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REGISTRO UNICO DEL CONTRIBUYENTE


Enviado por   •  6 de Octubre de 2014  •  7.466 Palabras (30 Páginas)  •  229 Visitas

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REGISTRO UNICO DEL CONTRIBUYENTE

El Registro Único del Contribuyente (RUC) es el número identificador de la Cédula Tributaria, personal e intransferible, que corresponde a todas aquellas Personas Físicas (nacionales o extranjeras) y Jurídicas con o sin fines de lucro (empresas, sociedades, asociaciones, corporaciones, etc.) que realicen actividades económicas dentro del territorio nacional.

INSCRIPCION EN EL RUC

Se realiza personalmente o por medio de representantes o mandatarios, instituidos por documento público o privado (autorización simple o por escribanía), en la Plataforma de Atención al Contribuyente (PAC), cuya sede central está en Asunción (Yegros entre Eligio Ayala y Mariscal López), o en las Oficinas Impositivas de la Dirección General de Recaudación en todo el país. El horario de atención es de 7:30 a 13:30 horas, de lunes a viernes. Se deben presentar documentos específicos de acuerdo al tipo de persona y actividad que desarrolle.

A) REQUISITOS PARA INSCRIPCIÓN DE PERSONAS FÍSICAS, EIRL, CONDOMINIOS, SUCESIONES QUE REALICEN ACTIVIDADES PROFESIONALES, COMERCIALES, INDUSTRIALES Y DE SERVICIOS.

1. Una copia del Formulario Nº 600.

2. Una fotocopia de la Cédula de Identidad (C.I. vigente) del solicitante.

3. Una fotocopia de uno de los siguientes documentos: Factura de servicios públicos (Ande, Copaco o Essap). Factura de TV cable. Comprobante de liquidación del Impuesto Inmobiliario. Contrato de Alquiler. Escritura de Compra-Venta del Inmueble. U otro documento similar que permita identificar el domicilio y la cuenta catastral del inmueble o el número de finca y padrón. Los documentos antes mencionados deberán corresponder a un periodo comprendido dentro de los doce meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

4. Autorización por escrito si es gestionado por terceras personas con fotocopia de C.I. vigente del autorizado.

5. En caso de EIRL, una copia autenticada de la Escritura de Constitución inscripta en el Registro Público de Comercio.

6. En caso de Condominio, adjuntar copia del documento que acredite la existencia del Condominio, con un listado de los condóminos, copia del documento mediante el cual los condóminos nombran a la persona que los representará y copia de C.I. del representante.

7. En caso de Sucesiones Indivisas, una copia del documento en el cual conste la declaratoria de herederos y copia de la C.I. del representante de la sucesión indivisa.

En caso de ser extranjero deberá anexar:

1. Una fotocopia de documento de identidad del país de origen o pasaporte y/o fotocopia del carnet de Migración.

2. Cuando el contribuyente extranjero no está radicado en el territorio nacional, deberá acreditar un Representante residente en el país a través de un Poder suscripto ante Escribano Público.

Para inscripciones IMAGRO, acompañar además:

1. Una Fotocopia del Título de Propiedad, Contrato de Arrendamiento, o Aparcería.

2. El Formulario 151 -IMAGRO- patrimonio inicial, el contribuyente cuenta con 90 días posteriores para presentar dicho formulario contados a partir del primer día del mes siguiente al cual se convierte en contribuyente. Res. 1551/06, Art. 19.

Requisitos para Cambio de Información:

Personas Físicas

En todos los casos se debe presentar:

1. Una copia del Formulario Nº 610.

2. Una fotocopia de la Cédula de Identidad (C.I. vigente) del solicitante.

3. Autorización por escrito si es gestionado por terceras personas con fotocopia de la Cédula de Identidad (C.I. vigente) del autorizado.

Para actualización de domicilio y/o teléfono, además anexar:

Una fotocopia de uno de los siguientes documentos:

Factura de servicios públicos (Ande, Copaco, Essap). Factura de TV cable. Comprobante de liquidación del Impuesto Inmobiliario. Contrato de Alquiler. Escritura de Compra-Venta del Inmueble. U otro documento similar que permita identificar el domicilio y la cuenta catastral del inmueble o el número de finca y padrón. Los documentos antes mencionados deberán corresponder a un periodo comprendido dentro de los doce meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

Para inscripciones en IMAGRO, si ya posee RUC, anexar:

1. Fotocopia del Título de Propiedad o Contrato de Arrendamiento, o Aparcería.

2. El Formulario 151 -IMAGRO- patrimonio inicial, el contribuyente cuenta con 90 días posteriores para presentar dicho formulario contados a partir del primer día del mes siguiente al cual se convierte en contribuyente. Res. 1551/06, Art. 19.

Para gestionar baja de obligación/es:

Además de los requisitos comunes a todos los casos, deberá tener registrada la DD.JJ. en carácter de clausura, correspondiente a la obligación que desea dar de baja.

1. Obligaciones del Comerciante. Art. 11 Ley Del Comerciante

Son obligaciones del comerciante:

a. Someterse a formalidades de la ley mercantil, en actos que realice.

b. Inscribir en el Registro Público de Comercio su matrícula y documentos exigidos.

c. Seguir un orden cronológico y regular de contabilidad, llevando los libros necesarios a ese fin.

d. Conservar los libros de contabilidad, la correspondencia y los documentos que tengan relación con el giro de su comercio, por el plazo establecido en el art. 85.

1. Matrícula del comerciante. Art. 12 Ley Del Comerciante

La matricula de comerciante es expedida por el Juez de Comercio, debiendo informar sobre:

a. Personas físicas: nombre, domicilio, estado civil y nacionalidad.

b. Personas jurídicas: nombre de los socios y firma social adoptada.

c. La determinación del género de su actividad.

d. El lugar o domicilio del establecimiento y oficina.

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