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La constitución política de los Estados Unidos Mexicanos


Enviado por   •  21 de Febrero de 2013  •  Ensayos  •  2.793 Palabras (12 Páginas)  •  478 Visitas

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Articulo 123

El artículo 123 de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos contiene las normas que regulan el procedimiento laboral ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje y Los Tribunales Burocráticos, las normas sustantivas contienen los derechos en materia de estabilidad en el empleo, vacaciones, salario mínimo, aguinaldo y las condiciones laborales en general.

Estructuración

El artículo 123 está localizado en el Titulo sexto de la Constitución Política de los Estados unidos Mexicanos y este está estructurado por 2 apartados, A y B, el apartado A contiene 31 fracciones y el B 14 fracciones. Algunas fracciones están conformadas por 2 o más incisos.

Cabe destacar lo citado en algunas fracciones de este artículo las cuales a mi parecer son las de mayor importancia.

• Es justo el hecho de que por cada 6 días de trabajo los trabajadores merezcan 1 día de descanso.

• Me parece muy bien que al trabajo igual, corresponde un salario igual, sin importar el sexo de los trabajadores.

• Para mi es importante que las mujeres embarazadas no realicen trabajos que exijan un esfuerzo considerable, ni que pongan en riesgo su salud durante la gestación y gozarán forzosamente de un descanso de seis semanas antes y después del parto.

• Las horas de trabajo extras se pagarán con un 100% más de lo fijado en horas de trabajo normales y no podrán exceder de 3 horas diarias, ni tres veces consecutivas.

• Se establece el fondo nacional de la vivienda a fin de construir depósitos a favor de dichos trabajadores para que adquieran en propiedad habitaciones.

• Tendrán derecho a coaligarse para defensa de sus propios intereses formando sindicatos, asociaciones, profesionales, etc.

• Se indemnizarán a los trabajadores por causas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

• Los trabajadores podrán hacer uso del derecho de huelga.

• Los familiares de los trabajadores tendrán derecho a asistencia médica y medicinas, en los casos y porción que determine la ley.

21 son los Artículos Reformados

Las reformas al artículo 123 de nuestra constitución, son 21 en un periodo de tiempo de 90 años. Estas reformas al artículo son las siguientes:

1.- La reforma viernes 6 de septiembre de 1929 fracción XXIX se vuelve exclusiva de la federación la facultad de legislar en materia de trabajo, paso ampliado de la solidaridad considera de utilidad pública la expedición de la Ley del Seguro Social. Las cuales encontraron expresión reglamentaria hasta los años de 1931 y de 1943 con la expedición de la Ley Federal del Trabajo y la ley del Seguro Social.

2.- La reforma de la 4 de noviembre de 1933 recoge en la fracción IX el arbitraje para los tribunales laborales y abrir la posibilidad de que la Junta Central de conciliación y Arbitraje (“Junta Matriz”) de cada entidad federativa, fijara el salario mínimo respectivo a la falta de la integración de las comisiones especiales.

3.- La reforma del 31 de diciembre de 1938 la cual trataba el tema

XVIII.- Las huelgas serán ilícitas cuando tengan por objeto conseguir el equilibrio entre los diversos factores de la producción armonizando los derechos del trabajo con los del capital. En los servicios públicos serán obligatorios para los trabajadores dar aviso, con diez días de anticipación la junta de conciliación y arbitraje, de la fecha señalada para la suspensión del trabajo. Las huelgas serán consideradas como ilícitas únicamente cuando la mayoría de los huelguistas ejercerá actos violentos contra las personas o las propiedades, o en caso de guerra, cuando aquellas pertenezcan a los establecimientos y servicios que dependan del gobierno

4.-La reforma publicada el 18 de noviembre de 1942 da la facultad

XXXI.- La aplicación de las leyes de trabajo corresponde a las autoridades de los estados, en sus respectivas jurisdicciones, pero es de la competencia exclusiva de las autoridades federales, en los asuntos relativos a la industria textil eléctrica, cinematográfica, hulera y azucarera, minera, hidrocarburos, ferrocarriles, y empresas que sean administradas en forma directa o descentralizada por el gobierno federal; empresas que actúen en virtud de un contrato o concesión federal, y las industrias que se le sean conexas, a empresas que ejecuten trabajos en zonas federales y aguas territoriales; a conflictos que afecten a dos o mas entidades federativas; a contratos colectivos que hayan sido declarados obligatorios en mas de una entidad federativa y, por último, las obligaciones que en materia educativa corresponden a los patrones, en la forma y términos que fija la ley respectiva.

5.- el 5 de diciembre de 1960 nos habla de los derechos de los trabajadores al servicio de los poderes de la unión y territorios federales, así como el departamento del Distrito Federal.

Se recogieron elementos de la legislación burocrática cardenista, prestación de los servicios públicos, la cual no ha resultado fácil compatibilizar las prioridades públicas con la suprema prioridad social que deben tener los derechos laborales como ejemplo el no poder firmar un contrato colectivo.

6.-Reforma publicada el 27 de diciembre de 1961, en ningún caso los salarios podrán ser inferiores al mínimo para los trabajadores en general.

7.-La reforma publicada el 21 de noviembre de 1962 da una mayor protección a los menores, reparto de utilidades y los salarios mínimos, los mínimos profesionales, la creación de las comisiones para fijar ambos, delimitación de zonas económicas, de la estabilidad en el empleo, sostenimiento patronal al arbitraje.

8.-Reforma publicada el 14 de febrero de 1972, los patrones cumplieran con el mandato constitucional en materia de vivienda, la obligación original créditos habitacionales. El déficit de vivienda es inmenso y obligación que en su versión inicial nunca se cumplió, puesto que la clase patronal recupera su aportación al sumarla a los costos.

9.-Reforma publicada el 10 de noviembre de 1972: se proporcionara a los trabajadores habitaciones baratas, en arrendamientos o venta, conforme a los programas previamente a probados. Además, el Estado

mediante las aportaciones que hagan, establecerá un fondo nacional de la vivienda a fin de consistir depósitos a favor de dichos trabajadores y establecer un sistema de financiamiento que permita otorgar a estos crédito barato y suficiente para que adquieren en propiedad habitaciones cómodas e higiénicas, o bien para construirlas, repararlas, mejorarlas

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