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Una clasificación de los delitos económicos


Enviado por   •  9 de Septiembre de 2012  •  Informes  •  360 Palabras (2 Páginas)  •  435 Visitas

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Una clasificación de los delitos económicos

La existencia de ciertos deberes cuyo reconocimiento supone, implícita y tal vez inadvertidamente, un sentido solidario abarcativo del conjunto de la sociedad es lo que, en definitiva, permite caracterizar el objeto de tute­la invocado por los bienes jurídicos supraindividuales y se advierte claramente en el caso de los delitos e­conómicos. Ateniéndonos a la legislación argen­tina vigen­te, que no es, sustancialmente, muy distinta de la que rige en otros países del mundo occidental, se pueden establecer algunas distinciones útiles a la clasificación de de esos deli­tos.

Están en primer lugar los que castigan ciertas situaciones de insolvencia que, más allá del interés individual de los acre­edores perjudicados, suponen que cada patrimonio o conjunto de bienes en poder de los individuos no deba ser des­­truido o dila­pidado al punto de afec­tar la cadena productiva de la comunidad. Es bastante característico, al menos lo es en la legislación ar­gentina, que estos delitos se encuentren castigados, sin embar­go, en orden a la protección del derecho de propiedad individual de los acreedores perjudicados. La afectación a la economía co­munitaria que, en la mayoría de los casos, se deriva de ellos, torna necesario incluirlos en la categoría de los delitos econó­micos. En el plano dogmático se impondrá, en consecuencia, pos­tular el carácter pluriofensivo de estos delitos por la afecta­ción, a un mismo tiempo, de la propiedad privada y el interés e­conómico general.

Están luego los hechos de fraude que afectan patrimonios co­lectivos: la recaudación tribu­taria y la de fondos de previsión o de ayuda mutual. La legislación especial dictada en la materia facilita el deslinde de los hechos de esta clase cuya inclusión en la categoría de los delitos económicos no ofrece tampoco di­ficultad.

La libertad de comerciar, la consiguiente posibilidad de competir y la preservación de los "mercados" son objeto de tute­la con la legislación actualmente llamada –en la Argentina y en varios países europeos- de "Defensa de la com­petencia". Antes lo era con la "Ley de Monopolios". En uno u o­tro caso está claro que los delitos castigados con estas leyes atienden al resguardo de cierta forma de organización económica antes que al interés particular de los competidores.

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