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TLC Mexico-Israel


Enviado por   •  24 de Febrero de 2015  •  2.252 Palabras (10 Páginas)  •  232 Visitas

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Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Chile y

el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos

El Gobierno de la República de Chile (Chile) y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos (México), decididos a:

ESTRECHAR los lazos especiales de amistad, solidaridad y cooperación entre sus pueblos; FORTALECER el proceso de integración de América Latina, a fin de alcanzar los objetivos previstos en el Tratado de Montevideo 1980; ALCANZAR un mejor equilibrio en las relaciones comerciales entre sus países; CONTRIBUIR al desarrollo armónico, a la expansión del comercio mundial y a la ampliación de la cooperación internacional; CREAR un mercado más extenso y seguro para los bienes producidos y los servicios suministrados en sus territorios; REDUCIR las distorsiones en su comercio recíproco; ESTABLECER reglas claras y de beneficio mutuo para su intercambio comercial; ASEGURAR un marco comercial previsible para la planificación de las actividades productivas y la inversión;

DESARROLLAR sus respectivos derechos y obligaciones derivados del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio y del Tratado de Montevideo 1980, así como de otros instrumentos bilaterales y multilaterales de integración y cooperación; FORTALECER la competitividad de sus empresas en los mercados mundiales; ALENTAR la innovación y la creatividad mediante la protección de los derechos de propiedad intelectual; CREAR nuevas oportunidades de empleo, mejorar las condiciones laborales y los niveles de vida en sus respectivos territorios; EMPRENDER todo lo anterior de manera congruente con la protección y la conservación del ambiente; PROMOVER el desarrollo sostenible;

PRESERVAR su capacidad para salvaguardar el bienestar público; FOMENTAR la participación dinámica de los distintos agentes económicos, en particular del sector privado, en los esfuerzos orientados a profundizar las relaciones económicas entre las Partes y a desarrollar y potenciar al máximo las posibilidades de su presencia conjunta en los mercados internacionales; y PROPENDER a la integración hemisférica

En el ámbito internacional, el gobierno mexicano es Parte de la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados de 1969 y de la Organización Mundial del Comercio, entre otros ordenamientos jurídicos. Otros ordenamientos jurídicos en México que tienen relación directa con tratados de libre comercio son: la Ley de Comercio Exterior, la Ley Aduanera, la Ley de Metrología y Normalización, la Ley de Propiedad Intelectual, la Ley Federal de Competencia y la Ley de Tratados, entre otros.

Objetivos

Los objetivos de este Tratado, desarrollados de manera específica a través de sus principios y reglas, incluidos los de trato nacional, trato de nación más favorecida y transparencia, son los siguientes:

a. Estimular la expansión y diversificación del comercio entre las Partes;

b. Eliminar las barreras al comercio y facilitar la circulación de bienes y servicios en la zona de libre comercio;

c. Promover condiciones de competencia leal en la zona de libre comercio;

d. Aumentar sustancialmente las oportunidades de inversión en la zona de libre comercio;

e. Proteger y hacer valer, de manera adecuada y efectiva, los derechos de propiedad intelectual en la zona de libre comercio;

f. Establecer lineamientos para la ulterior cooperación entre las Partes, así como en el ámbito regional y multilateral encaminados a ampliar y mejorar los beneficios de este Tratado; y

g. Crear procedimientos eficaces para la aplicación y cumplimiento de este Tratado, para su administración conjunta y para la solución de controversias.

Territorio:

• Respecto a Chile:

El espacio terrestre, marítimo y aéreo bajo su soberanía y la zona económica exclusiva y la plataforma continental sobre las cuales ejerce derechos soberanos y jurisdicción de acuerdo con el derecho internacional y su derecho interno; y

• Respecto a México:

Los estados de la Federación y el Distrito Federal, las islas, incluidos los arrecifes y cayos en los mares adyacentes, las islas de Guadalupe y las de Revillagigedo, situadas en el Océano Pacífico, la plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas, cayos y arrecifes, las aguas de los mares territoriales, en la extensión y términos que fije el derecho internacional, y las aguas marítimas interiores, el espacio situado sobre el territorio nacional, con la extensión y modalidades que establece el propio derecho internacional, y toda zona más allá de los mares territoriales de México dentro de la cual México pueda ejercer derechos sobre el fondo y el subsuelo marinos y sobre los recursos naturales que éstos contengan, de conformidad con el derecho internacional, incluida la Convención de las Naciones Unidas sobre derecho del mar, así como con su legislación interna.

Consumido:

• Consumido de hecho; o

• Procesado o manufacturado de modo que dé lugar a un cambio sustancial en el valor, forma o uso de un bien o a la producción de otro bien;

Materiales de publicidad impresos: los bienes clasificados en el capítulo 49 del Sistema Armonizado, incluyendo folletos, impresos, hojas sueltas, catálogos comerciales, anuarios de asociaciones comerciales, materiales y carteles de promoción turística, utilizados para promover, publicar o anunciar un bien o servicio y distribuidos sin cargo alguno;

Muestras comerciales de valor insignificante: muestras comerciales valuadas (individualmente o en el conjunto enviado) en no más de un dólar estadounidense o en el monto equivalente en la moneda de cualquiera de las Partes o que estén marcadas, rotas, perforadas o tratadas de modo que las descalifique para su venta o para cualquier uso que no sea el de muestras;

Películas publicitarias: medios de comunicación visual grabados, con o sin sonido, que consisten esencialmente de imágenes que muestran la naturaleza o el funcionamiento de bienes o servicios ofrecidos en venta o en alquiler por una persona establecida o residente en territorio de una de las Partes, siempre que las películas sean adecuadas para su exhibición a clientes potenciales, pero no para su difusión al público en general, y sean importadas en paquetes que no contengan cada uno más de una copia de cada película y que no formen parte de una remesa mayor;

Pescado y productos de pescado: pescados, crustáceos, moluscos o cualesquiera otros invertebrados acuáticos, mamíferos marinos y sus derivados, clasificados en alguno de los siguientes capítulos, partidas o subpartidas del Sistema Armonizado.

EL TRATADO DE LIBRE COMERCIO MÉXICO - NICARAGUA

Entró en vigor en 1998.

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