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Teoría de la Ley Penal


Enviado por   •  5 de Marzo de 2023  •  Ensayos  •  1.140 Palabras (5 Páginas)  •  54 Visitas

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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

FACULTAD DE DERECHO

ESPECIALIDAD EN DERECHO PENAL

BREVE ANÁLISIS DE LA LEY GENERAL DE VICTIMAS.

Docente: Dr. Jesús Becerra Pedrote

Teoría de la Ley Penal.

ALUMNA: Angela del R. Hidalgo de la Peña

Ciudad Universitaria, a 22 de noviembre de 2022

        El 9 de enero de 2013, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Víctimas, esto a consecuencia de la estrategia de la guerra al narcotráfico implementada por el entonces presidente de la república, Felipe Calderón Hinojosa, la finalidad original de esta ley era que el Estado mexicano debía hacerse cargo por los daños colaterales causados a la sociedad.

        La exigencia de una ley de este carácter fue impulsada por las victimas y los familiares de las personas víctimas de desaparición forzada, desplazadas y asesinadas y asociaciones civiles, en ese mismo año tres meses después del decreto de esta ley, se crea la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y el Sistema Nacional de Atención a Víctimas ocho meses después.

        La ley General de Víctimas, a su inicio estaba constituida por 189 artículos, su primera reforma fue el 03 de mayo de su mismo año de publicación quedando constituida por 180 artículos hasta la actualidad, esta ley es de orden público, interés social y observancia en todo el territorio nacional, establece un conjunto de medidas judiciales, administrativas, sociales y económicas, individuales y colectivas en beneficio de la o las víctimas, también procura que tengan derecho a la verdad histórica, la reparación del daño, la garantía de no repetición y obliga a las autoridades en todo momento a respetar a la víctima a no revictimizarla, no hacerla responsable por el delito cometido en su agravio y en todo momento a salvaguardar su dignidad e integridad.

        A pesar de que el reglamento de esta ley se iba a expedir tres meses después de la publicación de esta ley, fue hasta noviembre de 2014 durante el sexenio de Enrique Peña Nieto, que se expide el Reglamento de la Ley General de Víctimas.

        La forma en que protege esta ley a las víctimas, es obligando a todas las dependencias gubernamentales de atención a víctimas del delito de todos los niveles a respetar sus derechos humanos consagrados en la constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte, a proporcionar ayuda, asistencia, debida diligencia, entre otros.

        Esta ley reconoce a la víctima directa, victima potencial y a los grupos, comunidades u organizaciones sociales que hubieran sido afectadas en sus derechos, intereses o bienes jurídicos colectivos como resultado de la comisión de un delito o la violación de derechos. Se denomina víctima directa aquella que sufre la agresión o el menos cabo directamente en su persona, se denomina victima potencial aquella que esta en peligro por defender o impedir o auxiliar a la víctima cuando se está llevando a cabo la comisión de un delito en contra de esta última.

Con base en esta ley las víctimas los siguientes derechos:

  1.  Derecho a una investigación pronta y eficaz.
  2. Derecho a la reparación del daño.
  3. A conocer la verdad de lo ocurrido.
  4. A que se le brinde protección y se salvaguarde su vida y su integridad corporal (…)
  5. A solicitar y a recibir ayuda, asistencia y atención en forma oportuna, rápida, equitativa, gratuita y efectiva por personal especializado (…);
  6. A la verdad, a la justicia y a la reparación integral a través de recursos y procedimientos accesibles, apropiados, suficientes, rápidos y eficaces;
  7. A la protección del Estado (…) Lo anterior incluye el derecho a la protección de su intimidad contra injerencias ilegítimas, así como derecho a contar con medidas de protección eficaces cuando su vida o integridad personal o libertad personal sean amenazadas o se hallen en riesgo en razón de su condición de víctima y/o del ejercicio de sus derechos; (…)
  8. A solicitar y a recibir información clara, precisa y accesible sobre las rutas y los medios de acceso a los procedimientos, mecanismos y medidas que se establecen en la presente Ley;
  9.  A solicitar, acceder y recibir, en forma clara y precisa, toda la información oficial necesaria para lograr el pleno ejercicio de cada uno de sus derechos; (…);
  10. A acudir y a participar en escenarios de diálogo institucional;
  11. A participar en la formulación, implementación y seguimiento de la política pública de prevención, ayuda, atención, asistencia y reparación integral.

Además de los deberes establecidos para todo servidor público, los funcionarios de organismos públicos de protección de derechos humanos, en el ámbito de su competencia, deberán:

(…)

  1. Solicitar, cuando sea conducente, medidas cautelares necesarias para garantizar la seguridad de las víctimas, familiares o bienes jurídicos; (…)
  2. Utilizar todos los mecanismos nacionales e internacionales para que, de manera eficaz y oportuna, se busque fincar las responsabilidades administrativas, civiles o penales por graves violaciones a derechos humanos.

La Ley General de Víctimas, era desde un inicio más que necesaria para el país, responde a una deuda histórica con las victimas mexicanas, que no solo debían de soportar el acontecimiento delictivo que les había sucedido, sino también los abusos de autoridad, la discriminación, en general la revictimización por parte de las autoridades que debían “protegerlas y procurarles justicia”. Con esta Ley se garantiza un trato digno, una impartición de justicia y la reparación del daño.

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