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Sociología Juridica


Enviado por   •  5 de Febrero de 2013  •  5.382 Palabras (22 Páginas)  •  402 Visitas

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1.- TEMA.-

Escuelas Sociológicas.

Las distintas escuelas sociológicas insisten y ponen de relieve en grado diverso los factores relacionados, algunos subrayando las relaciones mismas, tales como la interacción, la asociación; otras destacan a los seres humanos en sus relaciones sociales, concentrando su atención sobre el "socius" en sus diversos papeles y funciones.

Se reconoce que los métodos de la sociología pueden ser estrictamente científicos y que las generalizaciones comprobadas que constituyen la característica inequívoca de la verdadera ciencia ha venido siendo cimentada en una extensa y concienzuda observación y análisis de las reiteradas uniformidades que se manifiestan en la conducta del grupo.

Giddings, en sus "Principles of Sociology", escribe: "La unidad de investigación en sociología es el "socius", es decir, el individuo que no es solamente una animal y un espíritu consciente, sino también un compañero, un aprendiz, un maestro, un colaborador. La sociología estudia la naturaleza del "socius", sus costumbres y sus actividades"

El que lleva a descubrir leyes del desarrollo social es Montesquieu, es cierto que el tema es el análisis de las instituciones políticas, pero la perspectiva con la que lo encaraba ya era sociología. Para Montesquieu las instituciones políticas dependen del tipo de estado y éste del tipo de sociedad. Por esto es que no hay ningún tipo de régimen político universalmente aceptable: cada sociedad debía construir el suyo. Piensa que es posible construir una tipología de sociedades, basada en la experiencia histórica, y ordenada en una sucesión temporal de progresiva complejidad. Este desarrollo produce cambios en las estructuras económicas y sociales y provoca modificaciones en el Estado. Lo que cambia son las formas de solidaridad entre los individuos caracterizadas por una compleja división de trabajo. Surge así la reacción anti iluminista, uno de los eslabones importantes de la sociología.

Las consecuencias sociales de la industrialización comenzaban a notarse y la lucha de clases sacudía al país. La autonomía de la sociología será finalmente fundada por Comte., incorporando la evolución y el progreso. Estudio en dos dimensiones: Estática Social (análisis de sus condiciones de existencia, de su orden); Dinámica Social (análisis de su movimiento, de progreso).

Spencer fue mucho más positivista. Para el no existían diferencias metodológicas en el estudio de la naturaleza y de la sociedad. Las leyes de la evolución propuestas en la biología eran válidas. Era individualista, toma de Darwin el principio de la supervivencia.

2.- PROPÓSITOS DE LA INVESTIGACIÓN.-

2.1.- Objetivo General.-

Establecer la clasificación de las diferentes tipos de escuelas sociológicas.

2.2.- Objetivos Específicos.-

a) Definir cada una de las escuelas sociológicas.

b) Analizar la sociología del derecho de los criminalistas.

c) Interpretar las diferentes teorías que intervienen en las escuelas sociológicas.

d) Conocer los defensores de la teoría biológica antropológica.

3.- DESARROLLO DE LA INVESTIGACION.-

3.1.- Escuelas clásicas del derecho

De acuerdo con Resumil, la Escuela Clásica señala el principio del libre albedrio como base fundamentar para explicar la conducta humana. El nombre de clásica se debe porque fue la primera agrupación de estudios preocupados por la inconsistente, arbitraria, administración de justicia.

En realidad el nombre de clásica fue un nombre peyorativo que le dio ferri, porque a todos los que no estaban de acuerdo con los planteamientos de los positivista, ellos le llamaban clásicos. Los principales representantes de esta escuela Clásica son: Beccaria, Bentham y Von Feuerbach; para esta escuela todos los hombres eran libres, iguales y racionales, y podrán en consecuencia actuar responsablemente como individuos, es por es por ello que se parte del hecho de que el individuo esta siempre en condiciones de adoptar un comportamiento desviado.

Para la Escuela Clásica, las causas del comportamiento desviado, eran las malas pasiones como la avaricia, la pereza, la venganza, los celos la lujuria, la ambición, etc.

En realidad cuando una persona comete una acción dañosa para la sociedad, es porque hace un uso abusivo de su libertad, porque con su acción mengua el derecho que tienen los demás a vivir en un estado de armonía y tranquilidad sin mayores perturbaciones, y es por eso que el Estado, establece sanciones penales y civiles contra las personas que haciendo uso de su libre albedrio quebrantan el derecho de los otros.

a) Jeremías Bentham

Este conocido filósofo realizo grandes aportes a la Sociología del Derecho y al derecho mismo, puesto que creó la teoría del utilitarismo, la cual sirvió de directriz a los redactores del Código Penal francés en 1810. Dicha teoría se funda en que la legitimidad de la represión resulta de la responsabilidad del crimen frente a la sociedad.

En cuanto a la pena, decía, Bentham: ¨ lo que justifica la pena es su utilidad mayor, o mejor dicho su necesidad¨; que ¨los delincuentes son enemigos públicos¨. La sociedad se defiende por medio de la pena, y la legitimidad, de esta resulta su finalidad.

b) Cesar Beccaria

Fue un hombre tímido, solitario, pero si amante de la lectura, fue uno de los fundadores del periódico caffe donde publico aunque ningunos versaban sobre temas jurídicos. A los 22 años de edad Beccaria confronto dificultades con su padre con motivo de su proyectado enlace consumado más tarde con Tersa de Blanco, la oposición fue tan fuerte que su padre solicito la prisión de Beccaria. Fue en esa prisión cuando dicho pensador se da cuenta de las arbitrariedades del sistema penitenciario, lo cual lo motivo a escribir temas sobre el derecho penal y sistema penitenciario y logra publicar su obra ¨De los delitos y de las penas¨ en forma anónima en el año 1764, en Livorno a la edad de los 26 años.

c) Aristóteles

Este dedica todo un libro a la justicia, sostiene este filosofo, que la ley puede determinarse solo en relación a lo que es justo. Lo justo debe entenderse en el sentido de igualdad. Aristóteles distingue la justicia distributiva de la correctiva. ¨La

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