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COMPARACIÓN DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO MEXICANA CON LA LEY DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES EN ESPAÑA


Enviado por   •  8 de Enero de 2014  •  3.820 Palabras (16 Páginas)  •  938 Visitas

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LEY FEDERAL DEL TRABAJO El trabajo es un derecho y un deber social, exige respeto para la libertad y dignidad de quien lo presta y debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida, la salud y un nivel económico decoroso para el trabajador y su familia. No podrán establecerse distinciones entre los trabajadores por motivo de raza, sexo, edad, credo religioso, doctrina política o condición social. Asimismo, es de interés social promover y vigilar la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores. No se podrá impedir el trabajo a ninguna persona ni que se dedique a la profesión, industria o comercio que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de estos derechos sólo podrá vedarse por resolución de la autoridad competente cuando se ataquen los derechos de tercero o se ofendan los de la sociedad.

ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES DERECHOS a) Trabajo y libre elección de profesión u oficio. b) Libre sindicación. c) Negociación colectiva. d) Adopción de medidas de conflicto colectivo. e) Huelga. f) Reunión. g) Información, consulta y participación en la empresa.

OBLIGACIONES Cumplir las disposiciones de trabajo que sean aplicables

II.- Contar con medidas preventivas e higiénicas. III.- Desempeñar el servicio bajo la dirección del patrón, en todo lo concerniente al trabajo. IV.- Ejecutar el trabajo con la intensidad, cuidado y esmero apropiados y en la forma, tiempo y lugar convenidos.

V.- Dar aviso inmediato al patrón, salvo por causas justificadas que le impidan concurrir a su trabajo. VI.- Conservar los instrumentos y útiles. VII.-Buenas costumbres en el servicio. VIII.- Prestar auxilios en cualquier tiempo que se necesiten, cuando por siniestro o riesgo inminente peligren las personas o los intereses del patrón o de sus compañeros de trabajo. IX.- Integrar los organismos que establece esta ley

X.- Someterse a los reconocimientos médicos. XI. Poner en conocimiento del patrón las enfermedades contagiosas que padezcan. XII. Comunicar las deficiencias que tengan.

XIII. Guardar escrupulosamente los secretos técnicos, comerciales y de fabricación de los productos cuya elaboración concurran directa o indirectamente, o de los cuales tengan conocimiento por razón del trabajo que desempeñen, así como de los asuntos administrativos reservados, cuya divulgación pueda causar perjuicios a la empresa. LEY FEDERAL DEL TRABAJO.

OBLIGACIONES a) Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de conformidad a las reglas de la buena fe y diligencia. b) Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten. c) Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus facultades directivas. d) No concurrir con la actividad de la empresa, en los términos fijados en esta Ley .e) Contribuir a la mejora de la productividad f) Cuantos se deriven, en su caso, de los respectivos contratos de trabajo. LEY DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES EN ESPAÑA

Condiciones de trabajo. Deben hacerse por escrito. Se harán dos ejemplares, por lo menos, de los cuales quedará uno en poder de cada parte. Trabajo por escrito o por palabra, los trabajadores deberán tener una copia.

Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil, Clave Única de Registro de Población, Registro Federal de Contribuyentes y domicilio del trabajador y del patrón; I. Si la relación de trabajo es para obra o tiempo determinado, por temporada, de capacitación inicial o por tiempo indeterminado y, en su caso, si está sujeta a un periodo de prueba. La forma y el monto del salario; III. El servicio o servicios que deban prestarse, los que se determinarán con la mayor precisión posible; IV. El lugar o los lugares donde deba prestarse el trabajo; V. La duración de la jornada; VI. La forma y el monto del salario; VII. El día y el lugar de pago del salario; VIII. La indicación de que el trabajador será capacitado o adiestrado en los términos de los planes y programas establecidos o que se establezcan en la empresa, conforme a lo dispuesto en esta Ley; y IX. Otras condiciones de trabajo, tales como días de descanso, vacaciones y demás que convengan el trabajador y el patrón. LEY FEDERAL DEL TRABAJO.

Contrato individual de trabajo es aquel por el cual una persona física denominada el trabajador se obliga a prestar servicios personales para una persona física o jurídica denominada el empleador bajo la dependencia y subordinación de éste quien, a su vez, se obliga a pagar por estos servicios una remuneración determinada. . LEY DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES EN ESPAÑA

JORNADA LABORAL

Jornada diurna entre las seis y las veinte horas.

Jornada nocturna entre las veinte y las seis horas.

Jornada mixta es comprende con períodos de t jornadas diurna y nocturna, el período nocturno sea menor de tres horas y media. La duración máxima de la jornada será: 8h la diurna, 7h la nocturna y 71/2 la mixta. LEY FEDERAL DEL TRABAJO.

JORNADA LABORAL. La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de cuarenta horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual. Entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente mediarán, como mínimo, doce horas. LEY DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES EN ESPAÑA

DIAS DE DESCANSO Por cada seis días de trabajo disfrutará el trabajador de un día de descanso, por lo menos, con goce de salario íntegro. Prima dominical es de 25%. se fijara el día de descanso. 1° de Ene, 1° lunes de Feb, 3°lunes de Mar, 1° May, 16 Sep, 3° lunes de Nov, 1° Dic. 25 Dic. LEY FEDERAL DEL TRABAJO.

DÍAS DE DESCANSO Los trabajadores tendrán derecho a un descanso mínimo semanal, acumulable por períodos de hasta catorce días, de día y medio ininterrumpido que, como regla general, comprenderá la tarde del sábado o, en su caso, la mañana del lunes y el día completo del domingo. La duración del descanso semanal de los menores de dieciocho años será, como mínimo, de dos días ininterrumpidos LEY DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES EN ESPAÑA

En concreto, en España se contemplan 12 días festivos nacionales y 2 locales. La lista incluye la llamada Fiesta Nacional (12 de octubre), el Día de la Constitución (6 de diciembre), Año Nuevo (1 de enero), el Día del Trabajo (1 de mayo) y Navidad (25 de diciembre). Los siete festivos restantes se establecieron en el acuerdo entre el Vaticano y el Estado Español de 3 de enero de 1979 y son: Asunción

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