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RECURSO DE APELACIÓN


Enviado por   •  7 de Enero de 2014  •  453 Palabras (2 Páginas)  •  519 Visitas

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SUMILLA: Recurso de Apelación.

Sr. RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO

Dr. LUCIO AVILA ROJAS

Yo, MOISES VICTOR MARISCAL FLORES ; identificado con DNI N° 01282621, con domicilio real ubicado en la Jr. Cajamarca Nº 316 y con domicilio procesal en el Jr. Cajamarca N° 369; en mi calidad de Quejado. Ante usted con el debido respeto me presento y digo:

Que, conforme con el artículo 2, inciso 20 de la Constitución Política del Perú, concordante con el Principio del Debido Procedimiento prescrito por la Ley 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; recurro a su autoridad en calidad de Sancionado, con la finalidad de interponer el Recurso Impugnatorio de Apelación en contra de la Resolución Rectoral N° 077-2013-UNAP, y solicitarle que deje sin efecto en todos sus extremos la resolución mencionada; por los fundamentos de hecho y derecho que a continuación expongo:

FUNDAMENTOS DE HECHO

Que, conforme la Resolución Directoral N° 077-2013-UNAP emitido el 10 de Noviembre del 2013 por la Universidad Nacional del Altiplano - Puno, se me sanciono por Falta Administrativa de Daño Material a Bienes Institucionales con una suspensión sin goce de remuneraciones por 30 días, siendo totalmente injusto.

Que, según la Resolución Directoral N° 077-2013-UNAP, se menciona que el Recurrente no demostró, no haber estado EN EL AULA Número 8 “Samuel Frisancho Pineda”, hecho que es falso, pues conforme al medio probatorio presentado en la absolución de cargos del Recurrente, se adjunta la que certifica mi mal estado de salud, y también el examen ordenado por el Médico.

Que, según la Resolución Directoral N° 077-2013-UNAP es falso que el Recurrente haya destrozado las 7 carpetas Unipersonales, Y QUE no se haya podido probar el deterioro en las carpetas.

Que, según la Resolución Directoral N° 077-2013-UNAP es falso que el Recurrente haya INCULPADO a terceros, pues la manifestación hecha en fecha 25 de Septiembre, afirmo desconocer quien haya podido hacer tal acto en desmedro de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la universidad Nacional del Altiplano.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Amparo mi petición de acuerdo al Artículo 24, inciso “J” de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público - Decreto Legislativo Nº 276; Artículo 162.2 y Titulo IV, Capitulo II, Artículos 229 al 237, de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, y el Articulo 2, inciso 20 de la Constitución Política del Perú.

MEDIOS PROBATORIOS

- Grabaciones de las cámaras de video de seguridad de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas- Escuela Profesional de Derecho.

ANEXOS

1-A Documento Nacional de Identidad del Sancionado.

Puno,

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