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Enviado por   •  3 de Julio de 2013  •  452 Palabras (2 Páginas)  •  273 Visitas

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Tema 1

El Derecho Constitucional y la Constitución

1. El Derecho Constitucional y sus ramas. Derecho Constitucional General, Particular y

Comparado.- 2. Denominación.- 3. Definición.- 4. Objeto.- 5. Fin.- 6. Definición de

Constitución.- 7. Condiciones que debe reunir toda Constitución.- 8. Las clases de

Constitución y sus partes.- 9. Clasificación Ontológica de Loewenstein.- 10. El Preámbulo y

su Juridicidad.- 11. Supremacía de la Constitución.- Bibliografía

1. El Derecho Constitucional y sus ramas. Derecho Constitucional General, Particular y

Comparado

La Teoría del Derecho Constitucional o Derecho Constitucional General, el Derecho

Constitucional Particular y el Derecho Constitucional Comparado tienen por objeto de estudio al

Estado. Mientras el Derecho Constitucional Particular se ocupa del análisis, interpretación,

sistematización y crítica de un ordenamiento estatal específico; el Derecho Constitucional General

configura principios generales, conceptos y formas comunes a todos los ordenamientos

constitucionales modernos;Santi Romano lo define como aquella disciplina que “delinea una serie de

principios, de conceptos, de instituciones que se hallan en los varios derechos positivos o en grupos

de ellos para clasificarlos y sistematizarlos en una visión unitaria”.1

El Derecho Constitucional

Comparado confronta las normas constitucionales e instituciones de distintos estados, destacando

similitudes y diferencias.2

2. Denominación del Derecho Constitucional

De acuerdo a Duverger, la denominación del Derecho Constitucional tiene su origen en la

práctica norteamericana, luego francesa y luego generalizada, de reunir en un texto solemne

denominado Constitución las reglas de derecho relativas a los órganos esenciales del Estado.3

Según Lucas Verdú, las primeras cátedras de nuestra disciplina fueron creadas en Ferrara, Italia,

en 1797, bajo el nombre de “Diritto costituzionale cispadano e giuspubblico universale”, siendo su

primer titular Giuseeppe Compagnoni Di Luzo. Más tarde se dictaría en Pavia y Bolonia4

y no

obstante haber ordenado la Asamblea Constituyente francesa de 1791, impartir la enseñanza de la

Constitución, será en 1834 en la Facultad de Derecho de la Universidad de París cuando se cree la

cátedra de Derecho Constitucional, siendo su titular Pellegrino Rossi.5

En España, la Constitución de Cádiz de 1812 ordenaba que se explicase “la Constitución política

de la Monarquía en todas las universidades y establecimientos literarios, donde se enseñen las

ciencias eclesiásticas y políticas” y el Plan de Estudios de 1821 reintroduce en las Facultades de

Derecho

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