, ya que puede darse desde el momento en que se expide un comprobante, o se hace el cobro parcial o total, así mismo como enviar o entregar mercancía.

Coeficiente de utilidad (Articulo 14 LISR).

Es el cociente o resultado proveniente de dividir la utilidad fiscal proveniente del ejercicio anterior entre los ingresos nominales del este mismo. Es un dato necesario para poder calcular los pagos provisionales del siguiente ejercicio de las personas morales, de ahí obtenemos nuestra base gravable sobre la cual se pagará un impuesto.

Deducciones Autorizadas (Artículo 25-27 LISR).

Este título nos hace mención sobre las deducciones que el contribuyente puede disminuir de sus ingresos, con la finalidad de obtener un resultado, el cual será la base del cálculo de un impuesto. Las deducciones deben ser acorde a la actividad principal de una entidad, y estas mismas son incurridas para la generación de un beneficio.

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