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CLASE N° 1 CONSTITUCIÓN


Enviado por   •  16 de Octubre de 2016  •  Apuntes  •  5.934 Palabras (24 Páginas)  •  188 Visitas

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CLASE N° 1

CONSTITUCIÓN

La constitución es la norma fundamental, que puede estar escrita o no y que rige un estado soberano. Además fija los límites y las relaciones entre los poderes en los que está dividido el estado: ejecutivo, legislativo y judicial, tal es el caso de la mayoría de los países occidentales modernos y la de estos con los ciudadanos que los habitan. También se asientan en ella los derechos y libertades que un estado determinado le garantiza a su pueblo.

CLASES DE CONSTITUCIÓN

  1. Escritas o no escritas
  • Escritas: sistematizadas en un cuerpo legal único que establece los principios generales de organización del Estado, su gobierno y los derechos de los ciudadanos. Esta modalidad brinda mayor seguridad jurídica ante cualquier duda o reclamo.
  • No escrita o consuetudinaria: caso Inglaterra, a través de normas dispersas se fijan los principios como la carta magna (1215) que es la encargada de fijar los derechos de la población frente abusos del poder, Declaración de Derechos fundamentales de 1698 que limita los poderes reales, etc.  Son de más fácil adaptación
  1. Formales y materiales
  • Formales: son las que se basan en la estructura del texto escrito.
  • Materiales: son aquellas que aluden a la constitución real y vigente en un determinado tiempo histórico, tomando no solo el texto escrito sino también la dimensión sociológica.
  1. Rígidas, flexibles y pétreas:
  • Rígidas: aquellas que requieren para su reforma un procedimiento especial o hacerse un organismo extraordinario y distinto de las leyes ordinarias.
  • Flexibles: permiten su modificación por un procedimiento igual al de las leyes ordinarias y son propias de países cuyas constituciones no son escritas.
  • Pétreas: aquellas en donde no se permite su reforma debido al valor histórico que representa como por ejm el Código Hammurabi. Esto ya no es muy común en la actualidad pero lo que si puede identificarse ahora es que ciertos artículos de la constitución no pueden ser modificados como por ejm en estados unidos la cláusula que determina que en el senado deben tener igualdad de voto.
  1. Otorgadas, pactadas e impuestas
  • Otorgadas: concedidas por el Estado absolutista, quien fija unilateralmente los derechos y su propia actuación.
  • Pactadas: surgen de un acuerdo basado en el pacto social entre gobernantes y gobernados, aunque en una situación de desventaha para los segundos.
  • Impuestas: son las que existen en los estados democráticos, pues emana del pueblo a través del poder constituyente.

SUPREMACÍA DE LA CONSTITUCIÓN

No existe Estado sin Constitución, sea que se encuentre formulada por escrito, en un texto determinado, que se encuentre dispersa en varias leyes o sea de carácter consuetudinario. La constitución siempre será el fundamento positivo sobre el cual se asienta el orden jurídico del Estado.

La supremacía de la constitución entonces, resulta del hecho de ser el primer fundamento del orden jurídico y del Estado; ella es la fuente o el principio del orden estatal entero y permite que yodos los otros componentes del estado existan. Por ello es que decimos que la Constitución es norma de normas.

En Colombia, la supremacía constitucional se encuentra fundamentada en el artículo 4 de la constitución política:

ARTICULO  4. La Constitución es norma de normas. En todo caso de incompatibilidad entre la Constitución y la ley u otra norma jurídica, se aplicarán las disposiciones constitucionales.

HANS KELSEN al exponer la teoría de la pirámide jurídica explica que el orden jurídico no es un sistema de normas coordinadas entre sí que se hallan en un mismo nivel, sino que se trata de una verdadera jerarquía de diferentes niveles de normas. La unidad de estas se halla constituida por el hecho de que la creación de una norma, la de grado más bajo, se encuentra determinada por otra, de grado superior, cuya creaciones determinada a su vez, por otra todavía más alta.

Entonces, lo que constituye la unidad del sistema es precisamente el hecho de que la norma de grado más alto representa la suprema razón de validez de todo el ordenamiento jurídico.

La posición jerárquica de la constitución no solo obedece a una simple ubicación en la cúspide por ser la norma fundamental del cual derivan su validez las demás normas, sino que además por el hecho de llevar implícita toda una filosofía política que sirve de orientación  no sólo a los gobernantes sino a la conducta de los gobernados en cuanto miembros activos del conglomerado social.

En adición a ello, la constitución no se limita a la recopilación de  las normas fundamentales para la organización del poder en el Estado, sino que comprende, además, otros tipos de reglas, como son aquellas que consagran los derechos de los individuos frente al Estado y las libertades públicas de las cuales deriva también su supremacía.

Hay varios argumentos que podrían tenerse en cuenta a la hora de determinar el porqué de la supremacía constitucional: Pretensión de permanencia o duración, lo que asegura una superioridad sobre las normas ordinarias.

Supremacía material y formal

  1. Material: significa que el orden jurídico del Estado depende por entero de la Constitución, siendo ella el origen de toda la actividad jurídica que se desarrolla dentro del Estado,y que necesariamente será superior a todas las normas que componen el orden jurídco pues de ella es que necesariamente derivan su validez. En este sentido es que se expresa que la constitución en norma o ley fundamental.  

Desde otra perspectiva la supremacía material resulta del hecho de que es ella quien organiza las competencias, y por lo tanto será necesariamente superior a los individuos que se encuentren investidos de dichas competencias.

Del hecho de la supremacía material de la constitución se derivan importantes consecuencias:

  1. Ella asegura para toda la comunidad un refuerzo de legalidad, ya que si todo acto contrario a la ley debe ser consdierado desprovisto de valor jurídico necesariamente lo será también todo acto contrario a la constitución, incluso si se trata de una actuación de algún gobernante.
  2. Asegura que todas las leyes al ser expedidas gocen de un juicio de constitucionalidad realizado, en nuestro caso, por la Corte Constitucional como máximo órgano.  
  1. Formal: surge fundamentalmente del hecho de que sus normas han sido consagradas mediante procedimientos especiales, diferentes a los de la ley ordinaria, y, para modificar esas normas se requiere igualmente de procedimientos especiales

Jerarquía normativa en Colombia

  1. Constitución política de 1991:
  2. Ley
  3. Decretos del presidente con fuerza de ley
  4. Otros decretos del presidente
  5. Decretos expedidos por otras autoridades nacionales
  6. Ordenanzas
  7. Decretos del gobernados
  8. Decretos expedidos por otras autoridades departamentales
  9. Acuerdos
  10. Decretos del alcalde
  11. Decretos expedidos por otras autoridades municipales
  12. Jurisprudencia
  13. Costumbre

PODER CONSTITUYENTE

Qué es el poder

El poder es un concepto que se emplea para nombrar a la potestad o la facultad para ejercer el mando, ya sea a partir de un acuerdo previo con el mandado o a través de la fuerza. Es posible distinguir entre diferentes tipos de poder según su alcance: así se puede hablar de poder judicialpoder legislativopoder ejecutivopoder electoralpoder moralpoder municipalpoder público y otros.

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