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RESPONSABILIDAD Y ADMINISTRACIÓN DE LA SALUD OCUPACIONAL EN LOS LUGARES DE TRABAJO


Enviado por   •  21 de Septiembre de 2013  •  2.732 Palabras (11 Páginas)  •  615 Visitas

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NUCLEO PROBLEMICO III

RESPONSABILIDAD Y ADMINISTRACIÓN DE LA SALUD OCUPACIONAL EN LOS LUGARES DE TRABAJO

PROGRAMA:

SALUD OCUPACIONAL

SEMESTRE:

III

GRUPO:

I

CURSO:

RIESGOS PROFESIONALES

DOCENTE:

2013

INTRODUCCIÓN

Este trabajo se realizo para estudiar y conocer la responsabilidad y la administración de la salud ocupacional en los lugares de trabajo, comprender de la mejor manera los conceptos de responsabilidad oficial y particular, las diferencias que hay entre estas frente a la protección de riesgos en el trabajo. Obtener mejores conocimientos sobre las administradoras de riesgos profesionales y sobre el decreto 614 de 1984, que es donde se determina las bases de la organización y administradora de salud ocupacional en Colombia.

Para muchas empresas en Colombia y para los profesionales en Salud Ocupacional es de gran ayuda poder contar con normas legales que permitan el desarrollo integro de la sociedad, favorece y se obtienen muchas ventajas con relación a la salud y bienestar de los trabajadores. Por esto y muchas razones más la salud ocupacional está regulada por leyes y decretos que benefician tanto a las empresas como a los empleadores y sus trabajadores.

NÚCLEO PROBLEMICO III

RESPONSABILIDAD Y ADMINISTRACION DE LA SALUD OCUPACIONAL EN LOS LUGARES DE TRABAJO

¿QUIÉN ES RESPONSABLE DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES?

Dentro de la nueva Ley de Riesgos Laborales se contempla que los responsables de la salud de los trabajadores son:

LAS ADMINISTRADORAS DE RIESGOS LABORALES: Deberán presentar al Ministerio del Trabajo un reporte sobre sus programas de prevención en las empresas afiliadas y sobre los resultados obtenidos.

EL FONDO DE RIESGOS LABORALES: Son responsables de la aplicación de recursos para actividades de inspección, vigilancia y control, así como el reconocimiento de incentivos económicos siempre que se trate de personas sujetas al régimen de los beneficios económicos periódicos BEP y/o pertenezcan a procesos de formalización.

JUNTAS DE CALIFICACIÓN DE INVALIDEZ: Serán responsables solidariamente por los dictámenes que emitan y tendrán especial vigilancia por parte del Ministerio de Trabajo. La cartera laboral creará una comisión permanente y especial de inspectores del trabajo, especializada y dedicada al seguimiento de los temas del sistema de riesgos laborales.

LAS EMPRESAS: Responsables de brindar a los trabajadores unas condiciones laborales optimas, afiliándolos al Sistema General de salud, Sistema General de Riesgos Laborales y cumpliendo con todos los estándares de seguridad.

LOS TRABAJADORES: Estos deberán cumplir con los estándares mínimos del sistema de garantía de la calidad, así como también con los reglamentos e instrucciones en el sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo, que los obliga a asistir periódicamente a programas ofrecidos por la Administradoras de Riesgos Laborales.

PROBLEMAS

1. EN LOS LUGARES DE TRABAJO, ES APLICADA LA NORMATIVA SOBRE LA RESPONSABILIDAD DE LA SALUD DE LA POBLACIÓN TRABAJADORA?

En el Decreto 614 de 1984 en su Artículo 14º de Responsabilidades del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en sus incisos más relevantes sustenta lo siguiente:

g). Promover el mejoramiento de las condiciones y medio ambiente de trabajo en las negociaciones colectivas, así mismo evitar en ellos la creación de primas de insalubridad;

h). Dictar los reglamentos necesarios para la protección de la vida, la salud y la seguridad de los trabajadores el servicio de un patrono o empresa, conforme a lo establecido por el Código Sustantivo del Trabajo y en coordinación con el Ministerio de Salud;

i). Fijar pautas para lograr el cabal cumplimiento de las funciones de vigilancia y control coercitivo, a fin de prevenir conflictos y garantizar la eficaz protección a los trabajadores;

j) Sancionar a quienes violan las normas legales, convencionales y arbitrales, una vez agotadas las vías de la vigilancia técnica y control preventivo de las entidades que intervienen en el Plan Nacional de Salud Ocupacional;

k). Ordenar a las autoridades competentes fijadas en este decreto, visitas de inspección y vigilancia técnicas para controlar el cumplimiento de las disposiciones legales, convencionales y arbitrales que se refieran a Salud Ocupacional y Seguridad Social y de los programas de Salud Ocupacional previstos en este Decreto;

l). Promover en las entidades adscritas del sector trabajo y demás entidades del gobierno programas de capacitación temprana en higiene y seguridad en el trabajo, que enseñen a los menores trabajadores y aprendices las medidas de prevención necesarias para evitar accidentes de trabajo y enfermedades profesionales;

m). Fomentar y vigilar la creación y eficaz funcionamiento de los programas de Salud Ocupacional en las entidades de Seguridad y Previsión Social.

En base a lo anterior se puede evidenciar que la normativa sobre la responsabilidad de la salud de los trabajadores en Colombia no se cumple puesto que las condiciones de trabajo de las empresas no son las mejores y no le proporcionan al trabajador las herramientas necesarias para que desempeñe sus labores gozando de un buen estado de salud físico y mental, además los sistemas de vigilancia no realizan adecuadamente sus funciones de examinar que se dé cumplimiento a los programas de salud Ocupacional y capacitaciones en higiene y seguridad encaminados a prevenir accidentes de trabajo y enfermedades laborales.

2. LAS ADMINISTRADORAS DE RIESGOS PROFESIONALES CUMPLEN SUS FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES EN NUESTRO MUNICIPIO?

Según documento publicado en la página de la ARL SURA estas son las responsabilidades de las ARL:

 En

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