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Ley Federal, Normas Protectoras


Enviado por   •  18 de Enero de 2012  •  693 Palabras (3 Páginas)  •  1.016 Visitas

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NORMAS PROTECTORAS DEL SALARIO DE LOS TRABAJADORES

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece en diversos artículos un conjunto de normas que tienden a proteger el salario de los trabajadores. No pasamos por alto que en toda relación laboral existe una parte que siempre estará en desventaja en virtud de que como asalariado tiene que vender su fuerza de trabajo al dueño de los medios de producción, que lo es el patrón.

Como reconocimiento a esta desigualdad de clases en la Constitución se prevén distintas formas que hacen que el salario no se vea afectado, destacan el Artículo 5° en su primer párrafo en cuya parte final se establece “… Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial”.

Esto significa que para que el salario se vea afectado se debe iniciar un proceso judicial en contra del trabajador y sólo por resolución de un juez se le puede afectar.

En apoyo a lo anterior, el Artículo 14 en su segundo párrafo establece: “Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho”.

Esto refuerza la apreciación inicial en el sentido de que el salario de los trabajadores no se puede ver afectado, salvo por la sentencia de un juez a consecuencia de un proceso en el que el trabajador sea condenado.

También el artículo 17 en su primer párrafo establece: “Ninguna persona podrá hacerse justicia por si misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho.”

Esto significa que nadie puede, como lo hacen las instituciones de crédito, cobrar un crédito por medios coactivos que no sean resultado de un proceso y de una sentencia firme.

El Artículo 27 fracción XVII, establece que: “Las leyes locales organizaran el patrimonio de la familia, determinando los bienes que deben constituirlo, sobre la base de que será inalienable y no estará sujeto a embargo ni gravamen alguno”.

Desde la propia norma fundamental se da el mandato para que mediante leyes locales se proteja el denominado patrimonio familiar y debemos tener presente que el patrimonio de una familia se constituye no solo por los bienes muebles o inmuebles que posea, sino también por el dinero de que sea propietario.

El Artículo 123 Apartado A, fracción VIII, establece que: “El salario mínimo quedará exceptuado de embargo, compensación o descuento”.

Esta disposición nos confirma la idea de que en la Constitución existen normas protectoras del salario y que en el caso que indigna a la sociedad en el sentido de que las instituciones

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