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Derecho Internacional Ambiental


Enviado por   •  7 de Septiembre de 2013  •  1.764 Palabras (8 Páginas)  •  457 Visitas

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Materia: ECOLOGIA

TEMA: ENSAYO FINAL “DERECHO INTERNACIONAL AMBIENTAL”

INTRODUCCION

No existe un instrumento internacional de aplicación global que defina los derechos y obligaciones de los países en temas ambientales. Sin embargo, las resoluciones y declaraciones de los organismos internacionales a cargo del control ambiental, tales como la Agencia de Energía Nuclear, describen las prácticas y decisiones de los tribunales internacionales que desempeñaron un papel importante en la elaboración de normas.

A partir de todo esto se generaron 7 principios que son considerados los reguladores del derecho ambiental internacional, que a continuación se describen de manera más extensa.

PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO AMBIENTAL

I. SOBERANIA Y RESPONSABILIDAD

El derecho internacional ambiental se ha desarrollado entre dos principios aparentemente contradictorios. Primero, los estados tienen derechos soberanos sobre sus recursos naturales. Segundo, los estados no deben causar daño al medio ambiente.

Aunque el concepto de la soberanía de un estado sobre sus recursos naturales está arraigado en el antiguo principio de soberanía territorial, la Asamblea General de las Naciones Unidas lo impulsó más aún, al declarar, inter alia, que el derecho de los pueblos y naciones a la soberanía permanente sobre sus recursos naturales y riquezas debe ejercerse en interés del desarrollo y el bienestar de los habitantes del país.4 Esta resolución refleja el derecho a la soberanía permanente sobre los recursos naturales como un derecho internacional, aceptado por los tribunales, como un reflejo de las costumbres internacionales.5 La soberanía nacional sobre los recursos naturales se ha corroborado en acuerdos internacionales.

Los países del mundo han negociado y construido una vasta red de normas jurídicas para regular sus relaciones recíprocas y asegurar entre ellos la paz, la cooperación y el respeto a sus respectivos derechos. Al conjunto de dichas normas se le denomina derecho internacional, y a las que versan sobre materia ambiental o de recursos naturales derecho internacional ambiental.

Apenas a finales de la década de los sesenta, la comunidad internacional empezó a cobrar plena conciencia del alarmante y negativo impacto acumulado, que las actividades humanas venían teniendo sobre el medio ambiente y sobre los recursos naturales de la Tierra, principalmente desde la revolución industrial. Por ello, en 1972 se celebró, en Estocolmo, la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano, que emitió una trascendental declaración, cuyo punto central fue su llamado Principio 21, según el cual "los Estados tienen el derecho soberano de explotar sus propios recursos en aplicación de su propia política ambiental y la obligación de asegurarse de que las actividades que se lleven a cabo dentro de su jurisdicción o bajo su control no perjudiquen al medio de otros Estados o de zonas situadas fuera de toda jurisdicción nacional".

Este principio ha sido recogido por la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (lgeepa) en sus artículos 5, fracciones iii y iv y 15 fracciones xvii y xviii. Conforme a estas disposiciones, México está obligado a asegurar que cualquier actividad que se realice en el suelo, en el subsuelo, en los cuerpos de agua, en la atmósfera del territorio nacional, en las 12 millas náuticas del mar territorial mexicano, en las 188 millas adicionales de nuestra zona económica exclusiva o en nuestra plataforma continental e insular, no perjudique el medio ambiente de otros países, ni las aguas del alta mar o de la atmósfera superestante al mismo, ni la Antártida, ni los fondos marinos internacionales.

INFORMACIO O CUERPO

El hombre es a la vez obra y artífice del medio que lo rodea, el cual le da sustento material y le brinda la oportunidad de desarrollarse intelectual, moral, social y espiritualmente. En la larga y tortuosa evolución de la raza humana en este planeta se ha llegado a una etapa en que, gracias a la rápida aceleración de la ciencia y la tecnología, el hombre ha adquirido el poder de transformar, de innumerables maneras y en una escala sin precedentes, cuanto lo rodea. Los dos aspectos del medio humano, el natural y el artificial, son esenciales para el bienestar del hombre y para el goce de los derechos humanos fundamentales, incluso el derecho a la vida misma.

La protección y mejoramiento del medio humano es una cuestión fundamental que afecta al bienestar de los pueblos y al desarrollo económico del mundo entero, un deseo urgente de los pueblos de todo el mundo y un deber de todos los gobiernos.

El hombre debe hacer constantemente recapitulación de su experiencia y continuar descubriendo, inventando, creando y progresando. Hoy en día, la capacidad del hombre de transformar lo que le rodea, utilizada con discernimiento, puede llevar a todos los pueblos los beneficios del desarrollo y ofrecerles la oportunidad de ennoblecer su existencia. Aplicado errónea o imprudentemente, el mismo poder puede causar daños incalculables al ser humano y a su medio A nuestro alrededor vemos multiplicarse las pruebas de daño causado por el hombre en muchas regiones de la Tierra: niveles peligrosos de contaminación del agua, el aire, la tierra y los seres vivos.

La Cumbre de la Tierra o la Conferencia sobre el Medio Ambiente y Desarrollo de las Naciones Unidas. A esta cumbre asistieron 172 gobiernos, incluidos 108 Jefes de Estado y de Gobierno, aprobaron tres grandes acuerdos: el Programa 21 o Agenda 21, un plan de acción mundial para promover el desarrollo sostenible.

Si bien el consumo mundial continúa creciendo, especialmente con la aparición de nuevos países industrializados (NPI), como la India y China,los recursos de agua presentan factores sociales, económicos y políticos importantes y críticos, fuentes de potenciales conflictos.

Así, la Cumbre de la Tierra en 2002 fue el escenario de discusión y orientación sobre la gestión de estos recursos, las necesidades de consumo, y la falta de acceso al agua. Uno de los objetivos es reducir para el año 2015 la población que no dispone de saneamiento adecuado para las aguas residuales.

Desafortunadamente la cumbre de la tierra no fue tan efectiva como debió debido a algunas grandes potencias como los Estados Unidos que no deseaba participar en la cumbre y la Unión Europea.

Continuamente estamos ampliando el abanico de sustancias útiles que proceden de otros seres vivos, pero el ritmo de desaparición de especies es superior al de estos hallazgos y cada vez que desaparece una especie estamos perdiendo una alternativa para el futuro. La apuesta por la biodiversidad no es, pues, una opción entre otras, es la única opción. Dependemos por completo de las plantas, animales, hongos y microorganismos que comparten el planeta con nosotros.

Sin embargo, movidos por intereses a corto plazo estamos destruyendo los bosques y selvas, los lagos…, sin comprender que es la variedad de ambientes lo que mantiene la diversidad y que las deforestaciones masivas e insostenibles privan de su hábitat a innumerables especies. Estamos, además, envenenando suelos, aguas y aire haciendo desaparecer con plaguicidas y herbicidas miles de especies. Según un informe del año 2000 de la Unión Mundial para la Conservación de la Naturaleza (UICN), el 12% de las plantas, el 11% de las aves y el 25 % de las especies de mamíferos se han extinguido recientemente o están en peligro, según estimaciones que hicieron públicas en su denominada “Lista Roja de Especies Amenazadas”. La directora de este organismo, fundado en 1948 y constituido por representantes gubernamentales de 76 países, 111 agencias medioambientales, 732 ONG y más de 10000 científicos y expertos de casi 200 países, señalaba que el aumento del número de especies en peligro crítico había sido una sorpresa desagradable incluso para aquellos que están familiarizados con las crecientes amenazas a la biodiversidad: el ritmo de desaparición de especies era 50 veces mayor que el “natural”.

En la Conferencia Internacional sobre Biodiversidad, celebrada en París en enero de 2005, se contabilizaron más de 15000 especies animales y otras 60000 especies vegetales en riesgo de extinción, hasta el punto que el director general del Programa de la ONU para el Medio Ambiente (PNUMA), Klaus Töpfer, señaló que el mundo vive una crisis sin precedentes desde la extinción de los dinosaurios, añadiendo que ha llegado el momento de plantearnos cómo interrumpir esta pérdida de diversidad, por el bien de nuestros hijos y de nuestros nietos. Pero, en realidad, ya hemos empezado a pagar las consecuencias: una de las lecciones del maremoto que afectó al sudeste asiático el 26 de diciembre de 2004, recordó también Töpfer, es que los manglares y los arrecifes de coral juegan un papel de barrera contra las catástrofes naturales y que allí donde habían sido destruidos se multiplicó la magnitud de la catástrofe.

Un dato a retener es que cerca del 40% de la producción fotosintética primaria de los ecosistemas terrestres es usado por la especie humana cada año para, fundamentalmente, comer, obtener madera y leña, etc. Es decir, la especie humana está ya próxima a consumir tanto como el conjunto de las otras especies, lo que supone un indudable acoso a las mismas.

La batalla transgénica no enfrenta a los defensores de la modernidad con fundamentalistas de "lo natural", sino, una vez más, a quienes optan por el beneficio a corto plazo, sin sopesar los riesgos y las posibles repercusiones, con quienes exigen la aplicación del principio de prudencia, escarmentados por tantas aventuras de triste final (López Cerezo y Luján, 2000; Vilches y Gil, 2003; Luján y Echevarría, 2004). Nos remitimos a este respecto a las “Pautas para aplicar el Principio de Precaución a la conservación de la biodiversidad y la gestión de los recursos naturales” , como exigencia de la bioética, y a leyes introducidas para preservar lo que queda del mundo natural, como la Ley de la vida silvestre (Wild Law). Y podemos referirnos igualmente a las propuestas de una Jurisprudenciade la Tierra y de unos Derechos de la Tierra, cuyo fundamento es el reconocimiento de que el bienestar de cada miembro de la comunidad terrestre depende del bienestar de la Tierra en su conjunto.

CONCLUSION

Es urgente, pues, poner fin al conjunto de problemas (creciente urbanización, contaminación pluriforme y sin fronteras, explotación intensiva de recursos, introducción de especies exóticas… con graves consecuencias) que está provocando la degradación del planeta, contribuyendo así a salvaguardar la biodiversidad y evitar la extinción de especies, con medidas que salgan al paso de estos problemas y, en particular, planes de acción encaminados a proteger los hábitats y las diferentes especies de fauna y flora.

La importancia de la biodiversidad aparece con claridad cuando se tiene en cuenta que la resiliencia de un ecosistema (es decir, su capacidad para absorber perturbaciones sin alterar significativamente sus características de estructura y funcionalidad) es mayor cuanto más rico y complejo es. Con otras palabras: un ecosistema en el cual sus integrantes tengan más diversidad y número de funciones ecológicas será capaz de soportar de mejor manera una perturbación específica.

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