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Miguel Rodríguez López por mi propio derecho y señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos en Avenida Jalisco número 116 Colonia Roma.


Enviado por   •  31 de Marzo de 2016  •  Ensayos  •  479 Palabras (2 Páginas)  •  276 Visitas

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Rodríguez López Miguel

Vs

Sánchez Jiménez Ángel

Juicio Ejecutivo Mercantil

Exp: 314/2015

SEÑOR JUEZ EN TURNO DE LO CIVIL

P   R   E   S   E   N   T   E

Miguel Rodríguez López por mi propio derecho y señalando como domicilio para oír y recibir  todo tipo de notificaciones y documentos en Avenida Jalisco número 116 Colonia Roma, Delegación Benito Juárez C.P. 11000men México Distrito Federal y autorizando para tales efectos a los licenciados en derecho Viridiana Soto Aguilar, Edgar Gutiérrez Hernández y Amaranta Muñoz Almaguer, con cedulas profesionales 0987986, 9760052,0982986 respectivamente.

En los términos 688 del Código de Procedimientos Civiles del D.F. con el debido respeto comparezco ante usted para exponer:

Que por medio del presente escrito y con fundamentos en los artículos 1079 Frac.II, 1336, 1337, 1338, 1339, 1342, 1344,13345, del Código de Comercio aplicable a este asunto estando en tiempo y forma vengo a interponer Formal recurso de apelación  en contra de la sentencia definitiva que se dictó dentro de las presentes con fecha 30 de Enero del 2015 la cual me fue notificada personalmente en día 02 de Febrero del 2015.

Dentro de las presentes actuaciones por considerar que la misma irroga en mi prejuicio los siguientes:

A   G   R   A   V   I   O   S.

PRIMERA.- La sentencia recurrida infringe en mi juicio en los artículos 2, 1325, 1329, 1330del Código de Comercio aplicable al presente negocio jurídico por inexacta aplicación de los mismos como se precisa en los pagarés básicos se pactaron intereses moratorios del 7% anual a cargo del demandado, lo que el suscrito estima desproporcionados y sumamente bajo, razón por la cual la facultad para decretar la reducción de tales intereses que se deriva de los numerales 17 en relación con el art. 2395 del código civil del distrito federal donde señala:

“El interés es el nueve por ciento anual. El interés convencionales el que fijen los contratantes y puede ser mayor o menor que el interés legal; pero cuando el interés sea tan desproporcionado que haga fundadamente creer que se ha abusado del apuro pecuniario, de la inexperiencia o de la ignorancia del deudor, a petición de éste el juez, teniendo en cuenta las especiales circunstancias del caso, podrá reducir equitativamente el interés hasta el tipo legal.”

P   E   T   I   T   O   R   I   O   S.

Por lo expuesto y fundado, A USTED C. JUEZ, atentamente pido se sirva:

PRIMERO.- Se mantenga por aceptada en tiempo y forma interponiendo recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva del 30 de Enero del 2015

SEGUNDO.- Se dicte la debida suspensión de la sentencia  en base a la resolución apelada.

PROTESTO LO NECESARIO

MIGUEL RODRÍGUEZ LÓPEZ.

MÉXICO DISTRITO FEDERAL A 02 DE FEBRERO DEL 2015.

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