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El inicio de la fase de juicio en el proceso penal venezolano


Enviado por   •  19 de Marzo de 2023  •  Ensayos  •  1.414 Palabras (6 Páginas)  •  178 Visitas

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República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para La Educación

Universidad Santa Maria

Facultad de Derecho

Núcleo Barinas.

 

 

 

 

 el inicio de la fase de juicio en el proceso penal venezolano

 

 

 

Docente:                                                                                                       Alumna:

 

Abg. Beatriz Torres                                                                                 Maria Rivas

C.I: 30.194.701

 

 

 

 Barinas, 28 de Enero del 2023.

El sistema acusatorio se caracteriza por  la existencias de las fases procesales para dar cumplimiento a la actuación jurisdiccional del juez las cuales son las siguientes:

  1. Fase preparatoria o investigativa: se inicia cuando la investigación por parte del Ministerio Público, quien es titular de la acción penal en los delitos de acción pública, y con base en ello está obligado a ejercerla, concretándose de esta manera los principios de legalidad y oficialidad de la acción.

  1. Fase intermedia (Audiencia Preliminar):Se inicia con uno de los actos de mayor trascendencia de la etapa preparatoria, como lo es la presentación de la acusación, lo que supone que el Ministerio Público cumplió con las finalidades de la investigación, pues una vez que hace constar la comisión del hecho punible con todas las circunstancias que influyeron en su calificación y la responsabilidad de los autores, estimó que la investigación le proporcionó fundamentos serios para solicitar el enjuiciamiento del imputado, procediendo a presentar la acusación correspondiente al Tribunal de Control, quien convocará a las partes a una audiencia oral que no es otra cosa que la llamada audiencia preliminar, donde se definirá el objeto del proceso y los límites de la acusación del Ministerio Público como de la víctima, siempre que esta haya querellado o presentado acusación particular propia, donde las partes dispondrán de los mismos derechos, oportunidades y cargas para la defensa de sus intereses, que le permitan idénticas posibilidades procesales para sostener y fundamentar lo que cada uno estime conveniente, poniéndose de manifiesto el principio de defensa e igualdad entre las partes.Esta fase es de tal importancia que en ella se determinará la existencia o no del juicio oral y público y por ello tendrá como función depurar, supervisar y controlar las garantías procesales
  1. Fase de Juicio:donde se resolverá toda controversia suscitada, cumpliéndose con los pasos relativos a la preparación y desarrollo del debate, culminando con la deliberación y la sentencia. Se da en esta fase la Audiencia Oral y pública, donde la parte acusadora tiene la obligación de demostrar que lo alegado es cierto. Corresponde la carga de la prueba a la parte acusadora. La parte acusadora debe probar LA VERDAD PLASMADA EN LA ACUSACIÓN, es su obligación, y lo realiza a través de las pruebas.
  1. fase recursiva: es aquella fase donde las partes tendrán la oportunidad de recurrir por los medios y en los casos establecidos, en contra de las decisiones judiciales a quienes la ley reconozca expresamente ese derecho.
  1. Fase de ejecución:Esta es la última fase en la cual el Juez correspondiente velará por el cumplimiento de las penas y medidas de seguridad impuestas mediante sentencia firme. De igual forma velará por los derechos del condenado; conoce de las solicitudes de beneficios procesales como lo son las formas alternativas de cumplimiento de pena:
  • Libertad condicional
  • Destacamento de trabajo
  • Confinamiento
  • Supresión condicional de la ejecución de la pena

Para lograr enfocarnos en el tema que nos atañe que es el inicio de la fase de juicio en el proceso penal venezolano era necesario dejar diferenciado como en efecto lo hice las distintas fases del proceso existentes y una pequeña explicación acerca de cada una.

Ahora bien  la fase de juicio es donde fundamentalmente se realiza el debate frente a la prueba el artículo 18 del  Código Orgánico Procesal Penal  establece que: “El proceso tendrá carácter contradictorio” a este efecto el fiscal se encarga de ofrecer una imputación presentando su acusación, una parte que presenta su defensa y el tercero imparcial que es quien va a decidir acerca de la controversia.

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