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LA LUCHA INTERNACIONAL POR LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS


Enviado por   •  3 de Junio de 2013  •  5.562 Palabras (23 Páginas)  •  550 Visitas

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LA LUCHA INTERNACIONAL POR LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS

Los pueblos indígenas de nuestra America y del mundo han tenido una lucha milenaria en defensa de sus reconocimientos de sus derechos como pueblos indígenas, en tal sentido se han organizados en diferentes organizaciones de bases de acuerdo a sus usos y costumbres, asi mismo han permanecido hasta la actualidad resistiendo y luchando en reconocerles sus derechos consuetudinarios, por tal razon alzan sus voces de protesta en aquellos paises que aun no han sidos reconocidos a los pueblos indígenas, aunque en algunos paises como Colombia, Ecuador, Bolivia, Peru, y de manera muy especial nuestra Republica Bolivariana de venezuela ha tenido un gran avance sobre los derechos de los pueblos origanarios en reconocerles en primer lugar, en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y otras leyes que reconocen sus derechos como la Ley Organica de Pueblos y Comunidades Indígenas, la Ley de Idiomas, Ley de Demarcacion y Garantia del Habitat y Tierras Indígenas; nuestro pais y el gobierno han firmados tratados y ratificados, Convenios Internacionales sobre los derechos de los pueblos indígenas, como el Convenio 169 de la OIT, y en las direfentes Organizaciones hemisfericos como la Organización de los Estados Ameritas, las Naciones Unidas y otras que velan los derechos de los pueblos originarios.

Por eso es importante en comentar la importancia del Convenio 169 de la OIT que nuestra Republica Bolivarina de Venezuela a ratificado a favor de los pueblos indígenas y hacer justicia a nuestros pueblos ancestrales.

EL CONVENIO 169 DE LA OIT

El Convenio N° 169 de la OIT establece normas completas sobre el derecho de los pueblos indígenas al ejercicio de su propia economía y a la realización de sus actividades tradicionales mediante el aprovechamiento de los recursos naturales presntes en sus territorios. En este sentido, el Convenio señala que los Gobiernos deben asumir la responsabilidad de adoptar medidas que promuevan la efectividad de los derechos económicos de los pueblos indígenas, respetando sus costumbres y tradiciones 8Art 2 ordinal eb), que los pueblos indígenas tienen drecho a decidir sus propias prioridades en lo que atañe a los procesos de desarrollo y de controlar en la medida de lo posible su propio desarrollo económico (Articulo 7 ordinal 1) y que deberán respetarse la integridad de la practicas e insdtituiciones de sus comunidades (Articulo 5 ordinal b).

De igual manera, el Convenio N° 169 de la OIT, también incluye una disposición importante sobre el aprovecahamiento de los recursos naturales por parte de los pueblos indígenas en sus habitas y tierras. El Articulo 15 del Convenio establece expresamente que los drechos de los pueblos interesados a los recursos naturales en sus tierras deberán protegerse especialmente y que estos derechos comprenden el derecho a participar en la utilización, administración y conservación de dichos recursos. Por otra parte, se calara que, en caso de que pertenezca al estado la propiedad de los minerales o de los recursos de subsuelo, o tenga derechos sobre otros recursos existentes en las tierras, los gobiernos deberarn establecer o mantener procedimeintos con miras a consulat a los pueblos interesados, a fin de determinar si los intereses de esos pueblos serian perjudicados, y en que medida, antes de emprender o autorizar cualquier programa de prospección o explotación de los recursos existentes en sus tierras.

En este caso la Constitucion de la Republica Bolivariana de Venezuela, establece en su articulo 120 que los recursos natuarles existentes en los habitas indígenas se harán sin lesionar la identidad cultural de los pueblos y comunidades indígenas, es decir, previa información y consulta a la comunidad. El Estado está obligado a consultar cualquier actividad a desarrollar en los territorios y habitas indígenas, si existiere alguna minería o actividad social sin perjudicar la cultura y su economía tradicional.

Asi mismo, el articulo 1 de la Ley Organica de Pueblos y Comuniades Idigenas, establece que “El estado venezolano reconoce y protege la existencia de los pueblos y comunidades indígenas como pueblos originarios, garantizándole los derechos consagrados en la Constitucion de la Republica Bolivaraiana de Venezuela, el tal sentido los pueblos indfigenas gozan y disfrutan de los recursos existentes en sus territorios siempre y cuando preservando la naturaleza; es decir, en este sentido el Estado venezolano cumpliendo normas internacionales como el Convenio 169 de la OIT y ratificado por el Gobierno de la Republica Bolivariana de Venezuela da cumplimiento a los tratados a los diferentes derechos que protegen a los pueblos originarios que tantos años de lucha han tenido, por eso actualmente los pueblos del mundo donde exista poblaciónes indígenas cada dia estan mas organizados y unidos exigiendo a sus Estados y Gobiernos donde habitan pueblos indígenas que se cumplan de manera directa los tratados y Convenios suscritos por los gobiernos sus derechos que le pertenecen como por ejemplo el derechos a sus tierras, el derecho a la salud, vivienda, a la educación, el derecho a la vida y el derecho a que le respete sus culturas.

De manera particular en nuestra Republica Bolivariana de Venezuela los pueblos indígenas has sidos reconocidos por la actual Constitucaion de la Republica Bolivariana de Venezuela de 1999, todo ello en virtud que los pueblos indígenas han resistido mas de quinientos años de lucha y resistencia por defender sus tierras y el derechos a la vida, y de luchar de manera conjunta con los Libertadores de America como nuestro Libertador Simon Bolivar, que Libertó cinco naciones, como son: Colombia, Ecuador, Peru Bolivia y Venezuela, por eso nuestro Comandante eterno y presidente HUGO RAFAEL CHAVEZ FRIAS, tuvo la voluntad y gentiliza con los Constityentes Bolivarianos y Revlucionarios y acompañados por los ancestrosy lideres indígenas de plasmar en el proyecto de la Constitucion un Capitulo especial sobre los derechos de los pueblos indígenas, en el capitulo VIII, decretándose ocho artículos desde el articulo 119 hasta 126, artículos que defienden y reconocen a los pueblos origarios de Venezuela, posteriomente aprobado por consulta popular por el pueblos mayotitario de Venezuela, asi mismo, también los pueblos indígenas de Venezuela, tienen una Ley Organica de Pueblos y Comunidades Indigenas, donde se establce de manera especifica los derechos que tienen los pueblos indígenas frente al Estado venezolano, como también existe la Ley de Idiomas, la Ley de Demarcacion y Garrantia del Habitat y Tierras de los Pueblos Indigenas, es decir, la Constitucion Bolvariana de Venezuela, ha respetado los tratados y Convenios suscritos

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