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Norma Jurídica


Enviado por   •  18 de Noviembre de 2012  •  628 Palabras (3 Páginas)  •  340 Visitas

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Introducción: Norma, es sinónimo de mandato, de regla, de actuación y la norma jurídica puede ser definida como precepto general cuyo fin es ordenar la convivencia social, y cuya realización puede ser impuesta coactivamente por el poder correspondiente. En sentido general, es la constitución de cada estado y los códigos, de la que emanan las leyes prescribiendo (lo que se debe y lo que no se debe hacer), determinando el “ser” del “deber ser” o reglamentando los derechos de los ciudadanos en su carácter. Dependiendo de su área, se sancionara ante su ilicitud. Existen una serie de características que hacen diferentes a las normas jurídicas de cualquier otro tipo de normas, las estudiaremos a continuación.

Coercibilidad: A través de éste carácter se expresa que, en caso de violación del deber impuesto por la norma jurídica debe sobrevenir una sanción por parte del órgano competente del Estado. Las normas jurídicas prevén para el caso de que su incumplimiento no sea espontáneo, o de que definitivamente resulte desobedecida, la posibilidad de que un órgano del Estado imponga la sanción establecida para la violación, y esta posibilidad de la sanción que es lo que se llama coercibilidad, constituye el carácter fundamental de la norma jurídica, su carácter distintivo absoluto frente a todas las demás clases de normas.

Bilateralidad: Las normas jurídicas son bilaterales ya que frente al jurídicamente obligado encontramos siempre a otra persona facultada para reclamarle el cumplimiento de sus obligaciones. La norma jurídica crea deberes y derechos. La norma jurídica no es solamente un imperativo de la conducta, no solo impone en una persona el deber de actuar en una cierta forma, sino que al propio tiempo, autoriza a otra persona para que pueda exigir del obligado el incumplimiento del deber.

Imperatividad: Las normas jurídicas no dan consejos, sino que mandan con autoridad; son autárquicas, es decir, rigen independientemente de la voluntad de aquellos sometidos a ella.

Heteronomia: Las normas jurídicas son heterónomas ya que su origen no está en la voluntad de los particulares, sino en la voluntad de un sujeto diferente. “Fuera de”, el derecho nos lo crean externamente y nosotros lo tenemos que acatar. No se interviene en el proceso de creación de la norma y obliga al cumplimiento de la misma.

Exterioridad: A las normas jurídicas no le interesan los aspectos internos del hombre, se preocupan siempre del aspecto exterior de su conducta, lo que le interesa es el resultado, el aspecto exterior de la conducta.

Generalidad: Se dirige a todos los individuos que encajan en la hipótesis abstracta que regula la norma. Esta igualdad es consecuencia de un principio rector que es el de la igualdad de las personas ante la ley.

Determinación: La norma jurídica tiene un contenido fijo, cierto y reconocible, bajo cualquier duda,

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